En Chile, el pago de licencias médicas es un derecho del trabajador y depende del sistema de salud al que esté afiliado: Fonasa o Isapre. El empleador no siempre paga directamente la licencia, pero tiene un papel fundamental: debe enviar la licencia médica al sistema de salud correspondiente y seguir pagando tus cotizaciones previsionales durante la duración de tu licencia.

Obligaciones del Empleador

Es responsabilidad del empleador presentar la licencia médica a la Isapre, durante un plazo máximo de 3 días hábiles posteriores a la recepción del documento.

  • Presentar la licencia dentro del plazo legal. En papel, dentro de 2 días hábiles.

Documentación Requerida

Para la correcta tramitación de la licencia médica, el empleador debe presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de Pago de Cotizaciones Previsionales Operación Renta, emitido por el SII.
  • 6 planillas de cotizaciones de AFP anteriores al inicio de la licencia médica y/o liquidaciones de subsidios pagados por otra entidad.
  • 3 planillas de cotizaciones de AFP pagados por otra entidad, inmediatamente anteriores al octavo mes precedente al inicio de la licencia médica y como máximo dentro de los 6 meses anteriores.
  • Documentación que acredite la calidad de independiente y la generación de ingresos, tales como: iniciación de actividades, copias de boletas o facturas, copias del Formulario 29 del SII, extracto constitución de sociedad, etc. (Según Circular N° 3.425 de la SUSESO).
  • Informes de subsidios pagados por otras Isapres o Mutuales durante el año calendario anterior, según fecha de presentación de la Declaración de Impuesto a la Renta, cuando corresponda.

Proceso de Revisión y Pago

Cuando presentas una licencia, la Isapre la revisa para aprobarla o rechazarla. Pero ojo: si hay observaciones, el plazo puede alargarse.

La Isapre debe pagar el subsidio por una Licencia Médica con la misma periodicidad que la remuneración, sin que pueda ser superior a un mes. El monto que recibirás se calcula con el promedio de tus últimos 3 sueldos imponibles, con un tope fijado por la ley. Si la licencia es de 10 días o menos, se descuentan del subsidio los 3 primeros días, no así de las cotizaciones, que se pagan completas.

Reclamos y Apelaciones

En caso de rechazo o modificaciones de la Licencia, o pago considerado insuficiente, puedes presentar un reclamo ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio fijado en el contrato de salud complementario, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del pronunciamiento de la Isapre.

Información Adicional

A través de una Autorización de Depósito, la que se encuentra en la sucursal virtual Mi CruzBlanca, sección Reembolsos. ¡En CruzBlanca estamos para ayudarte! Ingresa a nuestra web, revisa tus licencias en línea o comunícate a través de nuestros canales de atención con uno de nuestros ejecutivos y recibe asesoría personalizada.

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