Este artículo proporciona una guía completa sobre cómo gestionar y, en su caso, solicitar la devolución de excesos en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en Chile, abarcando desde el pago de cotizaciones hasta la regularización de situaciones especiales.

Pago de Cotizaciones y Regularización

Es fundamental pagar las cotizaciones de sus trabajadores, cuyos porcentajes de aportes dependerán del tipo de contrato. Recuerde también pagar las cotizaciones de un(a) trabajador(a) que se encuentre con licencia médica. Si el(la) trabajador(a) cuenta con contrato de trabajo desde antes del 2 de octubre de 2002 y no está afiliado automáticamente al Seguro de Cesantía, puede hacerlo voluntariamente a través del formulario disponible en el sitio web de AFC, ingresando con su ClaveÚnica.

En caso de rezagos originados por pagos de cotizaciones de trabajadores(as) o empleadores(as) con más de 11 años de antigüedad laboral, usted deberá acceder a la Sucursal Virtual de empleadores para notificar la situación. En caso de que existan pagos disponibles para su regularización, le aparecerá una notificación una vez que ingrese a la Sucursal virtual de empleadores.

¿Cómo Afiliar a un Trabajador Extranjero?

La incorporación o afiliación de un(a) trabajador(a) extranjero(a) a AFC Chile la debe realizar el empleador en la Sucursal Virtual de empleadores con su clave de empleador. Una vez dentro, seleccionar la opción “Mis trámites”> “Afiliación o registro” >” Afiliación de mis trabajadores”. Una vez que el(la) trabajador(a) extranjero(a) cuente con su cédula de identidad chilena, debe proceder a regularizar su situación con AFC.

¿Qué hacer si el trabajador obtiene su cédula de identidad chilena?

Una vez que el trabajador cuente con su cédula de identidad chilena, debe informar a AFC. Para ello, debe ingresar a “Contáctenos” > “Seguro de Cesantía” > “Problemas con mi afiliación”.

Cotizaciones al Seguro de Cesantía

La cotización obligatoria al Seguro de Cesantía equivale al 3% de la remuneración mensual, con tope de 131,9 UF para el 2025. Las cotizaciones a la Cuenta Individual del trabajador o trabajadora debe pagarlas por un período máximo de 11 años. El período máximo de cotización es de 11 años por cada relación laboral.

¿Cómo y dónde pagar?

Si realiza este trámite de manera presencial, debe hacerlo por medio de BancoEstado o Servipag dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al pago de la remuneración.

¿Puedo pagar cotizaciones de trabajadores no registrados en planilla?

Sí, siempre y cuando esos(as) trabajadores(as) se encuentren registrados(as) en una planilla de pago. En caso contrario, ingrese a la sección “Rezagos” en la Sucursal Virtual de empleadores.

Reconocimiento de Deuda Previsional

Sí. Puede hacer un reconocimiento de la deuda previsional a través de un formulario de Declaración y No Pago (DNP). Es aquella que requiere el pago de la deuda a través de un tribunal, ya que, en este caso, existe una demanda en contra del empleador moroso.

Porcentajes de Cotización

El actual porcentaje de cotización es de 4,11% de la remuneración pactada en el contrato de trabajo y es de cargo del empleador. Un 3% se destina al Seguro de Cesantía. El 1,11% de la cotización para indemnización obligatoria a todo evento lo continúa administrando la AFP del trabajador(a).

Trámites en Línea

Recuerde que los trámites de movimiento de personal pueden realizarse ingresando a Sucursal Virtual de empleadores. En línea: si es un usuario(a) registrado(a), ingrese a la Sucursal Virtual de empleadores.

Tabla resumen de cotizaciones AFC

Concepto Porcentaje Responsable
Seguro de Cesantía 3% Empleador
Indemnización Obligatoria 1,11% AFP del trabajador
Total 4,11% Empleador y AFP

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