Sabemos que el momento de un despido puede sentirse como un golpe fuerte. Incertidumbre, angustia, preguntas sin respuesta... y de pronto, un documento: el finiquito.
El finiquito es un documento escrito que formaliza el término de la relación laboral. Es bueno recordar que este documento es la forma legal en la que un trabajador y su empleador ponen fin a su relación laboral.
Le dirán que debe firmarlo, quizás en una notaría o incluso en línea con su Clave Única. El finiquito debe ser firmado ante notario por el trabajador, pues es este quien acepta estar de acuerdo con los montos y características ahí descritas. La firma del empleador es necesaria, pero no ante notario.
Sin embargo, ¡alto! Firmar el finiquito sin la asesoría adecuada puede significar renunciar a defenderse.
Plazo Legal para Firmar el Finiquito
Según el Artículo 177 del Código del Trabajo, el finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador.
El empleador está obligado a poner a disposición el finiquito (y efectuar el pago correspondiente) dentro de los 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador.
En caso de haber dinero de por medio ya sea por vacaciones generadas y no disfrutadas u otras indemnizaciones por despido, el plazo para pagar el finiquito es también de 10 días hábiles.
Es bueno saber qué debe ir en un finiquito y cómo se calcula el proporcional de las pagas.
Requisitos para la Validez del Finiquito
Para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).
El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
No. La ley exige que, antes de ratificar el finiquito, el ministro de fe verifique que el empleador haya pagado las cotizaciones previsionales hasta el último día del mes anterior al despido. Para ello, el empleador debe presentar los certificados de cotizaciones, el certificado de Previred y las planillas de pago correspondientes.
La Importancia de la Reserva de Derechos
¿Sospecha que la razón del despido no es real? 🤔 ¿Cree que le deben dineros o prestaciones? Existe una herramienta fundamental para protegerse en este preciso instante: la Reserva de Derechos 🛡️.
Es una anotación simple, pero poderosa, que se incluye en el finiquito y que deja abierta la puerta para que usted pueda demandar posteriormente por aquello con lo que no está de acuerdo.
Si usted firma el finiquito sin escribir una Reserva de derechos, podrá demandar solamente aquello que no conste en el finiquito.
La reserva de derechos es una declaración unilateral y escrita que efectúa el trabajador en el mismo documento del finiquito, en la que manifiesta que no está conforme con ciertos aspectos del despido y que se reserva el derecho a demandar aquellos conceptos o montos que considere indebidos o insuficientes.
Otros Aspectos Relevantes
Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deberán constar por escrito.
El instrumento respectivo que no fuere firmado por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado sindical respectivos, o que no fuere ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, no podrá ser invocado por el empleador.
La suscripción del finiquito de la forma establecida en el inciso tercero será siempre facultativa para el trabajador.
El finiquito, una vez suscrito por ambas partes y ratificado ante un ministro de fe, es un título ejecutivo. Esto significa que, si el empleador no cumple con el pago, el trabajador tiene la posibilidad de iniciar un juicio ejecutivo ante los tribunales para exigir el cumplimiento, reclamando además los intereses y reajustes que correspondan.
Sí, las Cajas de Compensación tienen la facultad de pactar con los trabajadores y sus avales que el empleador realice un descuento en el finiquito para cubrir una deuda pendiente. Sin embargo, para que dicho descuento tenga validez, el trabajador debe expresar de manera expresa y voluntaria, al momento de firmar el finiquito, su consentimiento para que se descuente el monto adeudado.
Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.
¿Qué Documentos Debes Llevar a la Notaría?
- El finiquito debe ser firmado ante notario por el trabajador, pues es este quien acepta estar de acuerdo con los montos y características ahí descritas.
- La firma del empleador es necesaria, pero no ante notario.
- ¿Es válido el documento que entrega el Registro Civil mientras se renueva la cédula? Sí, es válido como método de identificación tanto para chilenos como para extranjeros. Solamente para EXTRANJEROS es válido como método de identificación.
¿Tienes Dudas?
- No hay ningún problema, ya que puedes reagendar la firma del finiquito en la notaría, lo que es una garantía de seguridad para ti.
- Los montos y causales en el finiquito están normadas por ley y son fiscalizadas por la Dirección del Trabajo.
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