Si te encuentras cesante, es crucial conocer los plazos y procedimientos para acceder al Seguro de Cesantía. Aquí te explicamos detalladamente cuánto tarda en pagar el seguro de desempleo y los pasos que debes seguir.
¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?
Cada afiliado a la AFC posee una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), financiada con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante, podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Es importante destacar que si no cumples con los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Afiliación al Seguro de Cesantía
Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado bajo el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, o iniciaste tus labores como trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte voluntariamente en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con tu ClaveÚnica.
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?
- Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
- Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Plazos de Pago del Seguro de Cesantía
Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.
Importante: Si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.
Traspaso de Fondos
La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
Documentación Necesaria para Declarar un Siniestro de Cesantía
Si estás cubierto por la Ley de Protección al Empleo y cuentas con tu Seguro de Cesantía Ripley, debes declarar tu siniestro presentando los siguientes documentos:
- Foto del Carnet de Identidad por ambos lados.
- Formulario de Declaración de Siniestro (completa online).
- Finiquito de contrato de trabajo.
- Certificado de Cotizaciones de la AFP o INP de los últimos seis meses o un comprobante de pago del Subsidio de Cesantía.
¿Cómo Declarar un Siniestro de Cesantía?
Tienes dos opciones:
- Completa online el formulario de declaración de siniestro con tus datos y adjunta toda la documentación necesaria.
- Descarga el formulario de declaración de siniestro, complétalo y súbelo junto al resto de documentación a la plataforma de contacto.
Información Adicional
Periodo Activo Mínimo: Existe un periodo de actividad laboral requerido para volver a utilizar la cobertura de Desempleo Involuntario. Consulta los detalles de tu póliza.
Para mayor información y denunciar tu siniestro por suspensión laboral o reducción de jornada, puedes llamar al (+56 22) 768 9160, opción 3.
Plazo de Liquidación de Siniestros
El plazo de liquidación de siniestros será de un máximo de 45 días, una vez se presenta toda la documentación necesaria.
Cartola del Seguro de Cesantía
La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año:
- Febrero: Cartola anual con los movimientos del año anterior (solo si hubo movimientos).
- Junio: Cartola cuatrimestral con los movimientos de enero a abril.
- Octubre: Cartola cuatrimestral con los movimientos de mayo a agosto.
Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.
Consideraciones Importantes
- Afiliación: Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
- Cotizaciones: Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.
- Jornada Parcial: Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
- Pensiones: Si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
- Vigencia de la CIC: Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.
- Trabajadoras de Casa Particular: A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.

