En palabras simples, el Seguro de Cesantía es una protección económica para ayudarte en caso de que quedes sin trabajo. Este seguro además cubre beneficios sociales, previsionales, de salud y asignación familiar, dependiendo del fondo en el que cobremos el beneficio.
¿Quiénes están afiliados al Seguro de Cesantía?
En el caso de los trabajadores que fueron contratados después de octubre de 2002, la afiliación a la Administradora de Fondo de Cesantía (AFC) es de forma automática y obligatoria.
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
Tipos de Fondos en el Seguro de Cesantía
En la actualidad existen dos tipos de fondos en el Seguro:
- Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
- Fondo de Cesantía Solidario que es un financiamiento complementario.
¿Cómo se financia la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles.
La cotización que su empleador paga mes a mes corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador.
Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.
Si hay contrato a plazo fijo, por obra, trabajo o servicio determinado; el trabajador no aporta nada, sino que el empleador es quien debe realizar el aporte de 2,8% de la renta imponible.
¿Cómo revisar el saldo de tu Seguro de Cesantía?
Una de las preguntas más frecuentes que se hacen nuestros afiliados, es cuánto dinero tienen en su Seguro. Ahora que ya sabemos cómo se calcula y compone el seguro de cesantía, puedes estimar cuánto tienes ahorrado en caso de que te encuentres sin trabajo.
Mediante la Sucursal Virtual de afiliados: Usted puede ingresar a la Sucursal Virtual de afiliados con su Rut y clave de acceso o ClaveÚnica y revisar el saldo disponible al día, además de todos los movimientos y pago de cotizaciones.
¿Cómo acceder al Seguro de Cesantía?
Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Previo a cualquier análisis, la recomendación es revisar si estás inscrito en el AFC.
Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
El finiquito que acredite el fin del vínculo laboral con el empleador, el cual debe ser firmado por este y por el propio trabajador.
En este sitio, podrás realizar consultas ingresando a la “Sucursal Virtual” en donde deberá registrar su RUT y contraseña, si no cuentas con una o no la recuerdas, puedes ingresar con el uso de tu clave única.
Debe incorporar información en todos los campos que le soliciten para que el sistema realice los cálculos y posteriormente le informe sobre el monto y las cuotas que podrá cobrar en caso de quedar cesante.
El primer pago entonces, se efectuará, como mínimo, después de 30 días desde el término de la relación laboral.
Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
¿Qué pasa si no cumples los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía?
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Pensionados y el Seguro de Cesantía
Esta situación significa que usted, como empleador, no debe realizar cotizaciones a una persona en esta situación y así evitar pagos inconsistentes.
Existe una única excepción a lo anteriormente señalado, cuando la persona afiliada y pensionada es trabajador(a) de casa particular (TCP). En este caso y, tras el retiro de sus fondos por pensión, el o la TCP que continúa sus labores puede ser beneficiario(a) activo(a) del Seguro de Cesantía.
De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
Información Adicional
En la actualidad, la web posee la información correspondiente a todo el ciclo de vida de un afiliado: desde su registro en el Seguro de Cesantía, hasta la etapa de pensionado.
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
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