El Seguro de Cesantía en Chile es un derecho importante para los trabajadores afiliados. Una de las preguntas más frecuentes es cuánto dinero se tiene ahorrado en este seguro. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes sobre la acumulación de fondos, los requisitos para acceder a los beneficios y otros aspectos importantes.

¿Cómo se acumulan los fondos en el Seguro de Cesantía?

La cotización que el empleador paga mensualmente corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible.

De este porcentaje, el 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

Es importante destacar que las cotizaciones a la Cuenta Individual de Cesantía son por un período máximo de 11 años por relación laboral.

En caso de licencias médicas transitorias, la cotización del 0,6% la retiene y paga la entidad a cargo del Subsidio de Incapacidad Laboral (Isapre, Fonasa, mutuales) durante el tiempo que dure la licencia.

¿Quién administra los fondos del Seguro de Cesantía?

La Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile S.A. (AFC Chile) es la encargada de administrar los fondos del Seguro de Cesantía.

¿Cómo afiliarse al Seguro de Cesantía?

El proceso de afiliación al Seguro de Cesantía puede ser realizado de forma online, utilizando su ClaveÚnica. En él debe ingresar su cédula de identidad, junto al contrato de trabajo.

Si usted fue contratado antes del 2 de octubre de 2002, puede afiliarse voluntariamente al Seguro de Cesantía. El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puede acceder con su Clave Única. En 5 días hábiles, AFC le responderá si su solicitud fue aceptada o rechazada.

AFC creará la Cuenta Individual de Cesantía con el Número Identificatorio para Cotización (NIC).

Una vez que cuente con su cédula de identidad chilena, debe proceder a regularizar su situación con AFC. Para ello, ingrese a “Contáctenos” > “Seguro de Cesantía” > “Problemas con mi afiliación”.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía?

Como afiliado(a), usted tiene derecho a cobrar el Seguro de Cesantía con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y/o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En ambos casos, debe cumplir con los respectivos requisitos.

Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario.

El afiliado tiene derecho al Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, por cualquier causal de cese de la relación laboral.

Cuando se agotan los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), los giros pasan a ser financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando el(la) afiliado(a) cumpla con los requisitos de este beneficio.

En el caso de estar recibiendo el Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se activará un 6° y 7° giro cuando la tasa de desempleo reportada por el INE supera en un punto porcentual a la tasa de desempleo promedio de los últimos 4 años.

Este es un requisito para acceder al Fondo de Cesantía Solidario y sus beneficios. La certificación en la Bolsa Nacional de Empleo es obligatoria y su incumplimiento es causal de no pago del beneficio.

¿Cómo se realizan los pagos del Seguro de Cesantía?

Los pagos se realizarán con los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabajador(a) afiliado(a) al Seguro de Cesantía.

Se puede optar por una transferencia bancaria a una Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista. Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles.

Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves.

¿Qué hacer en caso de reclamos?

Si usted está afiliado al Seguro de Cesantía, puede presentar un reclamo en la Sucursal Virtual, sección “Mis trámites”, o en cualquier sucursal de AFC Chile ingresando sus datos y explicando en detalle el problema.

Desde la fecha de recepción de su reclamo, AFC Chile tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para evaluar las anomalías informadas y determinar las respectivas acciones de regularización, las que deben ser informadas a través de un dictamen. En los casos en que el reclamo está relacionado con la solicitud de un beneficio, AFC Chile debe dictaminar las acciones de regularización dentro de los 5 días hábiles siguientes de haberse interpuesto el reclamo y realizar las acciones correctivas en 15 días.

Desde la fecha de recepción del reclamo, AFC Chile tiene un plazo máximo de 25 días hábiles para diagnosticar las anomalías informadas y determinar las acciones de regularización respectivas, las que indica a través de un dictamen siempre que la información aportada sea correcta.

Información Adicional

  • AFC traspasará su cotización previsional correspondiente al porcentaje del monto de sus pagos del Seguro de Cesantía.
  • Si usted se encuentra acogido(a) tanto a la Cuenta Individual como al Fondo de Cesantía Solidario, AFC pagará automáticamente la AFP considerando la cotización previsional correspondiente al 10,10% del monto de los pagos del Seguro de Cesantía.
  • También tiene la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de pensión de AFP.
  • Durante la solicitud de retiro de fondos como pensionado(a), usted deberá firmar una declaración jurada en la que manifiesta estar en conocimiento de que no contará con cobertura del Seguro mientras no cuente con nuevas cotizaciones suficientes.

Tabla Resumen de Cotizaciones

Tipo de Contrato Porcentaje de Cotización Descuento al Trabajador Pago del Empleador
Indefinido/Casa Particular 2,2% de la renta imponible 0,6% 1,6%
A plazo fijo/Obra 3% de la renta imponible 0% 3%

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