El autodespido o despido indirecto es un mecanismo legal que permite al trabajador poner término a su contrato de trabajo cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones. Uno de los casos más comunes en que puede ejercerse el autodespido, es el no pago de las cotizaciones previsionales: AFP, salud, seguro de cesantía o mutual. Si ese es tu caso, puedes salir del trabajo con derecho a todas tus indemnizaciones. No es necesario renunciar ni esperar que te despidan.

¿Qué es el Autodespido por No Pago de Cotizaciones?

El autodespido por no pago de cotizaciones te permite poner término a tu contrato de trabajo e irte con todas tus indemnizaciones de aquel. Puedes contar con nuestro apoyo para autodespedirte por no pago de tus imposiciones.

Fundamento Legal del Autodespido

El Código del Trabajo te protege. El Artículo 160 N°7 en relación al 171 del Código del Trabajo, permite dar término al contrato cuando el empleador incurre en un “incumplimiento grave de sus obligaciones”. Y no pagar cotizaciones es exactamente eso, cuando el incumplimiento es reiterado en el tiempo.

Requisitos para el Autodespido por Cotizaciones Impagas

Aquí te los detallo, paso a paso:

  • Cotizaciones impagas en meses suficientes como para convencer a un juez que existe un incumplimiento grave al contrato.
  • Relación laboral vigente.
  • Carta de autodespido enviada por correo certificado. Esta carta normalmente la redactamos nosotros como abogado.
  • Demanda en el Juzgado del Trabajo dentro de los 60 días hábiles desde el envío de la carta de autodespido. Junto con el despido indirecto puedes demandar por la ley bustos.

Para acreditar la deuda previsional debes sacar y enviarnos un certificado de cotizaciones de afp, de fonasa o isapre y de afc. Con ello evaluamos tu autodespido, y, de proceder, lo ejecutamos.

¿Cómo Hacer una Carta de Autodespido?

Es clave que la carta:

  • Sea clara.
  • Indica la causalidad jurídica.
  • Especifique la deuda de cotizaciones.
  • Se envíe por carta certificada de autodespido por no pago de cotizaciones al empleador, al domicilio que indica el contrato y con copia a la Inspección del Trabajo.

Plantilla de Carta Básica:

[Ciudad], [Fecha]

Señor/a [nombre empleador]

Presente:

Por medio de la presente, vengo a informar que he decidido dar por terminado mi contrato de trabajo, conforme al Artículo 160 N°7 letra a) del Código del Trabajo, en relación al artículo 171 del mismo cuerpo legal, por incumplimiento grave de sus obligaciones, específicamente, el no pago de cotizaciones previsionales.

El detalle según institución y periodo de cotizaciones adeudadas, es el siguiente: XXXXX.

Dado todo lo anterior incumpliendo usted como mi empleador sus obligaciones básicas emanadas del contrato de trabajo, me autodespido, a partir de esta fecha.

Saluda atentamente,

[Nombre y RUT]

Consejo: Como abogado laboral no te recomiendo que nunca redactes sólo tu carta de autodespido. Un autodespido conlleva demandar y una mala carta puede traer consigo que pierdas el juicio de autodespido. Siempre deja en nuestras manos la ejecución del autodespido, desde el análisis de su procedencia hasta el envío de la carta de autodespido y la tramitación del juicio.

¿Cuántos Meses Deben Estar Impagas las Cotizaciones?

Para el autodespido por deuda de cotizaciones, sólo necesitas tener una deuda suficiente según la extensión de la relación laboral como para convencer al juez de que existe un incumplimiento grave al contrato de trabajo. Esto se evalúa caso a caso según los periodos impagos de cotizaciones y la extensión de la relación laboral. Te guiamos paso a paso.

La Ley Bustos y la Nulidad del Despido

La Ley N.º 19.631, más conocida como Ley Bustos, fue publicada en el Diario Oficial el 28 de septiembre de 1999. Esta ley obliga al empleador que desee despedir a un trabajador a pagar todas las cotizaciones previsionales adeudadas antes de concretar el despido.

Según Ricardo Donoso, CEO de Defensa del Trabajo Abogados Laborales: “Muchos trabajadores desconocen el alcance de la Ley Bustos. La nulidad del despido significa que el trabajador sigue teniendo derecho a su sueldo e imposiciones, como si aún estuviera en funciones.”

¿Cómo Afecta la Ley Bustos al Empleador?

Para que un despido tenga validez legal, el empleador debe acreditar el pago de cotizaciones previsionales mediante un certificado emitido por las instituciones correspondientes:

  • Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
  • Isapre o Fonasa.
  • Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Si el empleador no cumple con esta obligación, el despido será nulo, y la empresa deberá seguir pagando el sueldo y las prestaciones del trabajador hasta regularizar la situación.

Causales de Término de Contrato en las que se Aplica la Ley Bustos

La sanción de nulidad del despido puede aplicarse en los siguientes casos:

  • Artículo 159 (N.º 4 al 6): Expiración del contrato, caso fortuito u otras causas legales.
  • Artículo 160: Despidos atribuibles a faltas del trabajador, como incumplimientos graves, negligencia o faltas de probidad.
  • Artículo 161: Despidos por necesidades de la empresa o desahucio.

Excepción: La Ley Bustos no se aplica en casos donde el contrato termine por renuncia voluntaria del trabajador o por mutuo acuerdo entre las partes.

¿Qué Hacer si Fui Despedido y Mi Empleador No Pagó Mis Cotizaciones?

Si el empleador no ha acreditado el pago de las cotizaciones previsionales al momento del despido, el trabajador debe:

  1. Presentar una denuncia en la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio del empleador.
  2. Si la situación no se resuelve, puede demandar la nulidad del despido en los tribunales laborales.

Obligaciones del Empleador Ante la Ley Bustos

Cuando un empleador no ha pagado las cotizaciones previsionales al momento del despido, tiene la obligación de:

  • Seguir pagando el sueldo y demás prestaciones del trabajador hasta que regularice el pago de las cotizaciones adeudadas.
  • Incluir en la carta de despido la acreditación del pago de las cotizaciones.

Excepción: Si la deuda previsional es menor al 10% del total adeudado o inferior a dos UTM, y se salda en un plazo máximo de 15 días hábiles, el despido podrá considerarse válido.

El Rol del Empleador y el Pago de Cotizaciones

Como empresa, es fundamental entender la importancia del pago de cotizaciones. Esta es una parte esencial de la seguridad social de nuestros trabajadores, ya que les permite acceder a una serie de prestaciones y servicios en caso de necesidad. Además, cumplir con este pago es una responsabilidad legal que tenemos como empleadores.

Uno de los efectos más graves es la pérdida de acceso a las prestaciones del sistema público, como la salud y las previsionales. La pérdida de acceso a sus derechos puede tener un impacto negativo en la calidad de vida y satisfacción laboral del personal.

Preguntas Frecuentes

¿Debo pasar por la Inspección del Trabajo?
No. Puedes demandar directo al juzgado. La Inspección del trabajo no es competente para resolver un autodespido. No son jueces, no pueden juzgar.
¿Qué pasa si me deben sueldos también?
Mejor aún. Puedes sumar ambas deudas en tu demanda de autodespido por cotizaciones impagas.
¿Y si el empleador paga después de la carta?
No importa. El incumplimiento ya ocurrió. Puedes seguir adelante.

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