¿Sabes a qué te arriesgas legalmente si estás atrasado o has incumplido la forma de pago de la pensión de alimentos? Más de 1.700 hombres fueron detenidos en Chile entre enero y abril de este año, todos por la misma razón: incumplimiento en el pago de la pensión alimenticia para sus hijos. En total, este inmenso grupo de padres supera los 3.700 millones de pesos en deudas.
Sin embargo, la intervención por parte de Carabineros no es la única medida que legalmente pueden llevar a cabo los Tribunales de Familia. A continuación, te explicamos cuáles son los posibles riesgos a los que te enfrentas si no tienes al día tu situación respecto a la pensión de alimentos, y de qué manera puedes regularizar este procedimiento para evitar demandas.
Posibles medidas judiciales por no pago
Una vez que existe una resolución respecto a los alimentos, el denominado "alimentante" (que puede ser el padre o la madre, según se haya determinado en el juicio o mediación) debe cumplir con sus obligaciones tal y como se le comunicó. Si no se acataran los pagos en los plazos o formas establecidas, luego de la correspondiente notificación por carta certificada, el demandado o demandada se expone a:
- Suspensión de la licencia de conducir: Hasta por un periodo de seis meses.
- Retención de la devolución de impuestos o renta: Con el fin de cubrir la totalidad o parte de los dineros adeudados.
- Oficio al empleador: La empresa para la que trabaja el alimentante hará la retención de la parte de su sueldo que equivale a la pensión alimenticia para, así, hacer el depósito de dicho monto al cónyuge.
- Arresto nocturno: Hasta por 15 días entre las 22:00 y las 6:00 horas, acción que puede reiterarse hasta que se culmine el pago total o si se vuelve a incumplir con el depósito.
- Arresto completo: Hasta por 15 días, medida que se aplica si se incumple el arresto nocturno o no paga la pensión luego de haber estado dos veces bajo arresto nocturno.
- Arraigo nacional: Prohibición para salir del país hasta el pago de la deuda.
- Embargo y remate de bienes: Con el fin de cubrir los montos adeudados.
Procedimientos especiales y alternativas
Si el tribunal de familia encuentra cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario e instrumentos de inversión o financieros, dictará una resolución ordenando a las instituciones bancarias o financieras que informen sobre los saldos, movimientos y toda la información que se considere relevante para el pago de la deuda de pensión de alimentos. Una vez notificada la resolución de pago, la respectiva entidad bancaria o financiera tendrá un plazo de 15 días hábiles para realizar la transferencia ordenada por el tribunal.
Adicionalmente, puedes solicitar al tribunal que active el procedimiento especial cuando existan tres mensualidades de pensión de alimentos adeudadas, totales o parciales, continuas o discontinuas, y el deudor no cuente con fondos en los bancos o instituciones financieras, o estos no son suficientes para saldar el total de la deuda.
Los métodos de apremio tradicionales para perseguir al deudor/a (arresto, retención judicial del impuesto a la renta, suspensión de la licencia de conducir, retención judicial por parte del empleador, entre otros) no bastan, más aún cuando el propio sistema judicial reconoce que estas medidas no son eficientes.
Otro mecanismo no adversarial que se está implementando en Estados Unidos como experiencia piloto para el cumplimiento del pago de pensiones adeudadas, es el Proyecto de Alternativas al Desacato Basadas en la Justicia Procesal (PJAC) implementado en seis agencias de manutención infantil de Estados Unidos. Un componente del modelo PJAC, es la “conferencia de caso”, que proporciona a los padres un espacio facilitador de las relaciones familiares y un lugar alternativo para resolver sus disputas. El plan de acción se realiza con la participación de ambos padres.
También indaga en la perspectiva del padre/madre que tiene la custodia acerca de su seguridad (por ejemplo, preocupación por siuaciones de violencia intrafamiliar) y su opinión acerca de por qué cree que el deudor/a no paga la pensión de alimentos, si estaría dispuesta/o a condonarle una parte de la deuda o a aumentar el tiempo con los niños y niñas. En entrevistas realizadas a los gestores de casos en el año 2019, estos hicieron hincapié en que, durante las evaluaciones de los casos, prestaron especial atención a cualquier historial de violencia doméstica y a signos de violencia durante las conversaciones iniciales con ambos padres.
El rol del Estado y alternativas internacionales
Hasta el momento las deudas por alimentos han sido consideradas un asunto entre privados, donde el rol del Estado se ha centrado más bien en las medidas coercitivas hacia los deudores. Sin embargo, hoy se reconoce que se trata de un problema sistémico, cuya solución atañe también al Estado.
En Francia, por ejemplo, existe la Agencia de Cobro de Deudas de Pensiones Alimentarias (ARIPA), creada en el año 2017 para recuperar las pensiones no pagadas. En Alemania, las familias monoparentales cuentan con un anticipo del mantenimiento (Unterhaltsvorschuss). Este anticipo es un beneficio estatal para los hijos e hijas menores de edad cuyos progenitores adeuden los alimentos. El deudor es quien reembolsa el anticipo al Estado. Este mismo sistema existe en otros países europeos como Francia y España. En el Reino Unido, quienes pagan o reciben pensión de alimentos, cuentan con un servicio que les permite acceder a su cuenta y realizar gestiones las 24 horas del día, los 7 días de la semana, a la hora que les convenga.
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