La relación laboral está sujeta a múltiples normas y condiciones, y una de las más relevantes es la que protege al trabajador durante una enfermedad. En este artículo, abordaremos detalladamente si se puede despedir a un trabajador con licencia médica, analizando la legislación vigente y las políticas que permiten o prohíben dicha práctica.
¿Qué es la Licencia Médica y Cuáles son los Derechos del Trabajador?
La licencia médica se otorga a los trabajadores que padecen una enfermedad o accidente que les impide cumplir con sus labores normales. Durante este período, el trabajador está protegido por una serie de leyes que buscan garantizar su salario y su empleo. La normativa laboral en Chile, por ejemplo, es clara respecto a los derechos del trabajador bajo licencia médica, como se puede observar en el portal de la Dirección del Trabajo y en la Superintendencia de Seguridad Social.
Derechos Fundamentales del Trabajador en Licencia Médica
- Uno de los derechos fundamentales del trabajador en licencia médica es la protección de su empleo.
- Dependiendo de la legislación de cada país, un trabajador en licencia médica puede tener derecho a una compensación económica. Esta puede provenir de la seguridad social o de un seguro privado contratado por el empleador.
- Una vez que la licencia médica termina, el trabajador tiene el derecho de reincorporarse a su puesto laboral bajo las mismas condiciones previas a su período de incapacidad.
¿Cuándo se Puede Despedir a un Trabajador con Licencia Médica?
Es vital conocer las variables que pueden influir en el despido de un trabajador con licencia médica. El despido de un trabajador en licencia médica necesita estar muy bien justificado. Generalmente, se requiere demostrar una falta grave o una causa de fuerza mayor. En términos prácticos, si un empleador desea despedir a un trabajador con licencia médica, debe contar con pruebas sólidas y documentar el proceso adecuadamente.
Obligaciones del Empleador
- El empleador está obligado a cumplir con todas las normativas laborales vigentes en relación a la licencia médica.
- Si el despido está en consideración durante el período de licencia médica, el empleador debe facilitar todos los estudios médicos requeridos para una decisión justa y equilibrada.
- La justificación del despido debe estar debidamente documentada.
Consecuencias de un Despido Injustificado Durante una Licencia Médica
Las consecuencias de realizar un despido durante una licencia médica pueden ser severas, tanto para el empleador como para el trabajador afectado.
- En muchos casos, un despido realizado sin justificación legal durante una licencia médica puede ser considerado nulo.
- El empleador puede enfrentar sanciones y multas impuestas por las autoridades laborales si se determina que el despido fue ilegal.
- Además de las multas, el empleador podría verse obligado a pagar una compensación adicional al trabajador despedido injustamente.
Ejemplos de Despidos Durante Licencia Médica
- Un trabajador con licencia médica recibe la notificación de que la empresa donde labora ha decidido cerrar operaciones de manera definitiva.
- Un empleado en licencia médica es despedido bajo el pretexto de bajo rendimiento. Sin embargo, no existen informes o documentación previa que sustenten esta causa.
- Un trabajador es descubierto cometiendo fraude dentro de la empresa. Aunque el trabajador está en licencia médica, las pruebas del fraude son indiscutibles y suficientes para proceder con el despido.
Despido Tras una Licencia Médica: ¿Qué dice la Ley Chilena?
En este artículo, analizamos los aspectos legales de despedir a un trabajador al volver de una licencia médica en Chile, abordando tanto los derechos de los trabajadores como las facultades y límites del empleador. Si bien la ley laboral chilena no prohíbe el despido después de una licencia médica, existen límites y condiciones específicas que los empleadores deben respetar.
Facultades y Límites del Empleador
En Chile, la ley permite que un empleador despida a un trabajador después de una licencia médica sin que exista una prohibición expresa para ello. Lo que la ley sanciona no es el hecho de despedir, sino la motivación discriminatoria detrás de ese despido. Según el artículo 2 del Código del Trabajo, no se puede despedir a un trabajador en represalia por su condición de salud o como castigo por haberse tomado una licencia médica.
Por lo tanto, si el empleador utiliza una causal justificada y objetiva -como las necesidades de la empresa (artículo 161)-, el despido puede ser perfectamente legal siempre que esté bien fundamentado y que tales necesidades de la empresa sean reales. El problema se da cuando se invoca necesidades de la empresa, que no existen, siendo en realidad un despido por discriminación por razones de salud o despido por discriminación por las licencias médicas presentadas.
¿Cuánto Tiempo Después de Volver de una Licencia Médica Me Pueden Despedir?
No existe en la legislación chilena un tiempo mínimo o máximo después de la licencia médica para proceder con el despido. Sin embargo, si el despido ocurre inmediatamente después de regresar al trabajo, puede generar sospechas de que la decisión fue en represalia. El artículo 161 permite al empleador invocar “necesidades de la empresa” para justificar el despido, pero debe haber razones objetivas y concretas que respalden esta decisión, más allá de la licencia o el estado de salud del trabajador.
Es importante entender la diferencia: el empleador puede despedir a un trabajador al volver de una licencia médica, siempre que no sea como una represalia directa contra su condición de salud. Es decir, lo que no puede hacer, es despedir por la licencia o por haberse enfermado el trabajador. Una cosa entonces es despedir y otra cosa es despedir de forma discriminatoria.
Protección Contra la Discriminación por Motivos de Salud
La Ley chilena protege a los trabajadores contra despidos discriminatorios que se basen en razones de salud. En este sentido, el artículo 2 del Código del Trabajo prohíbe cualquier acto de discriminación en el ámbito laboral, incluyendo despidos que sean motivados por una condición de salud del trabajador o en represalia por haberse tomado una licencia médica.
Por lo tanto, aunque el despido después de una licencia médica es legal, el empleador no puede despedir al trabajador como represalia o simplemente por el hecho de haberse enfermado.
Requisitos para un Despido en Causal de Necesidades de la Empresa
La causal de necesidades de la empresa debe estar justificada con hechos concretos, objetivos y relacionados con la organización o economía de la empresa. Ejemplos válidos de necesidades de la empresa incluyen:
- Reestructuración de personal debido a cambios en la demanda del mercado o en la productividad.
- Problemas económicos comprobables que impacten en el área o la función del trabajador.
Tutela Laboral por Discriminación (Artículo 489)
Cuando el despido está motivado por represalias a la salud del trabajador, este puede iniciar una tutela laboral bajo el artículo 489 del Código del Trabajo. Este recurso protege a los trabajadores de cualquier forma de discriminación, incluido el despido por motivos de salud, y permite que el tribunal exija al empleador indemnizaciones adicionales y, en algunos casos, la reincorporación del trabajador.
¿Qué Hacer si Eres Despedido al Volver de una Licencia Médica?
- Documentar todas las comunicaciones: Mantén registros de la licencia médica y de cualquier comunicación relacionada con el despido.
- Asesoría de un abogado laboral: Un abogado especializado puede evaluar la causal del despido y las posibilidades de recurrir ante la justicia.
Consejos para Empleadores: Evitar el Despido Discriminatorio
- Justificar adecuadamente el despido: Asegurarse de que el despido no está relacionado con el estado de salud del trabajador ni con sus licencias médicas.
- Tener documentación clara: Documentar las razones objetivas para el despido ayuda a proteger al empleador en caso de una demanda.
- Comunicación clara y respetuosa: Explicar al trabajador los motivos reales del despido puede evitar malos entendidos y posibles reclamos.
Sanciones por Despido Injustificado o Discriminatorio Tras una Licencia Médica
La legislación chilena establece sanciones específicas para los casos en que un despido sea injustificado, debido a una mala aplicación de la causal de necesidades de la empresa, o cuando es considerado discriminatorio por estar basado en la condición de salud del trabajador o en represalia por el uso de licencias médicas.
Sanciones por Despido Injustificado (Causal de Necesidades de la Empresa Mal Aplicada)
Cuando el empleador invoca la causal de necesidades de la empresa (artículo 161 del Código del Trabajo) sin una justificación válida, el despido puede ser declarado improcedente. Las sanciones en estos casos son:
- Recargo del 30%: Si se declara que la causal invocada fue improcedente, la indemnización por años de servicio debe incrementarse en un 30%, conforme al artículo 168 del Código del Trabajo.
- Devolución de descuento de afc.
Sanciones por Despido Discriminatorio (Tutela Laboral por Discriminación)
Si el despido es declarado discriminatorio, debido a que fue motivado por la condición de salud del trabajador o como represalia por haberse tomado una licencia médica, el trabajador tiene derecho a optar por uno de los siguientes remedios, de acuerdo con el artículo 489 del Código del Trabajo.
El recurso de tutela laboral busca proteger los derechos fundamentales del trabajador frente a despidos discriminatorios y permite al tribunal imponer sanciones significativas, asegurando que el empleador respete la dignidad y derechos del trabajador en el ámbito laboral.
Según la legislación laboral chilena, específicamente el artículo 489 del Código del Trabajo, un trabajador que ha sido despedido en represalia por haber tomado una licencia médica tiene derecho a presentar una acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales. Si el tribunal acoge esta denuncia, el trabajador puede optar entre dos remedios:
- Reincorporación al puesto de trabajo: El trabajador puede solicitar ser reinstalado en su cargo, restableciendo así la relación laboral.
- Indemnización adicional: Alternativamente, el trabajador puede optar por una indemnización que fijará el juez de la causa, la cual no podrá ser inferior a seis meses ni superior a once meses de la última remuneración mensual.
Introducción: La Doble Vía de Protección - Relación Laboral vs. Derecho Previsional
La situación de un trabajador que es despedido mientras se encuentra con una licencia médica vigente es una de las consultas más críticas y recurrentes en el ámbito del derecho laboral chileno. Esta circunstancia genera una considerable incertidumbre, ya que el trabajador se enfrenta simultáneamente a la pérdida de su fuente de ingresos y a una condición de salud que le impide trabajar. Para comprender cabalmente los derechos y obligaciones que surgen en este escenario, es fundamental distinguir entre dos vínculos jurídicos que coexisten pero que son de naturaleza distinta: la relación laboral y la relación previsional.
- La Relación Laboral: Es el vínculo contractual que une al trabajador con su empleador, regulado principalmente por el Código del Trabajo. Este vínculo, que da origen a obligaciones como la prestación de servicios y el pago de remuneraciones, puede extinguirse por diversas causales legales, incluido el despido.
- La Relación Previsional: Es el vínculo que el trabajador, en su calidad de cotizante, mantiene con el sistema de seguridad social, es decir, con su organismo de salud (FONASA o ISAPRE) y su administradora de fondos de pensiones (AFP). Esta relación se rige por una normativa especial, destacando el Decreto con Fuerza de Ley N° 44 (D.F.L. N° 44) de 1978.
La clave para resolver la interrogante sobre el pago de la licencia médica post-despido radica en entender que la terminación del contrato de trabajo extingue la relación laboral, pero no anula automáticamente la relación previsional ni los derechos que de ella emanan. El derecho a recibir un Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) no es un beneficio otorgado por el empleador, sino una prestación de seguridad social financiada por las cotizaciones del trabajador. Por lo tanto, aunque el despido pone fin al rol del empleador como intermediario en la tramitación de la licencia, el derecho del trabajador a percibir el subsidio persiste si cumple con los requisitos legales al momento de iniciarse la incapacidad.
El Ecosistema de la Licencia Médica en Chile
La Licencia Médica: Naturaleza y Finalidad
La licencia médica es un acto médico-administrativo formalizado en un documento, ya sea en formato papel o electrónico (Licencia Médica Electrónica - LME), emitido por un médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona debidamente habilitado. Su propósito fundamental es certificar que un trabajador se encuentra temporalmente incapacitado para desempeñar sus labores, otorgándole el derecho a ausentarse de su trabajo, de forma total o parcial, por un período determinado para enfocarse en el restablecimiento de su salud.
El Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL): El Beneficio Económico
Asociado a la licencia médica se encuentra el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL), que corresponde a un monto en dinero destinado a reemplazar la remuneración del trabajador durante el período de reposo autorizado. Este subsidio tiene como finalidad principal cubrir la contingencia económica que provoca la incapacidad temporal para trabajar.
El pago del SIL está sujeto a una regla de carencia, dependiendo de la duración del reposo:
- Licencias de 11 días o más: El subsidio se paga desde el primer día de reposo.
- Licencias de 10 días o menos: Los primeros tres días de reposo no se pagan (período de carencia), y el subsidio se devenga a partir del cuarto día.
- Licencias continuadas: Si a una licencia inicial de menos de 11 días le sigue otra, sin interrupción y por el mismo diagnóstico, y la suma de ambas supera los 10 días, se debe reliquidar el primer subsidio para pagar también los tres primeros días que inicialmente fueron descontados.
Requisitos para el Derecho a SIL (D.F.L. N° 44, Art. 4)
Para que un trabajador tenga derecho a percibir el SIL, no basta con la sola emisión de la licencia médica; debe cumplir con requisitos específicos de afiliación y cotización, los cuales varían según la naturaleza de su contrato de trabajo. Un requisito transversal es que el contrato laboral debe encontrarse vigente al momento de iniciar el reposo médico.
- Trabajador Dependiente con Contrato Indefinido:
- Contar con una licencia médica debidamente autorizada.
- Tener un mínimo de 6 meses de afiliación a un sistema previsional (AFP o el antiguo INP).
- Acreditar un mínimo de 3 meses (equivalentes a 90 días) de cotizaciones pagadas, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al inicio de la licencia.
- Trabajador Dependiente con Contrato a Plazo Fijo, por Obra o Faena:
- Contar con una licencia médica autorizada.
- Tener un mínimo de 6 meses de afiliación previsional.
- Acreditar un mínimo de 1 mes (equivalente a 30 días) de cotizaciones pagadas, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al inicio de la licencia.
Entidades Administradoras y Pagadoras
La gestión y el pago del SIL son responsabilidad de distintas entidades, dependiendo del sistema de salud al que pertenezca el trabajador:
- Afiliados a FONASA: La Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) es la entidad encargada de autorizar, modificar o rechazar la licencia. El pago del subsidio lo efectúa la misma COMPIN o, si el empleador está afiliado, la Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) correspondiente.
- Afiliados a ISAPRE: La Institución de Salud Previsional (ISAPRE) es responsable tanto de la autorización de la licencia como del pago directo del subsidio al trabajador o, en caso de convenio, al empleador.
El Despido Durante la Incapacidad Laboral: Límites y Permisiones
Existe una creencia extendida pero errónea de que un trabajador con licencia médica goza de un "fuero" que impide su despido bajo cualquier circunstancia. La legislación chilena no establece un fuero general, sino una protección específica y acotada que prohíbe el despido solo por ciertas causales. Por lo tanto, un empleador sí puede, legalmente, despedir a un trabajador con licencia médica si invoca una de las causales permitidas por la ley. Esto obliga al trabajador a analizar detenidamente la causal informada en su carta de despido para determinar la legalidad de la terminación de su contrato.
La Prohibición Explícita del Artículo 161 del Código del Trabajo
La única protección explícita que otorga la ley se encuentra en el inciso final del artículo 161 del Código del Trabajo. Esta norma prohíbe al empleador invocar las siguientes causales de despido mientras el trabajador se encuentre gozando de licencia médica (por enfermedad común, accidente del trabajo, enfermedad profesional, o licencia maternal o por enfermedad grave del niño menor de un año):
- Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio.
- Desahucio escrito del empleador.
Si un empleador notifica el despido por estas causales con el preaviso de 30 días y, durante ese lapso, el trabajador presenta una licencia médica, el conteo del plazo de preaviso se suspende y se reanuda una vez que el reposo ha concluido.
Causales de Despido Permitidas
Fuera de la prohibición del artículo 161, el empleador está facultado para poner término al contrato de trabajo por las demás causales que establece la ley, aun cuando el trabajador esté con licencia médica.
Aunque un empleador puede invocar una causal del artículo 160 (falta grave) para despedir a un trabajador con licencia, si esta causal es utilizada como un pretexto para ocultar el verdadero motivo -la enfermedad del trabajador-, el despido puede ser impugnado en tribunales. En tal caso, el trabajador podría interponer una demanda de tutela de derechos fundamentales por discriminación en razón de su estado de salud. De acogerse la demanda, el tribunal podría ordenar el pago de indemnizaciones especiales que van de 6 a 11 remuneraciones mensuales, adicionales a las indemnizaciones propias del despido.
El Derecho al Pago Íntegro del Subsidio Post-Despido: El Pilar del D.F.L. N° 44
El Artículo 15 del D.F.L. N° 44: La Norma Clave
La piedra angular que garantiza la protección económica del trabajador despedido se encuentra en el artículo 15 del D.F.L. N° 44 de 1978. Esta norma establece de manera inequívoca:
“Los subsidios durarán hasta el término de la correspondiente licencia médica, aun cuando haya terminado el contrato de trabajo.”
La redacción de este artículo es categórica y no admite interpretaciones que limiten el pago del subsidio a la fecha de término del contrato. Su mandato es claro: el beneficio previsional se desliga del destino de la relación laboral y se mantiene mientras persista la incapacidad certificada.
La Respuesta Definitiva a la Consulta del Usuario
Con base en la norma citada, la respuesta a la pregunta central es definitiva: si una licencia médica fue emitida mientras el contrato de trabajo estaba vigente y el trabajador cumplía los requisitos legales para acceder al subsidio, el pago del SIL debe cubrir la totalidad de los días de reposo indicados en dicha licencia y en sus continuaciones, sin importar que el trabajador sea despedido durante ese período. El pago no se interrumpe en la fecha del despido, sino que se extiende hasta el último día de reposo autorizado.
El Concepto de Licencias "Continuadas"
La protección del artículo 15 no se limita a la licencia médica que estaba vigente al momento del despido. La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha sostenido de manera consistente que esta protección se extiende a todas aquellas licencias que se otorguen "sin solución de continuidad" (es decir, una inmediatamente después de la otra) y que respondan al mismo diagnóstico médico.
Esto significa que si un trabajador es despedido durante una licencia de 20 días y, al finalizar esta, su médico le extiende una nueva licencia por el mismo cuadro clínico, esta segunda licencia también da derecho a subsidio, a pesar de haber sido emitida cuando el trabajador ya se encontraba cesante.
Guía Práctica: Cómo Tramitar y Cobrar su Licencia Médica si ha sido Despedido
Una vez que se produce el despido, la dinámica de tramitación de la licencia médica cambia fundamentalmente. La responsabilidad, que antes recaía en el empleador, se traslada por completo al trabajador, quien debe asumir un rol activo para gestionar y asegurar el pago de su beneficio.
El Nuevo Rol del Trabajador Cesante
Al extinguirse el contrato de trabajo, el ex-empleador queda liberado de su obligación de recepcionar y tramitar las licencias médicas. A partir de ese momento, el trabajador despedido debe presentar el documento directamente ante su organismo de salud previsional.
Procedimiento Detallado según Sistema de Salud
El procedimiento varía si el trabajador está afiliado a FONASA o a una ISAPRE.
Aspectos Financieros y Legales Conexos
El despido durante una licencia médica tiene implicancias que van más allá del pago del subsidio, afectando el cálculo del finiquito y la continuidad de las cotizaciones previsionales.
El Cálculo del Finiquito y la Indemnización por Años de Servicio
Un temor común del trabajador es que su indemnización por años de servicio se vea disminuida, ya que su "última remuneración" podría ser muy baja o nula debido a los meses con licencia. Sin embargo, la ley y la jurisprudencia administrativa de la Dirección del Trabajo (DT) protegen al trabajador de esta situación. El subsidio por incapacidad laboral no se considera "remuneración" para efectos del cálculo de las indemnizaciones.
La regla para determinar la base de cálculo, según el artículo 172 del Código del Trabajo y los dictámenes de la DT, es la siguiente:
- Trabajadores con remuneración fija: Se debe considerar la última remuneración mensual pagada íntegramente por el empleador. Si en el último mes antes del despido hubo licencia, ese mes se descarta y se debe retroceder en el tiempo hasta encontrar el último mes en que el trabajador percibió su sueldo completo.
- Trabajadores con remuneración variable: Se debe calcular el promedio de las remuneraciones percibidas en los últimos tres meses calendario completamente trabajados. Si dentro de los tres meses previos al despido hubo períodos con licencia, dichos meses se excluyen del promedio y se debe retroceder a los meses anteriores hasta completar tres meses de remuneración íntegra para realizar el cálculo.
Las Cotizaciones Previsionales (AFP, Salud, Seguro de Cesantía)
Durante el período en que el trabajador cesante recibe el subsidio por incapacidad laboral, la entidad pagadora del mismo (COMPIN, CCAF o ISAPRE) tiene la obligación de retener de dicho subsidio y pagar las cotizaciones previsionales correspondientes a salud y pensiones. Esto asegura que el trabajador no genere lagunas previsionales que afecten su futura pensión o la continuidad de su cobertura de salud.
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