Desde la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) se ha realizado un llamado a revisar los posibles dineros remanentes en la cuenta individual de los afiliados, con el fin de facilitar su cobro. Estos montos rezagados se originan por cotizaciones pagadas en exceso o de forma indebida al Seguro de Cesantía por parte del empleador, lo que implica que deben ser devueltos.
¿Cómo Revisar si Tiene Remanentes en la AFC?
Para revisar su caso personal con relación a los remanentes de la AFC, deberá ingresar a la "Sucursal Virtual" de afiliados o empleadores en la plataforma del organismo. Puede acceder mediante la Clave Única o la contraseña del sitio.
Una vez dentro, en el apartado de "Cotizaciones" podrá revisar su situación. Se puede consultar en "rezagos por devolver" si es que existen dineros que fueron cotizados en exceso y que deberían ser cobrados.
¿Cómo Cobrar los Remanentes?
En el caso de que el afiliado tenga remanentes por cobrar, podrá elegir el medio para recibir el dinero: cuenta bancaria, Banco Estado o Servipag.
Si usted cumple con los requisitos para retirar sus fondos, puede realizar el trámite de manera fácil y sin ingresar documentación en la Sucursal Virtual de afiliados y de manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales. Al elegir su método de pago, le pediremos su reconocimiento facial y que tenga a mano su cédula de identidad.
Puede hacerlo en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.
Consideraciones Importantes
Es importante hacer una distinción, según indicó David González, Jefe de Calidad de Servicios AFC. Por ejemplo, cuando el empleador informó mal la renta, se debe corregir ese dato, lo cual corresponde a una regularización más que a una devolución.
Para hacer la solicitud no tiene que estar cesante, ni presentar papeles.
¿Qué Hacer si es Empleador?
En caso de rezagos originados por pagos de cotizaciones de trabajadores o empleadores con más de 11 años de antigüedad laboral, usted deberá acceder a la Sucursal Virtual de empleadores para notificar la situación. En caso que lo anterior no ocurra, lo invitamos a visitar la Sucursal virtual de empleadores. Una vez que ingrese, le aparecerá una notificación en caso de que existan pagos disponibles para su regularización.
*Si tiene una pensión distinta a AFP (IPS, Capredena o Dipreca), se le informará que puede ingresar un requerimiento en la sección “Mis trámites”.
Estos dineros son cotizaciones que no fueron abonadas a la cuenta individual de cesantía.
Pago de cotizaciones a trabajadores(as) independientes menores de 18 años, pensionados(as).
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