El tema que abordaremos es el despido producto del consumo de drogas, despido que suele darse producto de los conocidos exámenes ocupacionales para la detección de consumo de drogas, que muchas empresas suelen obligar a realizarse a sus trabajadores.
En este artículo, desde MisAbogadosLaborales.cl, abordamos esta problemática desde una perspectiva legal, actualizada y clara. Analizamos qué dice el Código del Trabajo, qué criterios han seguido los tribunales y qué derechos tiene el trabajador frente a un despido por dar positivo en un test de droga (marihuana, cocaína, anfetaminas u otras sustancias).
¿Pueden Despedirme por Consumo de Drogas?
La respuesta corta es no directamente. El consumo de drogas no es, por sí solo, una causal de despido establecida en el Código del Trabajo chileno. Pero ojo, si ese consumo de droga constituye un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, sí te pueden despedir.
Cuando una empresa quiere despedir a un trabajador por esta razón, suele invocar el artículo 160 N°7, que sanciona el «incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato». Pero para que esta causal sea procedente, el empleador debe acreditar que el consumo de drogas implicó un incumplimiento grave, y eso tiene sus dificultades.
Por ejemplo, muchas veces no basta con que el trabajador haya dado positivo en un test. Y es que en juicio si el trabajador despedido demanda, se suele discutir si el trabajador estaba efectivamente bajo efectos de drogas durante su jornada, si esa condición puso en riesgo su desempeño o la seguridad del entorno dadas sus funciones, si existía una política interna válida, conocida y aplicada de forma razonable, debidamente reglada en el reglamento interno de la empresa o no, si existían o no otras medidas menos gravosas que podría haber aplicado el empleador.
Sin estos elementos, el despido puede, eventualmente, ser declarado injustificado, lo que obliga al empleador a pagar indemnizaciones completas y un recargo de hasta un 80%.
¿Es Legal que me Hagan un Test de Drogas en el Trabajo?
Sí, pero con límites.
La empresa puede aplicar exámenes de detección de sustancias siempre que estén regulados en el contrato de trabajo o el reglamento interno. Además, deben estar justificados por la naturaleza del cargo (por ejemplo, manejo de maquinaria, transporte de personas, trabajo en minería, etc.).
Sin embargo:
- No pueden exigirse fuera del horario de trabajo.
- No pueden usarse para sancionar conductas ocurridas fuera del ámbito laboral.
Por todo ello, un examen positivo no equivale a una prueba concluyente de falta grave. Y es que en juicio se discute incluso, hasta cuándo fue el consumo. Si fue en la época que podía fiscalizar el empleador, es decir en la jornada laboral, o fue en días de vacaciones, descanso, licencia u otros.
¿Qué Ocurre si mi Contrato o el Reglamento Prohíbe el Consumo de Drogas?
Muchos contratos o reglamentos internos incluyen cláusulas que prohíben el consumo de drogas. Pero esas normas solo aplican al comportamiento del trabajador dentro del ámbito laboral. Hay fallos que plantean que no puede el empleador controlar lo que haga el trabajador en su vida privada, de modo tal que si el consumo es fuera de la jornada, en días de descanso o vacaciones, se plantea la interrogante si aquí se justifica o no el despido, en algo que es llamado a resolver caso a caso el tribunal.
¿Qué debo hacer si me Despiden por Dar Positivo en un Examen de Drogas?
- No firmes el finiquito sin asesoría legal.
- Solicita copia de la carta de despido.
- Consulta con nosotros para analizar la viabilidad de una demanda.
📌 Importante: Si firmaste el finiquito sin «reserva de derechos», es muy probable que pierdas toda opción de demandar. Escríbenos antes de firmar.
¿Qué Puedes Conseguir si Demandas por Despido Injustificado?
Si se demuestra que el despido fue improcedente, puedes obtener:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo.
- Indemnización por años de servicio.
- Recargo del 80% de los años de servicio por aplicación del artículo 168 del Código del Trabajo.
- Pagos pendientes de vacaciones, cotizaciones, sueldos y otros beneficios.
🔴 Demandar puede significar recuperar millones de pesos.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Qué pasa si me niego al examen de droga?
- Si no está autorizado en el reglamento, puedes negarte. Si sí está, podría considerarse incumplimiento a tu contrato que justifique el despido o una amonestación.
- ¿Puede la empresa controlar lo que hago fuera del trabajo?
- No. La ley prohíbe ese tipo de control, salvo casos muy específicos. Se discute si este es uno de los casos.
- ¿Qué plazo tengo para demandar?
- 60 días hábiles desde la separación de funciones. Luego de ese plazo, pierdes el derecho.
- ¿Qué pasa si ya firmé el finiquito?
- Si firmaste con «reserva de derechos», aún puedes demandar. Si no, será muy difícil.
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¿Qué se suele discutir a nivel de tribunales sobre el despido por consumo de drogas?
Muchos empleadores, sobre todo en el norte del país, mantienen en los contratos con trabajadores, en reglamentos internos y en sus políticas, la prohibición al trabajador del consumo de drogas por la actividad que realizan. Ello en principio es razonable, en la medida en que evidentemente no puede permitirse que un trabajador que se encuentre bajo el consumo de las drogas esté manejando una grúa, un vehículo u otro elemento con el cual pueda ocasionar un accidente.
Poder del empleador frente a derechos de trabajador en los test de drogas.
La pregunta no obstante debe llevarnos a reflexionar ¿Cuál es el dominio que puede tener el empleador sobre el cuerpo del trabajador?, ¿Puede un empleador exigir a un trabajador realizarse un examen de drogas?, ¿No viola eso acaso su intimidad?, ¿puede el empleador controlar lo que haga el trabajador en su horario y tiempos de descanso?. Lo cierto es que todas estas son materias debatidas en la doctrina.
No hay duda que el empleador debe velar por la seguridad y salud de sus trabajadores. Pero si hay dudas del nivel de control que puede lícitamente llegar a ejercer. Más aún cuando tal control pretende extenderse muchas veces más allá de los servicios contratados.
Es por esto que los tribunales suelen condenar a aquel empleador que realiza un despido por consumo de drogas, considerando que es un despido injustificado, al no concurrir causal de incumplimiento grave por parte del trabajador, que pueda ser probada en juicio.
Así, no es nada sencillo despedir a un trabajador por consumo de drogas. Y es que usualmente para ese despido se utilizará la causal del artículo 160 n°7 del Código del Trabajo y se argumentará por la empresa que el trabajador ha incumplido gravemente las obligaciones de su contrato, así como el reglamento de la empresa. Probarlo, no es nada sencillo como explicaremos, ya que no basta acreditar que el trabajador da positivo en el examen de drogas, no señor, el tema es mucho más complejo que eso para el empleador.
Lo anterior no significa por cierto que será un juicio sencillo para el trabajador. El tema es debatible y hay fallos para ambos lados en la jurisprudencia.
El despido por consumo de drogas afecta inevitablemente al trabajador, al que no le será nada sencillo con aquella causal encontrar un nuevo trabajo. Por lo anterior, siempre hay que evaluar las opciones antes de firmar finiquito y ver la posibilidad de demandar.
Francisco Acuña G. Abogado. Misabogadoslaborales.cl
¿Qué debe hacer el trabajador que es despedido por consumo de drogas por haber dado positivo al examen?
El trabajador que es objeto de un despido por consumo de drogas, debe por medio de un abogado, presentar una demanda de despido injustificado, ante tribunales. De encontrarlo procedente y desear tramitar el caso con nosotros, prepararemos tu demanda, te la enviaremos y luego de revisada la carta de despido, la presentaremos al tribunal que corresponda.
¿Qué obtengo si gano la demanda de despido injustificado, cuando se me despide por consumo de drogas?
Si ocurre un despido por consumo de drogas por medio del artículo 160 n° 7 del Código del Trabajo, y presentas una demanda por despido injustificado, puedes ganar no sólo que te paguen tus indemnizaciones legales, sino que estas se te incrementen, por lo injustificado del despido.
Efectivamente, podrás demandar solicitando se te pague tu indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, un incremento del 80% adicional a tu indemnización por años de servicio, como sanción ante el despido injustificado, además de las vacaciones y remuneraciones pendientes. Todo lo anterior a evaluar según el tipo de contrato.
¿Qué debe probar tu empleador para ganar el caso si te despide por el artículo 160 n° 7 del Código del Trabajo, argumentando que diste positivo en el examen de drogas?
Si a raíz que diste positivo en examen de drogas, tu empleador realiza un despido por artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, argumentando el consumo de drogas, para ganar el caso no le basta acreditar el consumo, tampoco le basta acreditar que diste positivo al examen y a una contra muestra. Tu empleador debe acreditar algo mucho más difícil aún, debe acreditar que existe un incumplimiento contractual y que este incumplimiento puede ser calificado como grave. La configuración de esta causal permite al empleador poner término al contrato de trabajo, sin derecho a indemnización o con ellas dependiendo de quien la invoque y es por ello que la ley y los jueces son bastante rigurosos al permitir la aplicación de esta causal.
Dado ello es bastante complejo para el empleador ganar el caso, el empleador en ningún caso puede controlar lo que hace el trabajador fuera del horario laboral, pues no es dueño del trabajador ni de su cuerpo y no está pagando sino para que el trabajador realice una función, la cual no involucra de ninguna forma tener la propiedad o control del trabajador.
¿Puede el empleador prohibirle al trabajador que consuma drogas fuera del horario de trabajo?
No puede el empleador prohibir el consumo de drogas fuera del espacio laboral, en tanto eso implicaría extralimitar las facultades patronales a las conductas de la vida privada, lo que no es admisible, por lo que siempre las prohibiciones de la regulación interna únicamente pueden entenderse dirigidas a la conducta que se desarrolla dentro de la jornada de trabajo.
Así, el simple examen que presentará como prueba el empleador, de haber dado positivo el trabajador, va a ser insuficiente para que aquel pueda ganar el juicio en la mayoría de los casos. Así se ha fallado en múltiples casos que ha llevado nuestra firma de abogados.
A todo ello se debe agregar que los exámenes que realizan no detectan sino la presencia de la sustancia o droga, pero aquella según la sustancia puede durar varios días luego del consumo. Efectivamente, suele por medio de estos exámenes resultar imposible datar la fecha probable de consumo, que bien pudo haber sido muchos días antes de la toma de muestra, por lo que no suelen ser un medio apto para demostrar que entró la persona a trabajar drogado.
Reglamento interno prohíbe el consumo de drogas.
Tanto el contrato como el reglamento interno pueden reglar lo que el trabajador hace al interior de la empresa, dentro de su jornada laboral, pero de ninguna forma pueden reglamentar lo que hace el trabajador en su descanso.
Todo esto se discute mucho a raíz de la dominación que pretenden muchos empleadores sobre el cuerpo del trabajador y dados los derechos de cada trabajador.
¿Algún consejo para el trabajador despedido por consumo de drogas?
Si te despiden por consumo de drogas, por el artículo 160 del Código del Trabajo, no firmes finiquito, no sin antes enviarnos tu carta de despido para evaluar tu caso. No cometas un error del cual te puedas arrepentir. Firmado el finiquito no habrá solución posible si se firma sin reserva de derechos.
Despido por consumo de drogas en el trabajo
El despido por consumo de drogas en el trabajo no es una causal per se de despido establecida en el código del Trabajo. Aquel empleador que desee realizar un despido por consumo de drogas en el trabajo, deberá utilizar una de las causales del artículo 160 del Código del Trabajo y probarla en juicio en cuanto a sus requisitos. No le bastará al empleador acreditar el consumo de drogas del trabajador, pues ello no es causal de despido, sino que deberá acreditar los requisitos particulares de la causal del artículo 160 que invoque.
En nuestra firma trabajamos exclusivamente en Derecho Laboral. Llevamos casos de despido por consumo de drogas en todo Chile, y solo cobramos si ganamos. Ojo, no en todos los casos es viable o vale la pena incluso demandar.
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Caso Real y Jurisprudencia Reciente
Confusión, preocupación, extrañeza. Tras la realización de un examen de drogas en diciembre de 2023, SQM despidió sin indemnización a los trabajadores por arrojar resultados positivos a consumo de marihuana y cocaína bajo causal del artículo 160 n° 7 del Código del Trabajo.
Para la socia de GNP Abogados Laborales y también exdirectora del Trabajo, Lilia Jerez, este caso pone en el centro un tema relevante: “¿Los hechos ocurridos fuera del horario laboral afectan la relación laboral?”. A su juicio, pueden hacerlo, enfrentándose el empleador “al desafío de acreditar tanto la ocurrencia del hecho como la relación de causalidad con sus consecuencias, las cuales deben tener un impacto laboral concreto. La causalidad, como en otros ámbitos del derecho, es un elemento necesario para establecer responsabilidad.
Para Jerez, además, es cuestionable el estándar de prueba exigido por el tribunal para justificar la prohibición del consumo de drogas. Misma lectura entregó Jorge Arredondo, de AZ, quien agregó que no comparte el criterio del juzgado. “¿Qué hubiese ocurrido si se presenta un accidente por parte de estos trabajadores y se hubiese detectado el consumo de droga con posterioridad?
En este caso, los involucrados aseguraron que el empleador habría vulnerado la garantía del artículo 19 N°4 de la Constitución (respeto a la vida privada), con ocasión del despido. En este escenario, la empresa explicó que debido al rubro al que se dedica (minería) tiene una obligación legal de implementar políticas preventivas y de control para gestionar los riesgos asociados al consumo de alcohol y drogas en el trabajo.
En la sentencia de instancia, el Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió la denuncia de tutela, señalando que se habría vulnerado la garantía del art. El tribunal determinó que esta acción no está bajo la facultad disciplinaria de la denunciada. Lo descrito puede interpretarse como una intoxicación activa.
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