El finiquito es un acto legal mediante el cual empleador y trabajador firman el documento de cese de la relación laboral, en el que se estipula su causa, la forma de pago y el monto correspondiente. Para realizarlo de la mejor manera, es importante saber cuántos tipos de finiquitos existen, según lo estipulado en el Código del Trabajo.
Tipos de Finiquitos
Teniendo en cuenta lo que es el finiquito, podríamos decir que hay siete tipos principales, que se pagan dentro de los 10 días hábiles siguientes y, al momento de firmarlo, es crucial estar al día con las cotizaciones previsionales y de salud.
- Renuncia Voluntaria: Se configura cuando el trabajador termina relación laboral, dando aviso a la empresa con treinta días mínimo de anticipación, según lo dispuesto en el artículo 159 del Código del Trabajo. El monto económico a recibir corresponde a la suma de las remuneraciones adeudadas y una compensación monetaria por sus vacaciones proporcionales.
- Término Anticipado por Necesidades de la Empresa: Se da cuando nos vemos en la obligación de terminar la relación laboral antes de que el contrato culmine, por razones ajenas al trabajador. Si no le avisamos al empleado con 30 días de anticipación, debemos indemnizarlo con una suma equivalente a la última remuneración mensual percibida, además de un mes de sueldo por año de servicio.
- Término por Causales del Artículo 160 del Código del Trabajo: Podemos terminar el contrato laboral sin derecho a indemnización alguna cuando el trabajador incurra en una o más de las causales establecidas en el artículo 160 del Código de Trabajo, tales como: falta de probidad, ausencias injustificadas, abandono del trabajo, entre otros. No obstante, al calcular un finiquito de este tipo, debemos considerar pagar las vacaciones y días laborados.
- No Renovación de Contrato: Esto ocurre cuando decidimos no renovar un contrato, implica el pago del último mes de remuneraciones y las vacaciones proporcionales. Hay que tener presente que si se vuelve a firmar un contrato a plazo fijo por más de dos periodos o tenemos pleno conocimiento de que la persona continúa ejerciendo sus funciones, procede que pase a contrato indefinido.
- Conclusión del Trabajo o Servicio: En este caso, invocamos la “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato” (artículo 159 del C.T). Al hacerlo, tenemos que pagar la indemnización por el tiempo servido, que equivale a dos días y medio por cada mes trabajado.
- Fallecimiento del Trabajador: En este caso no es necesario suscribir un finiquito. Sin embargo, debemos pagar el sueldo adeudado, con vacaciones proporcionales, a quien acredite haberse hecho cargo del funeral. Si sobra algo de dinero después, debemos desembolsarlo al cónyuge, hijos o padres, esto de facilita con un ERP contable.
- Término por Mutuo Acuerdo: Aquí la relación laboral termina por motivos ajenos al empleador. Por esta razón, no proceden indemnizaciones por años de servicio ni de ningún tipo, sin prejuicio del pago que figura en el programa de remuneraciones y cualquier bono o reconocimiento voluntario.
Finiquito por Renuncia Voluntaria: ¿Cómo Funciona?
¿Sabes cómo funciona el finiquito por renuncia voluntaria en Chile? Ambas partes deben cumplir con una serie de formalidades para que el proceso se complete satisfactoriamente.
- Entrega de la carta con al menos 30 días de anticipación: Según el Código del Trabajo, el trabajador debe dar aviso con 30 días corridos de anticipación.
- Contenido de la carta de renuncia:
- Como empresa, puedes recibir la carta de renuncia impresa o en formato digital.
- Es fundamental que el empleado plasme correctamente sus datos, entre ellos el RUT.
- Ratificación de la renuncia: Un funcionario del Estado debe ratificar la renuncia.
Una vez que el trabajador ha decidido renunciar, debe notificar a la empresa de su decisión. La notificación debe incluir la fecha de inicio y fin del contrato de trabajo, así como la razón por la que el trabajador está renunciando. La ley establece que el trabajador debe informar con 30 días de anticipación sobre su decisión de finalizar su relación laboral.
Obligaciones de la Empresa
Una vez que la empresa ha recibido la notificación de renuncia, debe iniciar el proceso de finiquito. Por norma, la empresa tiene que liquidar el sueldo base, colocación y movilización. La empresa tiene la responsabilidad de liquidar una remuneración por concepto de los servicios prestados. La empresa puede optar por realizar el proceso de finiquito en línea a través del sitio web de la Dirección del Trabajo. Este método es conveniente y permite agilizar el trámite.
Recursos y Asesoramiento
La Dirección del Trabajo ofrece una variedad de recursos en su sitio web para ayudar tanto a trabajadores como a empleadores a realizar el proceso de finiquito. Además, el sitio web de la Dirección del Trabajo proporciona formularios que pueden ser descargados y utilizados para facilitar el trámite.
Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo. Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
¿Qué debe incluir el finiquito?
- El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).
- El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
- El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
¿Qué hacer si pierdes tu finiquito?
Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.
Componentes del Finiquito
Según la Dirección del Trabajo, un finiquito consiste en "un acto por el cual un trabajador y un empleador ratifican o aprueban ante un Ministro de Fe el término de la relación laboral y su acuerdo con lo estipulado en un documento escrito denominado finiquito" , en el que la empresa, debe otorgar un pago o remuneración final. Es un proceso que trae muchas preguntas, ya que hay que incorporar varios factores a la hora de generarlo y pagarlo. Antes de pagarlo, se debe considerar si fue una renuncia o un despido, la causa del despido, si hubo o no aviso, entre otras. Un finiquito debe pagarse dentro de los 10 días posteriores de cuando sucede la desvinculación sea el caso que sea. El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes. El empleador debe de estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía del colaborador. Una vez que se finaliza el contrato, se deben pagar los haberes por consecuencia del término del contrato que se estipulan en el finiquito.
Haberes a Considerar
- Días Trabajados: Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados.
- Vacaciones Proporcionales: Es la compensación de los días feriados otorgados al colaborador por el servicio entregado durante sus años de trabajo bajo contrato. En otras palabras, corresponde a una compensación de 15 días de vacaciones que se obtienen al año de trabajo. Esto quiere decir que si una persona no se ha tomado vacaciones por dos años y es finiquitado, se le deben pagar 30 días de vacaciones. La cifra obtenida será el número total de días hábiles feriados que le corresponden compensar al colaborador.
- Días Feriados: Corresponde a los días sábados y domingos, además de los festivos, que un colaborador obtenga durante su contrato de trabajo.
Indemnización
Según la Dirección del Trabajo, el derecho de indemnización "se origina cuando el empleador pone término al contrato de trabajo invocando las causales de los incisos 1º y 2º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio". Solo con estas causales es que es válido el derecho de una indemnización por parte de la empresa al colaborador. De todas formas, es posible exigir una indemnización en el caso de que considere que el término del contrato sea injustificado o indebido. La indemnización considera 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses prestados continuamente al empleador. El monto de la indemnización tiene un tope de 90 UF en base al sueldo del trabajador y un tope de 330 días, osea 11 meses. Esto no aplica para aquellas personas contratadas antes del 14 de agosto de 1981. Si bien estas indemnizaciones dependen de las causales del finiquito y de la industria en la que se desarrolle el colaborador. Es importante considerar la Indemnización Pactada Contractualmente, la Indemnización Voluntaria y la Indemnización por meses de servicio, generalmente utilizada en el área de construcción con proyectos de obra o faena. Esta última, es considerada transitoria y la indemnización se realiza por meses de servicio o trabajo, en vez de considerarse por años. Este tipo de descuento solo ocurre en el el caso que el empleador despida a un trabajador bajo "necesidades de la empresa", artículo 161 del Código del Trabajo.
Calculando el Finiquito
Para calcular el finiquito es necesario saber los montos de los haberes por pagar e incluir aquellos montos extras pactados con anterioridad entre el empleador y el trabajador. De esta forma se procede al cálculo y realización del finiquito. Antes, el cálculo se hacía de manera manual, pero hoy la tecnología ha avanzado tanto que existen páginas con muy buenos motores de cálculo que te permiten obtener el resultado de inmediato. Si estás buscando una herramienta más tecnológica y eficiente, te recomendamos Buk. Es un software integral de gestión de personas que te permite realizar todo lo que necesites en el módulo de remuneraciones: pagar liquidaciones de sueldo, generar contratos con firma electrónica y desarrollar finiquitos.
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