Es probable que la indemnización laboral sea un tema evitado por muchos debido a su inevitable asociación con el fin de una relación de trabajo. Sin embargo, tanto empleadores como colaboradores, tienen la responsabilidad de conocer aquellos elementos que involucran el otorgamiento de una compensación y las variables que influyen en su cálculo. En esta guía, exploraremos los tipos de indemnización laboral que existen en Chile y cómo calcular el monto económico según cada caso.

¿Qué es una Indemnización Laboral?

De acuerdo a lo que se especifica en la normativa vigente, cuando un trabajador es desvinculado de sus funciones, podrá acceder a una indemnización laboral en dinero si cumple ciertos requisitos. Esto quiere decir que, si el dependiente renuncia o es finiquitado por causales imputables al colaborador (faltas a la probidad, comportamiento imprudente, abandono de sus labores, entre otras), el empleador no estará obligado a entregar una indemnización, más allá de las vacaciones proporcionales que se generasen.

En el caso de ser invocada alguna de las causales pertenecientes al art. 161 del Código del Trabajo, los colaboradores podrán recibir una o más indemnizaciones económicas. Esto dependerá de la antigüedad como tiempo de aviso previo del despido.

Tipos de Indemnización Laboral en Chile

1. Indemnización por Años de Servicio

Al momento de cumplir un año de antigüedad en la empresa, los colaboradores que sean finiquitados por Necesidades de la Empresa tendrán el derecho a recibir una indemnización laboral equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio. Este monto tiene un tope de 11 años, por lo que aquellos trabajadores que lleven más años no verán aumentada esta cantidad.

En el ejemplo práctico, si el último mes trabajado íntegramente, un colaborador recibió un sueldo de $500.00 y lleva 3 años en la empresa, la indemnización laboral corresponderá a $1.500.000. Por el contrario, si su antigüedad aumenta a 20 años, se multiplicará este mismo salario de ejemplo por 11 años, quedando en $5.500.000.

2. Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo

Este tipo de compensación se materializa cuando el empleador no ha comunicado el término del contrato de un trabajador en un plazo mínimo de 30 días. Aunque las razones detrás de esta situación puedan ser variadas, lo importante es saber que al no cumplir con el plazo estipulado, el colaborador recibirá como indemnización un monto equivalente a su último sueldo.

Esto quiere decir que, si su último sueldo fue de $500.000, la compensación laboral será de $500.000 y podrá sumarse a la indemnización por años de servicio ya mencionada.

3. Indemnización por Vacaciones Proporcionales

Tal como se ha establecido ante la ley, todos los trabajadores contratados con más de un año de antigüedad, tienen derecho a 15 días de vacaciones. Esto quiere decir que por cada mes trabajado, se generará un 0,8 día de descanso. Entonces, un colaborador finiquitado que trabajó por un año y 8 meses, tendrá un total de 23 días feriados.

Si durante ese tiempo se tomó 5 días de vacaciones, el cálculo final en su cuenta será de 18 días. Ahora, el monto de la indemnización laboral se obtendrá de la multiplicación de feriados por la treintava parte del sueldo. O sea, $550.000 divido 30 es $16.666 que, multiplicado por 18 nos entrega un total de $299.998.

Otros Aspectos Relevantes

  • Remuneraciones Variables: Si las remuneraciones son variables, la indemnización se calcula sobre el promedio de lo percibido por el trabajador en los últimos tres meses calendario.
  • Conceptos Incluidos: Asignaciones de movilización y colación si se perciben regularmente.
  • Conceptos Excluidos: Asignación familiar legal, pagos por sobretiempo (horas extraordinarias), y beneficios o asignaciones otorgadas de forma esporádica o una sola vez al año (como gratificaciones anuales y aguinaldos de navidad).

Consideraciones Adicionales

  1. Las partes pueden convenir individual o colectivamente una indemnización por años de servicio superior al mínimo legal.
  2. Las indemnizaciones se reajustarán conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre el mes anterior al término del contrato y el mes anterior al pago.
  3. El empleador debe pagar las indemnizaciones en un solo acto al momento de extender el finiquito. Sin embargo, las partes pueden acordar el fraccionamiento del pago en cuotas, siempre que el pacto sea ratificado ante la Inspección del Trabajo y consigne intereses y reajustes. El incumplimiento del pacto hace exigible la totalidad de la deuda.
  4. Las acciones para reclamar el pago de indemnizaciones prescriben en seis meses contados desde la terminación de los servicios.

Plazo para Reclamar Despido Injustificado

El plazo para reclamar el despido injustificado es de 60 días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos). Este período se suspende mientras se tramita la etapa administrativa en la Inspección del Trabajo y no puede superar los 90 días hábiles desde el despido.

Indemnización por Daños y Perjuicios

La compensación por daños y perjuicios corresponde a la acción que puede ser solicitada, ya sea el acreedor del contrato o la víctima del daño, para exigir al deudor o causante que repare su patrimonio por aquellos daños que haya sufrido. El daño se refiere a aquel daño causado directamente por el incumplimiento del contrato o acto ilícito de una persona. La pérdida de ganancia se refiere a aquel daño producido en el ámbito laboral de la persona afectada, es decir, derivado de la incapacidad temporal o permanente para trabajar. Finalmente, el daño moral corresponde al daño psicológico y emocional que el daño ha causado a la persona afectada.

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