Las cotizaciones provisionales son un aspecto esencial del sistema laboral en Chile, ya que garantizan que los trabajadores cuenten con protección en áreas clave como la salud, pensiones y otros seguros de desempleo. En un país donde la previsión es fundamental para asegurar el bienestar de los ciudadanos en diferentes etapas de la vida, la correcta gestión y pago de estas cotizaciones se convierte en una responsabilidad primordial para los empleadores. No solo porque es una obligación legal, sino también porque representa una inversión en la salud.

Cuando un empleador incumple con este deber, hay serias consecuencias tanto para él como para el trabajador. Veamos qué implica este incumplimiento y cómo se puede afrontar la situación. El sistema de ahorro provisional en Chile se basa en el principio de solidaridad y responsabilidad compartida entre el empleador y el trabajador. Como empresa, es fundamental entender la importancia del pago de cotizaciones. Esta es una parte esencial de la seguridad social de nuestros trabajadores, ya que les permite acceder a una serie de prestaciones y servicios en caso de necesidad. Además, cumplir con este pago es una responsabilidad legal que tenemos como empleadores.

¿Qué son las Cotizaciones Previsionales?

Las cotizaciones provisionales, pilares del sistema laboral en Chile, son montos de dinero que se descuentan mensualmente del salario de los trabajadores con el propósito de financiar futuras prestaciones o beneficios.

Estas prestaciones se refieren, en su mayoría, a pensiones de vejez, de invalidez, de sobrevivencia y también a seguros de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales. Además, abarcan áreas vitales como la salud, garantizando acceso a servicios médicos a través de Fonasa o las Isapres.

El empleador tiene la obligación legal de retener y pagar las cotizaciones previsionales en las instituciones de seguridad social respectivas. Dichas cotizaciones previsionales podrán ser de cargo del trabajador o empleador, o bien, de ambas en distintos porcentajes.

Consecuencias para el Empleador por No Pagar las Cotizaciones

Si el empleador no paga las cotizaciones previsionales, puede haber consecuencias tanto para el empleador como para el trabajador.

  • Sanciones financieras: Por cada mes de retraso en el pago de las cotizaciones, el empleador deberá abonar intereses y multas, que pueden acumularse y convertirse en montos significativos si el incumplimiento persiste. La multa aplica tanto si las cotizaciones no se declaran, como si están incompletas o contienen errores de cálculo.
  • Demandas judiciales: El trabajador tiene el derecho de recurrir a los tribunales para exigir el pago de las cotizaciones previsionales adeudadas. Si el empleador pierde la demanda, además de tener que pagar las cotizaciones pendientes, podría enfrentarse a costos legales y otras sanciones. El trabajador afectado podría demandar por el cobro de cotizaciones previsionales, y en el caso de que corresponda, por nulidad del despido.
  • Responsabilidad personal de los representantes legales: En Chile, los representantes legales de una empresa pueden ser personalmente responsables por las cotizaciones no pagadas. Esto significa que sus bienes personales podrían ser embargados para cubrir las deudas.
  • Problemas reputacionales: En un mercado laboral cada vez más consciente de los derechos de los trabajadores, las empresas que no cumplen con sus obligaciones previsionales pueden sufrir daños en su reputación, lo que puede afectar sus operaciones y relaciones comerciales. Adicionalmente, faltar a este compromiso puede hacer que el personal pierda confianza en la empresa y se sienta desmotivado.
  • Multas administrativas: Por último, la empresa puede verse expuesta a multas administrativas por parte de la Dirección del Trabajo. La Dirección del Trabajo dispone de un multero en el que se tipifican las distintas infracciones en esta materia y otras, junto a sus respectivas multas.

Con la publicación de la ley 21.595, se incorporan delitos relacionados a materias laborales respecto del pago de cotizaciones previsionales, de la remuneración de los trabajadores, y a la seguridad individual de las personas. Ahora se incorporará una sanción al empleador que, tal como se explica en la ley, «se sancionará al empleador que, sin el consentimiento del trabajador, omita retener o enterar las cotizaciones previsionales de un trabajador o declare ante las instituciones de seguridad social, pagarle una renta imponible o bruta menor a la real, disminuyendo el monto de las cotizaciones que debe descontar y enterar.

Consecuencias para el Trabajador

La falta de pago de las cotizaciones previsionales por parte del empleador tiene consecuencias profundas y directas en la vida de los trabajadores, afectando múltiples facetas de su bienestar:

  • Salud: Una de las áreas más afectadas es el acceso a servicios médicos. Si las cotizaciones no se pagan, el trabajador podría enfrentar problemas al requerir atención médica, ya que su afiliación a Fonasa o a la Isapre correspondiente podría estar comprometida. En algunos casos, esto podría significar la imposibilidad de acceder a tratamientos médicos, medicamentos o intervenciones quirúrgicas necesarias. Uno de los efectos más graves es la pérdida de acceso a las prestaciones del sistema público, como la salud y las previsionales. La pérdida de acceso a sus derechos puede tener un impacto negativo en la calidad de vida y satisfacción laboral del personal.
  • Seguridad Financiera: Las cotizaciones previsionales son una parte esencial de los ahorros que un trabajador acumula para su jubilación. Sin estos pagos, el monto final de la pensión se verá seriamente afectado, pudiendo resultar en una pensión insuficiente para mantener un nivel de vida adecuado en la vejez.
  • Protección en caso de Accidentes o Enfermedades: Las cotizaciones también financieras, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Sin el pago correcto de estas, el trabajador queda vulnerable, sin una red de seguridad, en caso de sufrir algún percance o condición de salud relacionada con su actividad laboral.
  • Seguridad Laboral y Derechos: Un empleador que no cumple con el pago de cotizaciones podría estar incumpliendo con otras obligaciones laborales, lo que podría poner en riesgo la seguridad y estabilidad laboral del trabajador. Cuando se dejan de pagar las cotizaciones por varios meses, esto puede llevar a un autodespido por no pago de cotizaciones. Más allá de ser un costo importante para la empresa, significa finalizar el vínculo laboral en malos términos y trabajo extra para el área de gestión de personal.
  • Proceso de Regularización: Enfrentar la omisión en el pago de cotizaciones implica para el trabajador un proceso administrativo y, en algunos casos, legal para buscar la regularización de su situación. Esto no solo implica tiempo, sino también recursos y energía que se desvían de sus actividades y prioridades cotidianas.

En Chile los trabajadores están protegidos por la Ley Nº 19.631, la cual señala que, al término del vínculo, todos los trabajadores deben tener sus cotizaciones pagadas. Es decir que, en la práctica, debemos seguir pagando sueldo e imposiciones, tal como si el colaborador continuara trabajando, hasta el pago de las cotizaciones.

¿Qué hacer si tu empleador no paga las cotizaciones?

Si tu empleador no paga tus cotizaciones previsionales, es importante que tomes medidas inmediatas para proteger tus derechos como trabajador. Para ello lo recomendable es:

  1. Comunícate con tu empleador. Solicita una explicación a tu empleador sobre el motivo del no pago de las cotizaciones previsionales. En muchas ocasiones, este problema puede deberse a un error administrativo o a dificultades económicas temporales. Siempre es preferible intentar resolver la situación de manera amistosa y conciliadora.
  2. Contacta a tu AFP. En caso de que el empleador no tome medidas para solucionar el problema, contacta a tu AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) y notifícales la situación. Ellos podrán brindarte orientación y asesoramiento sobre los pasos a seguir.
  3. Presenta una denuncia ante la Inspección del Trabajo. Si después de agotar todas las instancias anteriores tu empleador sigue sin cumplir con sus obligaciones, puedes presentar una denuncia ante la Inspección del Trabajo. Ellos tienen la facultad de fiscalizar y sancionar a los empleadores que no cumplan con sus responsabilidades laborales. En caso de que se compruebe que tu empleador no ha pagado tus cotizaciones previsionales, la Inspección del Trabajo puede imponer sanciones y multas a tu empleador. Además, también puede exigir el pago de las cotizaciones adeudadas y solicitar medidas para garantizar el pago futuro de las cotizaciones.

Aspectos Legales Adicionales

De acuerdo a lo dispuesto en los incisos tercero al sexto, del artículo 22 de la Ley N°17.322, cuando el pago de las cotizaciones no se efectúa oportunamente, esto es, dentro de los 10 o 13 primeros días del mes siguiente a aquel en que se devengaron las cotizaciones, según corresponda, las sumas adeudadas se reajustarán entre el último día del plazo en que debió efectuarse el pago y el día en que efectivamente se realice. Por su parte, por cada día de atraso la deuda reajustada devengará un interés penal equivalente a la tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional a que se refiere el aumentado en un 50% (o aumentado al 20% en caso de que se trate de remuneraciones devengadas antes de marzo de 2006). Para determinar el interés penal se aplicará la tasa vigente al día primero del mes inmediatamente anterior a aquel en que se devengue.

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 5° del artículo 162 del Código del Trabajo, para proceder al despido de un trabajador por alguna de las causales señaladas en el artículo 159 N° 4, 5 y 6 y en los artículos 160 y 161 del Código del Trabajo, el empleador debe informar al trabajador por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, respecto del período trabajado, adjuntando los comprobantes que lo justifiquen. Si el empleador no hubiere efectuado el pago de dichas cotizaciones previsionales al momento del despido, o existen declaraciones sin pago, éste no produce el efecto de poner término al contrato de trabajo.

Ahora bien, si el empleador no informa sobre el estado de pago de las imposiciones del período indicado incurrirá en una infracción susceptible de ser sancionada por la Inspección del Trabajo, al omitir tal información en la comunicación dada al trabajador, y si dichas imposiciones no se encuentran pagadas el contrato no se estimará terminado por lo que el empleador deberá seguir pagando las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, aun cuando el trabajador no prestará servicios, hasta que pague las cotizaciones adeudadas y lo comunique al trabajador personalmente o mediante carta certificada enviada al domicilio de éste, acompañando la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondiente, en que conste la recepción de dicho pago.

Sin perjuicio de lo anterior, la Inspección del Trabajo, de oficio o a petición de parte, está facultada para exigir al empleador la acreditación del pago de cotizaciones previsionales al momento del despido.

Los empleadores deben tener presente que al no pagar las cotizaciones de sus trabajadores, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. Esto es lo que se conoce como DNP (Declaración y No Pago).

Cuando el empleador, sea persona natural o jurídica, se encuentre sometido a un Procedimiento de Liquidación Concursal, en virtud de la Ley 20.720, una vez que se dicte Resolución de Liquidación, todas las instituciones de seguridad social (AFC, AFP, Fonasa, ISAPRES, Cajas de Compensación, etc.) detendrán las cobranzas individuales, para hacer presente las acreencias en el Procedimiento de Liquidación Concursal, pagándose con preferencia a otros acreedores. Lo que no se logra pagar con los haberes de la Liquidación, queda extinguido, es decir, será incobrable.

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