La pensión de alimentos es una obligación legal que establece que una persona debe contribuir económicamente con el bienestar de los hijos. Consiste en la suma de dinero u otra prestación que se otorga a una persona que no cuenta con los medios suficientes para subsistir adecuadamente, los cuales deben resguardar el interés superior, la autonomía progresiva y el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, incluyendo a lo menos alimentación, habitación, vestuario, salud, movilización, enseñanza básica y media, aprendizaje de alguna profesión u oficio.

Este mecanismo busca proteger el bienestar de los menores, asegurando que sus necesidades básicas sean cubiertas, independientemente de la situación de los padres. La pensión de alimentos en Chile garantiza que una persona reciba apoyo económico de otra, generalmente en relaciones de familia como padres e hijos. Puede fijarse mediante acuerdo o por resolución judicial. La separación es una cosa, pero toda la vida los involucrados seguirán siendo Familia.

Junto con el régimen de visitas o relación directa y regular, la pensión de alimentos es algo que debes regular rápidamente. Es importante manejar estos temas.

¿Qué Cubre la Pensión de Alimentos?

La pensión de alimentos no solo comprende las necesidades para existir (aprendizaje, la comida, el vestuario y un lugar dónde vivir). Esta información es importante, porque no solo abarca lo preciso para que la persona que los solicita pueda cubrir sus necesidades de desarrollarse espiritual y materialmente.

¿Quiénes Pueden Solicitar Alimentos?

  • Cónyuge: Mientra persista el matrimonio, aún separados, el otro cónyuge puede demandar alimentos para si.
  • Hijo o nieto: El caso más común.
  • Padre: Piensese en el padre ya anciano a quien no le alcanza la pensión de vejez.
  • Hermanos: Caso más extraño, pero piensese en un hermano a quien la vida no le fue fácil, mientras que a tí si. Esta situación no es tan extraña.

Piénsese en la mujer que se casa con menos de 21 o 28 años si aún no termina de estudiar. La ley regula esto fijando un orden. Hasta los 21 años se debe pagar si o si. Luego de los 21 años hasta los 28 si es que está estudiando. Ulteriormente al límite de los 28 años sólo se seguirá pagando en la medida que el menor sufra de invalidez o incapacidad física o mental.

Consideraciones Adicionales

Los gastos que debe cubrir el padre son los de su hijo. En consecuencia, si por ejemplo la hija antes de los 21 años tiene la suerte de convertirse en madre, ella no podría pedir una suma de alimentos considerando los gastos de su bebé. Siempre se concurre en la medida que exista un estado de necesidad.

En ocasiones los hijos luego de terminada la educación media, no continuan estudios y se dedican a trabajar. En este caso si los alimentos ya estaban decretados y el hijo genera ingresos, se puede solicitar la rebaja de la pensión alimenticia y, si no estaban decretados, indudablemente reduce el monto que debe pagar el padre. En el caso de los hijos de 28 años ocurre algo similar.

El curso normal de las cosas es que cerca de los 23 o 24 años los estudios universitarios hubieren cesado. En este caso se debe presentar una demanda por cese de alimentos. Los alimentos menores no cubren estudios de magister u otros posgrados.

Cálculo de la Pensión de Alimentos

Para calcular la pensión de alimentos en Chile, es necesario tener en cuenta diversos factores. Es importante destacar que el cálculo de la pensión de alimentos puede variar en cada caso en particular.

Factores Clave en el Cálculo

  1. El juez debe considerar las necesidades del hijo, como por ejemplo la alimentación, la educación, la salud, la vivienda y el vestuario.
  2. El juez debe considerar la capacidad económica del obligado a pagar la pensión, es decir, su sueldo o ingresos mensuales.
  3. El juez debe considerar el estilo de vida del hijo.
  4. El juez puede considerar otros factores relevantes para la determinación del monto de la pensión.

Pasos para el Cálculo

  1. Identificar al alimentante y al alimentario: En el caso de los hijos menores de edad, el alimentario será el mismo hijo. Mientras que en el caso de un cónyuge que no tenga los recursos para estabilizarse por sí mismo, será el cónyuge en cuestión.
  2. Calcular los ingresos del alimentante: Para hacerlo, se deben sumar todos los ingresos que tenga el padre o madre responsable, incluyendo su sueldo, rentas, dividendos, bonificaciones, entre otros. Es importante tener en cuenta que no se deben incluir ingresos que no sean estables o regulares.
  3. Calcular los gastos del alimentario: La regla que prima en esta etapa, es que en caso de haber 2 padres, estos deben solventar los gastos por mitades. Es importante tener en cuenta que los gastos del alimentario deben ser proporcionales a los ingresos del alimentante.
  4. Determinar la capacidad de pago del alimentante.
  5. Calcular la pensión de alimentos: En general, se suele fijar un porcentaje del ingreso del alimentante como pensión de alimentos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la pensión de alimentos no puede ser inferior al salario mínimo.

Si no hay un acuerdo previo entre el padre o la madre, el cálculo de la pensión de alimentos lo determinará un juez de familia. Sin embargo, el monto de la pensión de alimentos no podrá ser menor a un 40% de un sueldo mínimo en el caso de una carga. Si hay dos o más cargas, el monto mínimo será de 30% por carga.

Mínimos y Máximos de la Pensión

El Código Civil chileno establece un mínimo para la pensión de alimentos, con el fin de asegurar que las necesidades básicas del niño, niña o adolescente sean cubiertas. A partir del 1 de julio de 2024, el salario mínimo mensual en Chile asciende a 500.000 pesos. Este monto puede variar si hay más de un hijo involucrado.

La ley chilena también establece un límite máximo para el pago de la pensión de alimentos. Este monto no puede sobrepasar el 50% de los ingresos totales de la persona obligada a pagar la pensión. Este límite del 50% se aplica para evitar que el alimentante quede en una situación económica insostenible, preservando su capacidad de cumplir con otras obligaciones financieras que pudiera tener.

Factores Adicionales Considerados por el Tribunal

Aunque el Código Civil chileno establece montos mínimos y máximos, hay varios factores que el tribunal considerará al determinar la cantidad exacta de la pensión de alimentos:

  • Ingresos del alimentante: Los ingresos totales de quien debe pagar la pensión son el principal criterio para establecer el monto.
  • Necesidades del menor: Las necesidades económicas del niño, niña o adolescente incluyen alimentación, educación, vestimenta, salud y esparcimiento.
  • Cantidad de hijos: Como se mencionó anteriormente, el número de hijos afecta el porcentaje del ingreso mínimo asignado para cada uno.
  • Interés superior del menor: Este principio fundamental en el derecho de familia chileno obliga al tribunal a priorizar siempre el bienestar del menor por encima de cualquier otro factor.
  • Aportes de otros responsables: En casos donde hay más de una persona responsable del menor, como la madre o abuelos, el tribunal velará por una distribución equitativa de los aportes.

Proceso para Solicitar la Pensión de Alimentos

Para solicitar una pensión de alimentos, es necesario acudir a los tribunales de familia con la asistencia de un abogado. El proceso se inicia presentando una demanda de alimentos en la que se especifican los montos solicitados y los fundamentos de la solicitud.

Modificación de la Pensión

Es importante tener en cuenta que el monto de la pensión de alimentos no es inmutable. Por ejemplo, si el alimentante pierde su empleo o si el menor comienza a tener gastos adicionales debido a su educación o salud, se puede solicitar al tribunal una revisión de la pensión para ajustarla a la nueva situación.

Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos

Es un registro electrónico creado por la ley 21.389 que tiene por objetivo articular diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos. Será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro). El Servicio de Registro Civil e Identificación será la institución a cargo de este registro.

Requisitos para Ingresar al Registro

  • Que los alimentos se encuentren regulados por el tribunal, en forma provisoria o definitiva, o acordados por las partes con aprobación judicial; y
  • Que adeuden pensiones, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.

Sanciones para Deudores Inscritos

La ley 21.389 estableció para el deudor de alimentos inscrito en el Registro de Deudores, las siguientes sanciones:

  • Si solicita un crédito bancario igual o superior a 50 unidades de fomento, el banco retendrá parte de los fondos, también se retendrán devoluciones de impuestos, dineros por venta de inmuebles o vehículos.
  • No podrán renovar licencias de conducir ni pasaportes.
  • No podrán recibir beneficios económicos como bonos del Estado (estos se destinarán al pago de las deudas).
  • Si es funcionario o funcionaria pública o de elección popular, la institución en la que trabaja le retendrá un porcentaje de su sueldo. Asimismo, están obligados a declarar su deuda en las “Declaraciones de Interés y Patrimonio”.
  • Se establece como una forma de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de la pensión de alimentos.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del o de la deudora despedido o despedida del trabajo.
  • Se establece como parte de la evaluación de idoneidad para adoptar menores de edad.
  • Si vende un vehículo o una propiedad se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Estas deudas serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

Cancelación de la Inscripción

Se cancela la inscripción cuando se acredite el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida. La cancelación de la inscripción en el Registro debe ser ordenada por el tribunal respectivo.

Vías para Obtener la Pensión de Alimentos

Para obtener pensión de alimentos existen dos vías:

  • Extrajudicial: La persona que lo requiera puede intentar un acuerdo con la persona obligada a pagar alimentos para fijar una pensión mensual. Debe quedar por escrito, firmado por ambos y autorizado por un notario, ministro de fe o la jefatura del Centro de Atención Jurídico Social de la Corporación de Asistencia Judicial. Este documento se conoce como “Transacción”.
  • Judicial: Si la persona obligada, no proporciona voluntariamente la pensión de alimentos a quien corresponda, o no es posible lograr un acuerdo extrajudicial, en los términos planteados, puede entablarse una demanda de pensión de alimentos ante el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del alimentante (quien debe pagar alimentos) o del alimentario (a quien se paga alimentos), a elección de este último, acompañando necesariamente a la demanda el “Certificado de Mediación Frustrada”, emitido por un Mediador Familiar, que acredite que en forma previa se intentó una solución del conflicto por dicho medio, dado que esta es de aquellas materias de mediación obligatoria.

Conclusión

El cálculo de la pensión de alimentos en Chile se basa en principios de equidad, con montos mínimos y máximos establecidos para garantizar que los menores reciban el apoyo necesario para su bienestar. Sin embargo, cada caso es único, y el tribunal evaluará múltiples factores antes de determinar el monto final. Siempre se priorizará el interés superior del niño, niña o adolescente, asegurando que sus necesidades sean satisfechas de manera adecuada. Si necesitas apoyo legal para solicitar o modificar una pensión de alimentos, nuestro equipo de abogados expertos en derecho de familia está aquí para ayudarte. Protege el bienestar de tus hijos y asegura que reciban el apoyo que merecen.

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