En las relaciones laborales, a veces ocurren situaciones que dan lugar a una denuncia laboral, especialmente cuando se produce el impago de salarios. Este artículo aborda los requisitos y consideraciones legales para presentar una demanda por impago de salarios, analizando la normativa laboral y tributaria pertinente.

Situaciones que pueden derivar en una denuncia laboral

Además del impago de salarios, existen otras situaciones en el ámbito laboral que pueden llevar a una denuncia:

  • La empresa puede pedir al empleado que firme las liquidaciones de sueldo, aun cuando no es obligatorio; sin embargo, esto no implica que el trabajador está de acuerdo con el monto recibido.
  • Denuncia por no pago de finiquito. El finiquito es un acuerdo firmado por el trabajador y la empresa que pone fin, legalmente, a su relación laboral.
  • Denuncia por acoso laboral. Los empleados que han sido objeto de acoso por parte de superiores o compañeros pueden presentar una denuncia por acoso laboral ante la Inspección de Trabajo, bajo la figura de vulneración de derechos.
  • Despido injustificado. Cuando un trabajador considera que la razón de la empresa para despedirle no es válida, tiene derecho a presentar una demanda por despido injustificado en un plazo de 60 días hábiles.

Embargo de Remuneraciones: Conflicto entre el Código del Trabajo y el Código Tributario

El fondo del juicio es saber qué norma prima en caso de embargo sobre las remuneraciones: el Código del Trabajo o el Código Tributario.

En concreto, el artículo 57 del Código del Trabajo señala que las remuneraciones de los trabajadores y las cotizaciones de seguridad social son inembargables, salvo en la parte que exceda de 56 UF (a mayo 2019 esto equivale a $1.554.702). La otra norma, es aquella contenida en el artículo 170 del Código Tributario e indica que el embargo podrá recaer en la parte de las remuneraciones que perciba el ejecutado (trabajador) que excedan las 5 UTM (a mayor 2019 ello es equivalente a $242.975).

Se desprende entonces que existe un conflicto de principios más que de reglas. Los principios son mandatos de optimización y se caracterizan por cumplirse en diferentes grados, y su cumplimiento no solo depende de las posibilidades reales sino que también jurídicas. Por el contrario, las reglas se cumplen o no, ante conflicto de normas una invalida a la otra.

Análisis de los Bienes Jurídicos Protegidos por Cada Norma

La sentencia analiza los bienes jurídicos que cada norma busca proteger. Así, en el ámbito laboral, la remuneración es algo más que la mera contraprestación en dinero y especies avaluables en dinero a que tiene derecho el trabajador producto de su contrato de trabajo, el empleado no es una mera mercancía, sino un aporte que realiza como persona a un colectivo llamado empresa. Los ministros de Corte, indican que uno de los principios del Derecho del Trabajo es el tuitivo o protector y expresa que, en caso de existir contradicción entre dos normas legales de la misma jerarquía, debe preferirse aquella que favorezca al trabajador. Además recuerda el fallo que, la norma laboral protege la remuneración del trabajador, no distinguiendo el agente respecto de quién puede originarse dicha amenaza, por lo que esta disposición no impide el embargo de remuneraciones de manera absoluta.

En el ámbito tributario, el fallo dice que las obligaciones tributarias tienen su fundamento en el incremento del patrimonio del deudor y en el principio de que el que recibe más, debe pagar más y contribuir a la redistribución de la riqueza por medio del pago de impuestos.

La sentencia tiene presente el artículo 276 de la Ley N° 20.720, que sustituye el Régimen concursal vigente que habla de la inembargabilidad de las remuneraciones en el sentido de que sólo puede embargarse hasta por 3 meses después de dictada la resolución de liquidación de los bienes de la persona deudora.

TAG: #Salario

Lea también: