El despido injustificado es una de las problemáticas más frecuentes en el mundo laboral. En Chile, este tipo de despido afecta a muchos trabajadores que, en ocasiones, desconocen sus derechos y las acciones legales que pueden tomar.
El trabajador cuyo contrato termine por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161, y que considere que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente, o que no se haya invocado ninguna causal legal, podrá recurrir al juzgado competente, dentro del plazo de sesenta días hábiles, contado desde la separación, a fin de que éste así lo declare.
Pero, ¿qué se considera un despido injustificado? ¿Cómo puede ayudarte un abogado laboral en caso de enfrentar esta situación? A continuación, explicamos los aspectos clave sobre el despido injustificado y cómo proceder ante esta situación.
1. ¿Qué dice el Código del Trabajo sobre el Despido Injustificado?
El Código del Trabajo en Chile establece normas específicas para regular las relaciones laborales y proteger a los trabajadores de despidos arbitrarios. Un despido es considerado injustificado cuando el empleador no cumple con las condiciones establecidas por la ley para terminar el contrato laboral.
Si un trabajador es despedido sin una causal válida o sin cumplir las formalidades necesarias, tiene derecho a presentar una demanda por despido injustificado en los tribunales laborales.
Es importante tener en cuenta que el Artículo 168 del Código del Trabajo es el único que da nombre a las diferentes causales de terminación del contrato de trabajo.
2. ¿Cómo actuar ante un despido injustificado?
Si enfrentas un despido injustificado, es fundamental buscar asesoría legal lo antes posible.
Primero que todo, revisa este artículo sobre qué pasos seguir si crees haber sido víctima de despido injustificado. También puedes revisar este en detalle sobre cómo demandar por despido injustificado.
- Tienes que estar despedido. Es el presupuesto básico para demandar Despido Injustificado.
- No firmes finiquito.
- Obtén tus documentos básicos.
- Necesitarás un Abogado Laboral. Estamos acá para ayudarte si lo deseas. Solo contáctanos por cualquiera de los medios disponibles en nuestra página web.
- Esto te lo dirá tu abogado, pero si el total de tu caso (sin contar los recargos) equivale a menos de 15 IMRM (cerca de $6.000.000), se debe presentar un reclamo en la inspección del trabajo antes de demandar.
- Hecho lo anterior, tu Abogado debe redactar Demanda de Despido Injustificado y presentarla dentro de plazo.
El juicio por despido injustificado se compone de dos audiencias: preparatoria y de juicio.
3. Indemnización por Despido Injustificado
Cuando un trabajador es despedido de manera injustificada, tiene derecho a recibir diversas indemnizaciones según lo estipulado en el Código del Trabajo:
- Indemnización sustitutiva de aviso previo: Si el empleador no avisa con anticipación el despido, debe pagar una compensación equivalente a un mes de sueldo. Debe comunicarlo por escrito al trabajador, personalmente o por carta certificada enviada al domicilio señalado en su contrato de trabajo, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, con una anticipación de 30 días, a lo menos, si la causal invocada son las necesidades de la empresa o el desahucio, salvo que pague la indemnización sustitutiva del aviso previo.
- Indemnización por años de servicio: Corresponde a un mes de remuneración por cada año trabajado, con un límite de 11 años. Indemnización por Año de Servicios, es decir, otro mes de tu remuneración por cada año de antigüedad o fracción superior a 6 meses que hayas trabajado para tu empleador (siempre y cuando haya al menos un año).
- Recargo sobre la indemnización: Si el despido es declarado injustificado en tribunales, el trabajador puede recibir un recargo del 30% hasta el 100% sobre su indemnización por años de servicio. La sanción que decretará el juez, como señalamos anteriormente, es un recargo que se calcula en base a la indemnización por año de servicio, por lo que si no tienes un año de antigüedad, no sacarás nada con demandar (Salvo, que te hayan descontado el aporte del empleador a la AFC, pues podrías pedir la devolución de ese dinero o si tenias un contrato por obra o faena o a plazo fijo donde se demanda el lucro cesante).
Un recargo, que puede ser del 30%, 50%, 80% o 100% de tu indemnización por años de servicio, más toda prestación laboral pendiente (sueldos, bonos, vacaciones proporcionales, etc).
Recargo (La Sanción): La sanción es un recargo del 30% al 100% de la indemnización por año de servicio. Qué porcentaje depende de la causal que fue declarada injustificada.
Ahora bien el monto del recargo legal, no puede ser determinado en base a la indemnización por años de servicio decretada, por cuanto, el pacto de indemnización convencional por años de servicio se refiere únicamente a ese tipo de indemnización, no pudiendo extenderse a la determinación del recargo legal señalado en el artículo 168 del Código del Trabajo, pues las partes nada dijeron sobre aquello, quedando su determinación entonces a los parámetros establecidos en la ley para dichos efectos, no siendo factible extender la autonomía de la voluntad de las partes a una sanción contenida en la ley, como lo pretende la parte demandante.
4. Plazo para Demandar por Despido Injustificado
El trabajador tiene un plazo de 60 días desde su despido para presentar una demanda por despido injustificado. Es crucial actuar con rapidez, ya que una vez vencido este plazo, no será posible reclamar. Son 60 días hábiles desde la fecha del último día de trabajo del trabajador.
Este plazo se suspenderá cuando, dentro de éste, el trabajador interponga un reclamo por la causal aplicada ante la Inspección del Trabajo respectiva. El plazo contemplado en el inciso primero se suspenderá cuando, dentro de éste, el trabajador interponga un reclamo por cualquiera de las causales indicadas, ante la Inspección del Trabajo respectiva.
Dicho plazo seguirá corriendo una vez concluido este trámite ante dicha Inspección. Así, si llevabas 5 días de despedido y al día 6 fuiste a la inspección y te citaron para el día 25, sólo volvería a contarse los días desde el día 26.
5. ¿Se puede reclamar despido injustificado por “necesidades de la empresa”?
Sí. Aunque el empleador justifique el despido por necesidades de la empresa, el trabajador puede demandar alegando que la causal fue aplicada de manera errónea o sin fundamentos.
El Artículo 168 del Código del Trabajo establece que el trabajador puede impugnar el despido si considera que la causal no se ajusta a la realidad de su situación laboral.
Estadísticamente, los trabajadores ganan 9 de 10 demandas por Despido Injustificado por Necesidades de la Empresa. Así lo constató un estudio de Observatorio Judicial.
6. Importancia de la Carta de Despido
Un despido injustificado puede ser declarado como tal tanto por argumentos de fondo como por argumentos de forma. Es decir, incluso si la causal de despido es correcta, si la carta de despido no cumple con las formalidades exigidas por la ley, el despido puede ser anulado.
La Carta de aviso de despido tiene vital importancia. Es sumamente importante que sea detallada. Qué tanto detalle dependerá de la causal invocada. Esto es importante tanto para empleador (para su eventual defensa) como para el trabajador (para identificar si las circunstancias descritas son para demandar o no). Una Carta mal hecha, es un caso ganado.
Ej: Si la empresa toma la decisión de desvincular un trabajador por un incumplimiento grave, deberá argumentar porque es «grave» y por qué hace imposible continuar con la relación laboral, pues existe jurisprudencia que declara despido injustificado cuando la misiva es poco clara, escueta o no justifica adecuadamente su decisión.
El incumplimiento de los requisitos legales en la carta de despido aumenta significativamente las probabilidades de que el empleador pierda el juicio.
Es importante que si crees que te despidieron de forma injustificada, seas sumamente cuidadoso a la hora de firmar el finiquito de trabajo. Lo importante, es que esta reserva debe ser especifica, no genérica, sino muy especifica, indicando que no estás de acuerdo con la causal invocada y cualquier otro ítem con el que no estés de acuerdo.
La gran mayoría suelen ser juicios fáciles de ganar debido a defectos en la redacción de la carta, principalmente. Estos juicios suelen ganarse sin muchas dificultades, pues la carga de la prueba de la causal es del empleador, no del trabajador.
7. Despido Injustificado, Indebido e Improcedente: Precisiones
Para efectos del ejercicio de la acción contemplada en el artículo 168 del Código del Trabajo, no es relevante diferenciar entre despido injustificado, indebido o improcedente, por cuanto la jurisprudencia ha optado por englobar estas situaciones bajo el concepto genérico de "despido injustificado". Esta simplificación se justifica porque la ley no exige tal distinción al presentar la acción y hacerlo carecería de relevancia práctica y jurídica.
Sin embargo, es útil conocer las diferencias:
- El despido indebido es aquel donde se aplicó mal las causales del art. 160 del Código del Trabajo.
- El despido improcedente, es aquel donde se aplicaron mal las causales del 161 del Código del Trabajo (necesidades de la empresa y desahucio).
- El despido injustificado, es aquel donde se aplicaron mal las causales del art.
8. Descuento de AFC
Los empleadores cuando te despiden por necesidades de la empresa, tienen un beneficio que dice relación con descontar el aporte que hayan hecho a tu fondo de cesantía. ¿Corresponde el descuento de AFC?
Nuestra jurisprudencia a través del recurso de unificación de jurisprudencia ha sido vacilante al respecto. Primero dijo que si, luego que no, luego cerca del año 2018 dijo nuevamente que si se podía descontar. Luego el 2021 volvió a decir que si, por lo tanto y el 2023, volvió a decir que no.
9. Tribunales Competentes
En los juzgados de letras del trabajo a lo largo de todo Chile.
Puedes interponer un reclamo inicial en la Inspección del Trabajo. Sin embargo, ellos no deciden y solo intentarán ver si pueden mediar un acuerdo entre tu y tu empleador, que en la práctica, casi no ocurre.
TAG: #Despido

