El despido laboral es una situación delicada que puede surgir en el ámbito de las relaciones laborales. En España, este proceso está regulado por una serie de normativas que buscan proteger tanto los derechos del trabajador como los intereses del empleador.
Marco Legal del Despido en España
En España, el marco legal que regula el despido se encuentra principalmente en el Código del Trabajo. Este cuerpo legal establece las obligaciones y prohibiciones a las que deben sujetarse los trabajadores en relación con sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la empresa.
Es obligatorio para las empresas que ocupen diez o más trabajadores, "confeccionar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad que contenga las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la respectiva empresa o establecimiento", conforme lo precisa el inciso 1º del actual artículo 153 del Código del Trabajo.
Conforme a estas disposiciones legales, será entonces el empleador quién podrá tomar la iniciativa para formalizar esta normativa interna de la empresa y, en el ámbito de sus facultades de administración, podrá también incorporar preceptos a este reglamento con el fin específico de regular, limitar o restringir el empleo de los correos electrónicos por los dependientes, todo lo cual no obsta - como se ha dicho - que "El delegado del personal, cualquier trabajador, o las organizaciones sindicales de la empresa respectiva" (artículo 153 inciso 3º del Código del Trabajo), pueda impugnar de ilegalidad estas normas ante este Servicio.
Con todo, deberá tenerse presente que el artículo 154 del Código del Trabajo precisa una serie de disposiciones que, "a lo menos", debe contener este reglamento interno, y, entre ellas, la Nº 5, que precisa: "las obligaciones y prohibiciones a que estén sujetos los trabajadores".
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones constitucionales y legales precedentes, cúmpleme manifestar a Ud.
Tipos de Despido
Existen diferentes tipos de despido en España, cada uno con sus propias características y requisitos legales:
- Despido Disciplinario: Se produce cuando el trabajador incumple gravemente sus obligaciones laborales.
- Despido Objetivo: Se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Despido Colectivo: Afecta a un número significativo de trabajadores y requiere un procedimiento específico.
Requisitos para un Despido Justificado
Para que un despido sea considerado justificado en España, es necesario que se cumplan ciertos requisitos:
- Causa Justificada: Debe existir una causa real y demostrable que justifique el despido.
- Comunicación Formal: El empleador debe comunicar al trabajador la decisión de despido por escrito, indicando la causa y la fecha de efectos.
- Indemnización: En algunos casos, el trabajador tiene derecho a una indemnización por despido.
Derechos del Trabajador Despedido
Los trabajadores despedidos en España tienen una serie de derechos que deben ser respetados:
- Recibir el Finiquito: Documento que incluye las cantidades adeudadas al trabajador (salario, vacaciones no disfrutadas, etc.).
- Impugnar el Despido: El trabajador puede demandar a la empresa si considera que el despido es improcedente o nulo.
- Prestación por Desempleo: En muchos casos, el trabajador tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Atrasos: ¿Motivo de Despido?
En España, el despido de un trabajador puede estar justificado por diversas causas, entre ellas, las faltas laborales. Sin embargo, no existe un número exacto de faltas que automáticamente conduzcan al despido, ya que cada situación se evalúa individualmente, considerando la gravedad y reiteración de las faltas, así como lo estipulado en el convenio colectivo aplicable y el Estatuto de los Trabajadores.
Los atrasos en el lugar de trabajo son más comunes de lo que se piensa y pueden afectar la productividad de la empresa. Si bien no hay una norma que defina los atrasos reiterados en las leyes laborales, estos pueden ser motivo de sanción e incluso despido si son frecuentes y perturban el normal funcionamiento de la empresa.
Acciones que las empresas pueden tomar ante atrasos reiterados:
- Conversar y advertir directamente al trabajador sobre las consecuencias de sus atrasos.
- Entregar una amonestación, que puede comenzar con una verbal y luego ser por escrito.
- Descontar el tiempo de retraso de la remuneración del trabajador.
El empleador puede despedir a un trabajador por sus atrasos, basándose en el incumplimiento del contrato de trabajo. Sin embargo, deberá probar que los atrasos son suficientes para justificar el despido.
En la práctica, tres cartas de amonestación por atrasos pueden llevar al despido de un trabajador.
Descuentos Salariales por Atrasos
Si un trabajador llega tarde al trabajo, el empleador puede descontar proporcionalmente el salario correspondiente al tiempo no trabajado. Sin embargo, estos descuentos solo pueden hacerse si están establecidos en un contrato de trabajo o en un instrumento colectivo. En el caso de inasistencias, se pueden realizar descuentos salariales si el trabajador no justifica su ausencia con un certificado médico u otro documento válido.
Es importante destacar que los descuentos salariales no pueden afectar el salario mínimo establecido por la ley ni reducir el salario por debajo de lo acordado en el contrato de trabajo.
Tabla Resumen de Causales de Despido
| Causal de Despido | Descripción | Indemnización |
|---|---|---|
| Inasistencia Injustificada | Faltar al trabajo sin justificación por 2 días seguidos, 3 días en el mes o 2 lunes en el mes. | No |
| Atrasos Reiterados | Atrasos frecuentes que perturban el funcionamiento de la empresa. | Depende de la gravedad y lo estipulado en el contrato/convenio. |
| Necesidades de la Empresa | Razones objetivas, permanentes y no subsanables que obligan al empleador a despedir. | Sí, según la antigüedad del trabajador. |
| Incumplimiento Grave de Obligaciones | No cumplir con las responsabilidades laborales de manera grave. | Depende de la gravedad y lo estipulado en el contrato/convenio. |
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