Si eres un trabajador dependiente, es crucial que comprendas que tus cotizaciones previsionales y de salud se descuentan como un porcentaje de tu renta imponible. En este artículo, te explicaremos con más detalle a qué se refiere el Tope Imponible y qué alternativas hay para ahorrar más que este límite.

¿Qué es el Tope Imponible?

En palabras simples, el Tope Imponible es el límite máximo que se aplica para cálculo de las cotizaciones previsionales y de salud. La cotización obligatoria es proporcional a los “ingresos” de cada afiliado, pero tiene un límite máximo o “Tope Imponible”. Sobre ese límite ya no cotizas un 10% de tus ingresos, sino el 10% del Tope Imponible.

Reajuste del Tope Imponible

Actualmente, en el 2025, el tope mensual para el cálculo está fijado en 87,8 Unidades de Fomento (UF) y el monto es fijado por la Superintendencia de Pensiones según el Índice de Remuneraciones Reales que entrega el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). El Tope Imponible es reajustado anualmente, de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Remuneraciones Reales (de acuerdo al cálculo del INE) siempre que esta variación sea positiva.

El reajuste de este monto varía en base a dos factores que están asociados a la información que entrega el INE. Estos son:

  • Si el Índice de Remuneraciones Reales registra una variación positiva el año anterior, el valor del tope imponible se debe reajustar.
  • Si el Índice de Remuneraciones Reales registra una variación negativa el año anterior, el valor del tope imponible se debe mantener.

Una vez que se decide cuál será el tope imponible del año, se verá reflejado en marzo de ese mismo año, que corresponden al pago de cotizaciones de febrero.

¿Cuándo comienza a regir el tope imponible?

El Tope Imponible ajustado comenzará a regir el 1 de enero de cada año, y será determinado por resolución de la Superintendencia de Pensiones.

Para el cálculo del Tope Imponible en 2025 el límite ha sido establecido en:

  • 87,8 UF (aproximadamente $3.393.289) para la cotización en la Cuenta Obligatoria.
  • 131,9 UF (aproximadamente $5.095.789) para la cotización del Seguro Cesantía.

Considerando el valor de la UF al 28/02/2025 de $38.647,94

La Superintendencia de Pensiones comunicó los nuevos topes imponibles mensuales que regirán el cálculo de cotizaciones previsionales a partir del año 2024. Estos topes son de gran relevancia para los trabajadores y empleadores, ya que impactan directamente en las contribuciones al sistema de pensiones.

¿Cuál es el nuevo tope imponible?

El nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de pensiones, de salud y de ley de accidentes del trabajo ascenderá a 84,3 Unidades de Fomento (UF) este 2024, a diferencia de las 81,6 UF del 2023.

¿A qué se debe el reajuste del tope imponible?

El reajuste se debe a que la legislación vigente establece que “los topes imponibles deben reajustarse anualmente cuando el índice de remuneraciones reales que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) registra variaciones positivas entre noviembre del año anteprecedente y noviembre del año precedente respecto del año en que comenzarán a aplicarse. Si la variación es negativa, los valores deben mantenerse”.

En palabras simples, es una forma de adaptar la legislación de acuerdo a cómo cambian las remuneraciones en el país.

Renta imponible: ¿Qué hacer cuando mi renta sobrepasa el tope?

Revisemos un ejemplo: Si tu sueldo bruto es de $4.000.000, el 10% de cotización obligatoria sería $400.000. Sin embargo, el Tope Imponible para cotizar es de 87,8 UF (aproximadamente $3.393.2891). Esto significa que tu cotización se calculará sobre ese tope y no sobre tu sueldo total.

En este caso, cotizarías el 10% de 87,8 UF equivalente a $339.329, lo que representa solo un 8,5% de tu sueldo bruto. Como resultado, estarás ahorrando menos de lo esperado para tu pensión, lo que podría afectar el monto que recibirás en el futuro.

Por ejemplo, suponiendo que tienes una remuneración bruta de $3.500.000, tu cotización obligatoria del 10% debería ser de $350.000. Ahora, como el Tope Imponible para cotizar es de 87,8 UF, correspondiente a $3.393.289, solo ahorrarías para tu pensión $339.329, que equivale a un tan solo un 9,7%, de tu sueldo bruto.

Ahorro Previsional Voluntario (APV)

Si esta es tu situación, existe una forma de poder seguir ahorrando la diferencia para tu futuro: APV (Ahorro Previsional Voluntario). Con APV, podrás realizar un ahorro de manera voluntaria y adicional al monto obligatorio del 10%, aumentando el monto final de la pensión futura.

Año Tope Imponible (UF)
2021 81,7
2022 81,6
2023 81,6
2024 84,3
2025 87,8

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