El finiquito es un documento escrito que formaliza el término de la relación laboral. Es bueno recordar que este documento es la forma legal en la que un trabajador y su empleador ponen fin a su relación laboral.

Debe ser firmado por ambas partes, el trabajador y el empleador, ante un ministro de fe (como un notario), y en él se deja constancia de que todas las obligaciones derivadas del contrato de trabajo han quedado extinguidas. Además, en este documento se detalla el pago de las prestaciones adeudadas y se registra el motivo del término de la relación laboral.

Plazo para Poner a Disposición el Finiquito

El empleador está obligado a poner a disposición el finiquito (y efectuar el pago correspondiente) dentro de los 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador. Según el Artículo 177 del Código del Trabajo, el finiquito debe ser entregado y puesto a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación o despido (recordando que los días hábiles excluyen domingos y feriados). En caso de haber dinero de por medio ya sea por vacaciones generadas y no disfrutadas u otras indemnizaciones por despido, el plazo para pagar el finiquito es también de 10 días hábiles.

Excepciones al Requerimiento de Finiquito

Si el contrato tiene una duración de hasta 30 días y efectivamente finaliza en ese término, no se requiere la suscripción de finiquito. Sin embargo, si el contrato se extiende por 30 o más días o que, vencido este plazo máximo, el trabajador continúe prestando servicios al empleador con su conocimiento.

Requisitos para la Ratificación del Finiquito

Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.

La ley exige que, antes de ratificar el finiquito, el ministro de fe verifique que el empleador haya pagado las cotizaciones previsionales hasta el último día del mes anterior al despido. Para ello, el empleador debe presentar los certificados de cotizaciones, el certificado de Previred y las planillas de pago correspondientes.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple). El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

Pago en Cuotas

Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Reserva de Derechos

La reserva de derechos es una declaración unilateral y escrita que efectúa el trabajador en el mismo documento del finiquito, en la que manifiesta que no está conforme con ciertos aspectos del despido y que se reserva el derecho a demandar aquellos conceptos o montos que considere indebidos o insuficientes.

Si usted firma el finiquito sin escribir una Reserva de derechos, podrá demandar solamente aquello que no conste en el finiquito.

Existe una herramienta fundamental para protegerse en este preciso instante: la Reserva de Derechos 🛡️. Es una anotación simple, pero poderosa, que se incluye en el finiquito y que deja abierta la puerta para que usted pueda demandar posteriormente por aquello con lo que no está de acuerdo.

Descuentos en el Finiquito por Deudas con Cajas de Compensación

Sí, las Cajas de Compensación tienen la facultad de pactar con los trabajadores y sus avales que el empleador realice un descuento en el finiquito para cubrir una deuda pendiente. Sin embargo, para que dicho descuento tenga validez, el trabajador debe expresar de manera expresa y voluntaria, al momento de firmar el finiquito, su consentimiento para que se descuente el monto adeudado.

Qué Debe Contener un Finiquito

Es bueno saber qué debe ir en un finiquito y cómo se calcula el proporcional de las pagas. Sin embargo, escribir este tipo de documentos a mano te ocupará mucho tiempo, especialmente si tienes una gran cantidad de documentos que revisar.

Valor Ejecutivo del Finiquito

El finiquito, una vez suscrito por ambas partes y ratificado ante un ministro de fe, es un título ejecutivo. Esto significa que, si el empleador no cumple con el pago, el trabajador tiene la posibilidad de iniciar un juicio ejecutivo ante los tribunales para exigir el cumplimiento, reclamando además los intereses y reajustes que correspondan.

Firma del Finiquito y Asesoría

Le dirán que debe firmarlo, quizás en una notaría o incluso en línea con su Clave Única. Pero, ¡alto! Firmar el finiquito sin la asesoría adecuada puede significar renunciar a defenderse.

El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deberán constar por escrito. El instrumento respectivo que no fuere firmado por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado sindical respectivos, o que no fuere ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, no podrá ser invocado por el empleador. La suscripción del finiquito de la forma establecida en el inciso tercero será siempre facultativa para el trabajador.

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

Dirección del Trabajo

El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles. Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.

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