El pago de la remuneración es la principal obligación que asume el empleador, además de proporcionar el trabajo para el cual el trabajador ha sido contratado. Al no recibir su sueldo, el colaborador sufre efectos negativos en su calidad de vida, se daña su relación con tu empresa y, por ende, se genera un mal ambiente laboral.

Plazos y Periodicidad del Pago

El artículo 55 del Código del Trabajo dispone que el sueldo se pagará con la periodicidad estipulada en el contrato, pero los períodos que se convengan no podrán exceder de un mes. El artículo 44 agrega que la remuneración podrá fijarse por unidad de tiempo (día, semana, quincena o mes) o bien por pieza, medida u obra.

Convenido el período de pago por las partes, debe ser respetado y cumplido, sin que sea procedente ser modificado unilateralmente por una de ellas. La Dirección del Trabajo ha precisado que el concepto de "mes" para estos efectos, es aquella unidad de tiempo que dura un período continuo que se cuenta desde un día señalado hasta otro de igual fecha en el mes siguiente.

Para efectos de definir el plazo legal para pagar las remuneraciones, se suele hablar de un pago al mes. De este modo, las partes pueden convenir un día de pago dentro de esta unidad de tiempo, entendiendo el valor legal de este acuerdo. Por ejemplo, si en el contrato queda estipulado que el pago de salario será cancelado el día 5 de cada mes y pretendes cancelarlo el 10, estarías metiéndote en problemas.

En caso de que el pago de las remuneraciones recaiga en sábado, domingo o festivo, tienes que anticipar la cancelación al viernes inmediatamente anterior. Para evitarlo, se recomienda pagar las remuneraciones en los días hábiles previos al vencimiento de la fecha acordada.

Consecuencias del Retraso en el Pago

El retraso en el pago de remuneraciones puede generar el descontento de tus colaboradores, perjudicando la productividad de tu empresa. Más allá de los posibles enfrentamientos personales con el trabajador, el retraso en el pago de las remuneraciones puede afectar seriamente a la empresa, pues los funcionarios tienen varios recursos a los que pueden acogerse para hacer valer sus derechos.

La Corte Suprema ha señalado que el no pago de sueldos en las fechas estipuladas constituye un comportamiento grave por parte del empleador. Eso es totalmente contraproducente para el negocio.

Denuncias y Multas

En caso de recibir una o dos denuncias por no pago de remuneraciones en un mismo año se realiza una fiscalización, luego de la cual tienes 3 días hábiles para regularizar la situación. Asegúrate de cumplir con tus obligaciones y fortalece la cultura de tu organización.

Derechos del Trabajador

El trabajador tiene derecho a percibir de su empleador la retribución pactada en la medida que preste los servicios para los cuales fue contratado. En otros términos, el trabajador tiene derecho a ser remunerado sólo cuando cumple con su obligación correlativa de prestar servicios. El trabajador también tiene derecho a percibir remuneración cuando dentro de la jornada convenida se ve impedido de prestar servicios por razones ajenas a su voluntad.

De esta manera, si el empleador no puede proporcionar el trabajo pactado en el contrato por no haber materia prima para elaborar el producto, o por haber paralización de faenas por no haber ventas de productos nacionales, o por cualquiera otra causa que sea ajena al trabajador, el empleador no se puede exonerar de su otra obligación principal, cual es pagar la remuneración.

Finiquito y Plazos

De acuerdo con lo establecido por el artículo 177 del Código del Trabajo, modificado por la ley Nº 20.684, el finiquito debe ser otorgado y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador. La norma agrega que sólo si las partes lo acordaren, sería posible pactar su pago en cuotas.

Sin perjuicio de lo anterior, habiendo concluido la relación laboral el trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo para interponer un reclamo si tiene alguna diferencia con los términos en que ha producido el término de su contrato (Causal invocada, monto de indemnizaciones u otros conceptos, Etc.), lo cual derivará en una citación a ambas partes a un comparendo de conciliación en que se buscará que las partes lleguen a un acuerdo y que se otorgue el correspondiente finiquito.

Consideraciones Adicionales

Existen importantes consideraciones a tener en cuenta al realizar el pago de sueldos, ya sea desde el punto de vista legal o monetario. Pese a ser una tarea repetitiva que puede parecer simple, cualquier error puede llegar a significar más que un dolor de cabeza.

Recuerda que tus funcionarios son el motor de tu negocio y merecen que retribuyas su esfuerzo de la manera en que ambas partes acordaron.

Sueldo Imponible

El sueldo imponible hace referencia a los ingresos del trabajador considerados por la ley como remuneraciones. Por lo tanto, resulta al restar del sueldo bruto aquellas prestaciones que no constituyen remuneración.

No constituyen remuneración, y, por lo tanto, no son parte del sueldo imponible:

  • Asignaciones de movilización
  • Pérdida de caja
  • Colación
  • Desgaste de herramientas
  • Familiar
  • Viáticos
  • Indemnizaciones por años de servicio establecidas por la ley

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