El Ministerio del Trabajo y Previsión Social ha aprobado el nuevo reglamento “Sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales para un Entorno de Trabajo Seguro y Saludable”. Este reglamento contiene un ámbito de aplicación transversal respecto a la gestión preventiva de los riesgos laborales en los lugares de trabajo, estableciendo nuevas obligaciones para los empleadores, para la constitución de Comités Paritarios, entre varias otras.

De hecho, una de las modificaciones más relevantes es que deroga los Decretos Supremos N°40 y N°54, sobre prevención de riesgos profesionales y funcionamiento de CPHS, respectivamente. El Decreto n°44 comienza a regir en febrero 2025 y viene a integrar la gestión de la prevención de riesgos laborales en todos los niveles de la organización.

Implicaciones y Definiciones Pendientes

Estas nuevas definiciones van a generar cambios significativos en las organizaciones. Sin embargo, en el decreto se mencionan algunas definiciones técnicas e instrucciones que se deberán generar principalmente por la Superintendencia de Seguridad Social y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, las cuales determinan la gestión que deberá realizar la empresa y las asistencias técnicas que corresponden a los organismos administradores.

La normativa viene a regular o centralizar en un mismo cuerpo legal todos los requisitos en términos de gestión del riesgo. Además, hay incorporaciones que anteriormente no estaban normadas. El decreto aborda, por ejemplo, la identificación de peligro, los programas de trabajo en prevención, sistemas de gestión de SST, entre otros, conceptos que hasta hoy no estaban indicados explícitamente en la normativa general para las entidades empleadoras.

Principios de la Gestión Preventiva

El nuevo decreto establece como principios para la gestión preventiva, aquellos contenidos en la Política nacional de SST:

  • Enfoque en la gestión de los riesgos laborales y en la adaptación del trabajo a las personas, desde el diseño de los procesos, puestos de trabajo, entre otros.
  • Enfoque de género en la gestión de los riesgos laborales, considerando la exposición de manera diferenciada a los riesgos laborales según condiciones biológicas, sociales y desiguales.
  • Compromiso de los representantes y directivos de las entidades empleadoras y promoción de la participación permanente de trabajadores en la gestión de riesgos laborales.
  • Mejora continua de la gestión de los riesgos laborales.
  • Responsabilidad de la gestión de los riesgos laborales de las entidades empleadoras en su rol de empresa principal o usuaria y de los deberes de cuidado, colaboración y observancia de las personas trabajadoras respecto de la gestión preventiva empresarial.

Obligaciones del Empleador

Los artículos 184 y siguientes del Código del Trabajo, establecen que el empleador estará obligado a adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como los implementos necesarios para prevenir accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. En el mismo orden, el artículo 3° del D.S. Los recargos por incumplimiento de las medidas de prevención, en la cotización adicional que proceda, de acuerdo con lo dispuesto en el D.S.

Lista de Decretos y Leyes Mencionadas

Fecha Documento Descripción
27/07/2024 Decreto N° 44 de 2024, Ministerio del Trabajo y Previsión Social Aprueba nuevo reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable.
25/01/2022 Ley N° 21.409 de 2022, Ministerio de Salud Establece un descanso reparatorio para las trabajadoras y los trabajadores de la salud que indica, en reconocimiento a la labor desempeñada durante la pandemia por COVID-19.
22/05/2021 Decreto N° 1 de 2021, Ministerio del Trabajo y Previsión Social Aprueba reglamento conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 15 del Código del Trabajo, modificado por la Ley N° 21.271, determinando las actividades consideradas como trabajo peligroso, e incluye directrices destinadas a evitar este tipo de trabajo, dirigidas a los empleadores y establecimientos educacionales, de tal manera de proteger los derechos de las y los adolescentes con edad para trabajar.
29/04/2021 Decreto N° 15 de 2020, del Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública Aprueba Reglamento sobre Vacunación de Trabajadores y Trabajadoras recolectores de residuos sólidos domiciliarios.
09/02/2021 Decreto N° 57 de 2021, del Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública Aprueba el Reglamento de Clasificación, Etiquetado y Notificación se sustancias químicas y mezclas peligrosas.
21/10/2020 Ley N° 21.275 de 2020, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Modifica el Código del Trabajo, para exigir de las empresas pertinentes la adopción de medidas que faciliten la inclusión laboral de los trabajadores con discapacidad.

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