La Ilustre Municipalidad de Olmué busca un profesional con un perfil específico para desempeñarse como Secretario Municipal, el cual tendrá diversas funciones y responsabilidades.

Funciones del Secretario Municipal

Entre las principales funciones del Secretario Municipal se encuentran:

  • Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
  • Refrendar los decretos y otros documentos oficiales una vez firmados por la Sra. Alcaldesa y notificarlos cuando corresponda.
  • El Secretario Municipal firma todos los Decretos, Decretos de pago y otros documentos, refrendando la firma de la Sra.
  • Emitir certificados sobre actuaciones municipales cuando se soliciten.
  • En la Secretaría Municipal se emiten todos los certificados que sean necesarios sobre las actuaciones municipales, como son de exposición de Plan Regulador, de exposición del escalafón, temas tratados en Concejo y otros.
  • Dar Fe, de algunas actuaciones en terreno cuando lo solicite la Sra.
  • Administrativa del Concejo.
  • Recopilación de antecedentes y preparación de las citaciones del Concejo Municipal y su envío oportuno a los Sres. Concejales.
  • En la semana anterior a la sesión ordinaria fijada en el Reglamento del Concejo, esta Secretaría se preocupa de consultar a cada Director si tiene algún tema para tratar en Concejo.
  • Una vez que se tienen los posibles temas para el Concejo se le comunica la Sra. Alcaldesa para su conocimiento e instrucciones de ponerlo en Tabla.
  • Revisión de Actas, distribución y custodia.
  • Transcripciones de Acuerdos y distribución.
  • Los acuerdos se adjuntan a las actas para enviarlos a los señores Concejales.
  • Llevar un registro de Organizaciones Comunitarias con su correspondiente Personalidad Jurídica y mantener un archivo actualizado de las organizaciones.
  • En Secretaría Municipal se lleva un Libro de registro de las organizaciones comunitarias, donde consta el número de la personalidad jurídica, el nombre de la organización y la individualización de la persona que deposita los antecedentes.
  • Además se lleva un Libro de registro de las Directivas de cada organización, en el que consta los nombres del Presidente, Secretario y Tesorero.
  • En Secretaría Municipal se mantiene un archivo en carpeta por cada organización con Personalidad Jurídica Municipal el que contiene: Estatutos, Acta de constitución, listado de socios constituyentes, Certificado de Depósito, Actas de elecciones de directorio, fotocopia del libro registro de socios, la que deberá estar actualizada.
  • Recibir documentación oficial de las Organizaciones Comunitarias, como son estatutos, listado de socios, actas, etc.
  • Una vez ingresados, se fotocopian, se protocolizan y se envían a la Dirección de Desarrollo Comunitario para su revisión.
  • Revisar y dar aprobación de estatutos de las Organizaciones Comunitarias conforme a lo dispuesto en la Ley.
  • Una vez revisados los documentos de las organizaciones, por parte de la DIDECO, se envía un Oficio para la firma del Secretario Municipal con las observaciones o conformidad antes del plazo estipulado en la Ley para su respuesta.
  • El Secretario Municipal, procede a revisar los oficios, los firma, se enumeran y se despachan personalmente o por carta certificada a las organizaciones.
  • Otorgar certificado que soliciten las organizaciones comunitarias con personalidad jurídica, como son certificados de depósito de los documentos, certificados de personalidad jurídica, certificados de directivas u otros.
  • En Secretaria Municipal se confeccionan certificados de Personalidad Jurídica de acuerdo a solicitudes de organizaciones o de alguna Unidad Municipal.
  • Se otorgan certificados de Directiva vigente, que se confeccionan en DIDECO, para la firma del Secretario Municipal.

La atención de las Organizaciones Comunitarias y las tareas descritas en este punto se realizan en forma diaria. Fluidez verbal del lenguaje, capacidad de expresar claramente sus ideas y opiniones, sobriedad en el lenguaje y su trato social.

Requisitos de Postulación

Para postular a empleos en la Municipalidad de Olmué, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funcionarios de cargo público ni encontrarse condenado o procesado por crímenes o simple delito.
  • No estar afecto a las causales de inhabilidades para el ingreso a cargos de la Administración del Estado, previstas en el art. 56 de la Ley N° 18.575.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos ni hallarse condenado pro crimen o simple delito.
  • No tener la calidad de Director, Administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando esta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Municipio a cuyo ingreso se postule.

Documentación Requerida

Los postulantes deben presentar la siguiente documentación:

  1. Formulario de declaración jurada que acredite que no se encuentra afecto a alguna de las causales de inhabilidad prevista en el Art.
  2. Certificados, decretos, o Resoluciones de experiencia laboral, que acrediten los periodos trabajados.
  3. Currículum Vitae.

Además, se requiere una declaración jurada que incluya lo siguiente:

  • No he cesado en cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria.
  • No estoy inhabilitado (a) para el Ejercicio de funciones a cargo público, ni hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito.

La falsedad de esta declaración hará incurrir en las penas del Art. N° 210 del código Penal.

Proceso del Concurso

El proceso del concurso incluye las siguientes fases:

  1. Fase de revisión curricular y antecedentes. En dicha fase, procederá a revisar el cumplimiento de los requisitos legales y generales y deseables para postular.
  2. Estudios y cursos de formación educacional: corresponde a aquella formación pertinente definida como idónea para ejercer el cargo y establecida en forma previa para el perfil del cargo, que permite considerar que el postulante cuente con los conocimientos y habilidades necesarias para asumir el desempeño del cargo.
  3. Experiencia laboral: corresponde al desempeño de cargos cuyas funciones sean afines o se justifiquen como procedente o útil al desempeño del cargo que se concursa. Esta fase consiste en la determinación de los candidatos idóneos por haber cumplido con los requisitos de estudio y experiencia laboral. Para el efecto señalado, solo se considerarán idóneos a los postulantes que hayan obtenido, como resultado de la evaluación total de los factores, un mínimo de 60 puntos.
  4. Proposición de postulantes seleccionados a la Sra.
  5. La Alcaldesa seleccionará al postulante cuyo nombramiento será informado al Honorable Concejo Municipal.
  6. Hecho esto, el Secretario Municipal mediante carta certificada o personalmente le notificará al interesado lo resuelto, debiendo manifestar aquel su aceptación al cargo, deberá acompañar en formato original los documentos requeridos legalmente para el ingreso.

Los resultados finales del concurso y el nombre de quien ocupará la vacante ofrecida, será publicada en la página web www.muniolmue.cl. Los resultados de las evaluaciones de todos los postulantes serán conservados por el Jefe de Personal de la I.

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