El despido por falta de probidad es una causal de terminación de contrato que se aplica cuando un trabajador comete una falta grave que afecta la confianza y la integridad en la relación laboral. Esta causal se encuentra regulada en el artículo 160 del Código del Trabajo de Chile y es considerada una de las más severas.
Se basa en comportamientos que van en contra de los principios fundamentales de honestidad y buena fe que deben regir cualquier relación laboral. Una falta de probidad incluye actos como robos, fraudes, engaños, mentiras o cualquier comportamiento que genere una ruptura irreparable en la confianza entre empleador y empleado.
¿Qué es la Falta de Probidad en el Ámbito Laboral?
La falta de probidad es un concepto laboral que engloba conductas graves de deshonestidad, abuso de confianza o actos contrarios a la ética que dañan la relación entre empleador y trabajador. Es una causal de despido que aparece en el artículo 160 del Código del Trabajo chileno, utilizada principalmente para justificar desvinculaciones inmediatas y sin indemnización.
Estas causales del artículo 160 a diferencia del despido por el artículo 161, son sin indemnización. En términos legales, la falta de probidad se refiere a cualquier conducta que infrinja los principios de honestidad, ética y buena fe. Es un término amplio que abarca comportamientos como:
- Robo o hurto de bienes de la empresa o de compañeros de trabajo.
- Fraude o falsificación de documentos, registros contables o reportes internos.
- Utilización indebida de recursos de la empresa para fines personales.
- Mentir o engañar deliberadamente al empleador con la intención de obtener un beneficio injusto.
- Apropiarse de información confidencial o hacer mal uso de ella para un propósito personal.
Estos actos son considerados graves y justifican un despido sin derecho a indemnización. Se produce una ruptura irreparable en la confianza entre el trabajador y el empleador.
Por ejemplo, un empleado que roba bienes de la empresa o falsifica información para obtener un beneficio puede ser acusado de falta de probidad. Sin embargo, no toda acción deshonesta necesariamente califica como tal; es fundamental analizar cada caso según su gravedad y contexto.
La probidad, siguiendo al Léxico importa honradez y ésta rectitud, la que, a su tiempo, para el caso en estudio, es la "recta razón o conocimiento práctico de lo que debemos hacer o decir".
Ejemplos Comunes de Falta de Probidad Laboral
A continuación, algunos ejemplos comunes que suelen justificar esta causal:
- Robo de bienes o dinero: Por ejemplo, sustraer materiales o realizar fraudes contables.
- Falsificación de documentos: Manipular contratos, registros u otras evidencias laborales.
- Uso indebido de recursos empresariales: Aprovechar maquinaria, vehículos o información confidencial para fines personales.
- Sabotaje o daño intencional: Acciones que afecten negativamente la operación o reputación de la empresa.
La jurisprudencia ha indicado que ante la falta de una conceptualización legal del término “falta de probidad”, ha de entenderse en su sentido natural y obvio como sinónimo de falta de integridad y honradez.
Sin embargo autores como Raúl Fernández Toledo, han entendido la falta de probidad como "la conducta observada por el trabajador dependiente que provoca la transgresión de alguna obligación o prohibición consignada previamente en el contrato individual de trabajo, en el reglamento interno, en el reglamento de higiene y seguridad en el trabajo, en el instrumento colectivo de trabajo o en las normas laborales vigentes emanadas del Estado, sea con la intención de infringir o con mera negligencia."
A su vez, la Dirección del Trabajo ha entendido dicha disposición en el sentido de que: "la probidad es la honradez, integridad y rectitud en el actuar, por lo que la falta de probidad sería la ausencia de honradez, integridad o rectitud en el proceder de un trabajador en el desempeño de las funciones convenidas en el contrato."
En ese orden de ideas, se tiene presente que la conducta realizada por el actor debe implicar una contravención a las obligaciones impuestas por el contrato o por nuestra legislación, con una gravedad mayor que al mero incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato, dado que si fueran equiparables implicaría la reiteración de una misma situación. A su vez, otro elemento a destacar, expuesto en la definición dada por la Dirección el Trabajo, radica en que dicha falta de probidad debe darse en el desempeño o con relación a las funciones convenidas en el contrato, ante lo cual no cualquier falta de probidad puede dar curso a la aplicación de la causal aducida.
La falta de probidad como causal de caducidad se refiere a los atentados contra el deber de fidelidad, quedando comprendida en ella la deslealtad y el abuso de confianza.
Tal prerrogativa, evidentemente, aparece concebida dentro del especial nexo habido entre las partes, esto es, la prestación de servicios personales, bajo vínculo de subordinación o dependencia, a cambio de una remuneración, relación contractual en la que uno de los sujetos resulta, en mayor o menor medida, supeditado al otro, es el contratante débil al cual la ley se ha preocupado de proteger mediante toda una reglamentación contenida en el Código de la especialidad.
El contrato de trabajo se encuentra también marcado por su contenido ético, es decir, por el imperio de ciertos principios que las partes deben respetar, entre ellos, el deber de fidelidad y lealtad a que ambas se encuentran obligadas, atendidas, entre otras, las circunstancias de alta competitividad en el que se desarrollan en el mundo moderno las actividades empresariales.
Las relaciones laborales han de desenvolverse en un clima de confianza, el que se genera en la medida que las partes cumplan con sus obligaciones en la forma estipulada, fundamentalmente, de buena fe. Es por este motivo que, ante ciertas conductas del trabajador, graves y debidamente comprobadas, el legislador laboral autoriza al empleador a poner término a la vinculación, sancionando al trabajador con la pérdida de las indemnizaciones que, en otro evento, le habrían correspondido.
Dicha honradez en el actuar exigida al dependiente, la ley laboral la ha establecido sin mayores calificativos, es decir, basta que concurra -y haya sido acreditada- para que dé lugar a la sanción más arriba mencionada. No se requiere la convergencia o reunión de más antecedentes, sin perjuicio de la facultad de apreciación de la prueba rendida, actividad que se ubica entre las atribuciones privativas de los jueces del grado.
Requisitos para que un Despido por Falta de Probidad Sea Justificado
Para que esta causal de despido sea procedente, el empleador debe cumplir con ciertas exigencias legales:
- Debe existir una falta de probidad del trabajador. Por cierto, debe ser probada.
- Debe ser grave.
- La falta de probidad debe ser en el desempeño de las funciones del trabajador. No se castiga en consecuencia cualquier falta de probidad, sino sólo cuando aquella ocurre en el desempeño de las funciones del trabajador.
- Si la falta de probidad del trabajador no ocurre en el desempeño de las funciones, no es procedente la causal.
Para que un despido por falta de probidad sea válido, el empleador debe cumplir con ciertos requisitos legales. Estos son esenciales para asegurar que el despido se realice de manera justa y legal:
- Pruebas claras y documentadas: El empleador debe tener pruebas contundentes de que el trabajador incurrió en una falta de probidad. Estas pruebas pueden incluir videos de seguridad, testigos presenciales o documentos alterados.
- Carta de despido detallada: La carta de despido debe contener un relato claro y detallado de los hechos, indicando la fecha, la hora y la descripción de la falta cometida.
- Cumplimiento del debido proceso: El empleador debe respetar los derechos del trabajador y darle la oportunidad de defenderse o presentar sus descargos antes de aplicar la causal de despido.
- Oportunidad en la aplicación de la causal: El despido debe efectuarse en un tiempo razonable después de que el empleador tenga conocimiento de la falta.
¿Qué Pasa si el Empleador No Cumple Estos Requisitos?
En ese caso, el despido puede ser impugnado por el trabajador como injustificado, lo que abre la puerta a reclamos de indemnización por parte del trabajador. No cualquier falta de probidad puede dar lugar a un despido por falta de probidad que sea justificado. La falta de probidad debe reunir los requisitos antes nombrados.
¿En Qué le Perjudica a un Trabajador Ser Despedido por Falta de Probidad?
Un despido basado en esta causal tiene consecuencias significativas para el trabajador:
- Pérdida de indemnización: Generalmente, el empleado pierde su derecho a indemnizaciones por años de servicio y aviso previo.
- Impacto en la reputación: Este tipo de despido puede afectar futuras oportunidades laborales, especialmente si el ex empleador difunde información del caso. Nadie quiere contratar a un trabajador despedido por falta de probidad.
- Carga emocional y estrés: Muchos trabajadores enfrentan angustia al sentir que han sido tratados injustamente.
Consecuencias para el trabajador despedido: El despido por falta de probidad es una medida severa y tiene consecuencias económicas y profesionales para el trabajador. Al ser una causal que no da derecho a indemnización, el trabajador no recibirá compensación por años de servicio ni indemnización sustitutiva de aviso previo. Además, puede perjudicar la reputación profesional del trabajador, afectando sus futuras oportunidades laborales.
¿Qué Indemnización se Paga en el Despido por Falta de Probidad?
En principio, un despido por esta causal no incluye pago de indemnizaciones. Sin embargo, hay circunstancias donde el trabajador podría recibir compensaciones, como:
- Despido injustificado: Si se demanda por el trabajador por despido injustificado y empleador no logra demostrar que había fundamentos para aplicar esta causal, el empleador puede ser obligado a pagar indemnizaciones completas.
¿Se Puede Lograr Obtener Indemnizaciones en el Despido por Falta de Probidad?
¡Sí! Aunque esta causal suele eximir al empleador de pagos, puedes recuperar indemnizaciones si se demanda y en juicio el empleador no logra acreditar al juez la falta de probidad que invoca en la carta de despido, o acreditando aquella, esta no cumple los requisitos legales. Estos son los pasos clave:
- Revisión de la carta de despido: Identificar si contiene errores formales o argumentos inconsistentes.
- Análisis de pruebas: Comprobar si las evidencias presentadas por el empleador son válidas y suficientes.
- Demanda judicial: Si los argumentos del empleador son débiles, puedes demandar por despido injustificado y exigir indemnización por años de servicio, aviso previo e incluso compensación por daño moral.
Acciones Legales y Asesoría Ante Despido por Probidad
Si enfrentas un despido por esta causal, actúa rápidamente:
- Contacta a un abogado laboral: La asesoría legal es crucial desde el primer momento.
- Presenta una denuncia formal en la Dirección del Trabajo: Esto te ayuda a documentar tu caso y exigir que el empleador cumpla con la ley.
- Prepárate para un proceso judicial: Reúne pruebas, identifica testigos y mantén registros de todas las comunicaciones con tu empleador.
Si el trabajador considera que no existen fundamentos suficientes para el despido, debe actuar rápidamente para impugnarlo.
¿Qué Hacer si te Despiden por Falta de Probidad?
Si te despiden por falta de probidad y consideras que no es justificado o que el empleador no ha cumplido con los requisitos legales, puedes tomar las siguientes acciones:
- Revisa la carta de despido: Verifica que contenga un relato detallado de los hechos y que la causal invocada esté claramente establecida.
- Solicita pruebas: Pide al empleador las pruebas que fundamentan la causal de despido.
- Presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo: Si crees que el despido es injustificado, presenta un reclamo para buscar una mediación.
- Busca asesoría legal: Consulta con un abogado especializado en derecho laboral para evaluar la viabilidad de presentar una demanda por despido injustificado.
Recuerde, si no escribe una reserva de derechos, que nosotros se la enviamos al analizar su caso, no puede demandar, en un 80% de las veces.
Preguntas Frecuentes Sobre la Falta de Probidad Laboral
- ¿Qué se considera una falta de probidad?
Cualquier acto de deshonestidad, engaño o abuso de confianza que afecte la relación laboral, como robo, fraude o uso indebido de recursos de la empresa.
- ¿Es legal despedir a un trabajador sin indemnización por falta de probidad?
Sí, si el trabajador incurre en falta de probidad, el empleador puede despedirlo sin pagar indemnización por años de servicio, siempre que existan pruebas claras y se cumplan los requisitos legales.
- ¿Qué hacer si me despiden por falta de probidad y no estoy de acuerdo?
Revisa la carta de despido, solicita las pruebas y busca asesoría legal para impugnar el despido si consideras que fue aplicado de manera injusta.
- ¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la causal de mi despido?
Puedes presentar un reclamo formal ante los tribunales laborales o la Dirección del Trabajo. Si no hay pruebas suficientes, el despido será considerado injustificado.
- ¿Qué tipo de pruebas necesita el empleador para justificar esta causal?
Debe presentar evidencia clara, como grabaciones, correos electrónicos o testimonios, que demuestren la falta de probidad de manera contundente.
- ¿Puedo recibir indemnización si el despido es injustificado?
Sí, puedes reclamar indemnización por años de servicio, aviso previo e incluso compensación adicional si se afecta tu reputación.
- ¿Qué pasa si me piden renunciar o me amenazan con despedirme por falta de probidad?
En este caso debes previo a renunciar o llegar a un mutuo acuerdo asesorarte con un, contar la situación y ver que te conviene. Muchas veces si el empleador pide renunciar o mutuo acuerdo bajo amenaza de despedir sin indemnización es porqué no tiene todas las herramientas para probar lo que invoca o pretende invocar.
En el primer caso, si el despido es por necesidades de la empresa, se deberá pagar una indemnización al trabajador; si es por otra causal, no hay derecho a indemnización, salvo que un juez declare que el despido fue injustificado.
Autodespido
Ahora bien, en el Código del Trabajo, existe una figura mediante la cual, si el trabajador decide poner término a su contrato de trabajo, puede tener derecho a las indemnizaciones legales. Esta figura está regulada en la ley porque muchas veces el empleador realiza determinados actos que afectan gravemente al trabajador y éste, porque necesita el trabajo, no tiene todas las herramientas para defenderse.
- Debe existir un contrato vigente. No se puede alegar el autodespido si fui despedido y firmé el finiquito.
- Que el trabajador desee terminar su relación laboral.
- Se tiene que dar alguna causal de la ley para pedir el autodespido.
¿Cuáles son estas causales?
- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos. Es decir, conductas que ponen en peligro la seguridad del establecimiento o derechamente la de los trabajadores.
- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
- Lo primero es redactar una carta al empleador señalando que se autodespidió.
- Enviar la carta dentro de los 3 días siguientes al empleador y a la inspección del trabajo.
- Si el trabajador no logra acreditar en el juicio que se dieron las causales que señaló en la carta de autodespido, se entiende que el contrato terminó por renuncia y no habrá indemnización alguna.
¿Cuál es el procedimiento para poner término a la relación laboral con derecho a indemnización cuando es el empleador quien incurre en algunas de las causales de término imputable a su conducta?
El trabajador para auto-despedirse, deberá comunicarlo por escrito al empleador, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, indicando las causales y los hechos en que se basa. El trabajador tiene un plazo de 60 días hábiles desde la terminación de los servicios para demandar ante los tribunales de justicia.
- Incumplimiento grave de las obligaciones del empleador.
Cuando el trabajador pone término a su contrato de trabajo mediante la figura del despido indirecto o autodespido, regulado en el artículo 171 del Código del Trabajo y obtiene sentencia favorable, tiene derecho a percibir la indemnización sustitutiva de aviso previo y la indemnización por años de servicio, en caso de corresponder. Para estos efectos el trabajador debe comunicar por escrito a su empleador el término del contrato, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, indicando la o las causales legales que se invocan y los hechos en que se funda el término del contrato. Luego, el trabajador debe interponer una demanda por despido indirecto ante los Tribunales de Justicia, dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la terminación de los servicios.
- Las del artículo 160 N° 1, esto es, falta de probidad, conductas de acoso sexual, vías de hecho, injurias, conducta inmoral que afecte a la empresa donde se desempeña, conductas de acoso laboral.
- Las del artículo 160 N° 5, esto es, actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.
- Las del artículo 160 N° 7, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
¿Qué debe entenderse por falta de probidad para los efectos de poner término al contrato?
La legislación laboral no define “falta de probidad”, pero se puede decir que es la falta de honradez, integridad y rectitud en el actuar del trabajador en el desempeño de sus funciones. De conformidad con lo previsto en el artículo 160 N° 1 letra a) del Código del Trabajo, el contrato puede terminar, sin derecho a indemnización, por falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.
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