La pensión de alimentos es un deber que involucra la responsabilidad de los padres sobre los hijos. En Chile, los hijos tienen derecho a recibir dinero de su papá o mamá que no vive con ellos para su sustento. Este dinero debe cubrir sus necesidades básicas como alimentación, salud, educación y vestimenta.
Monto Mínimo de la Pensión de Alimentos
Para calcular la pensión de alimentos, se toma en cuenta el ingreso líquido mensual del padre o madre que debe pagar la pensión. La ley establece que este pago debe equivaler al 40% de un ingreso mínimo cuando la persona tenga un solo hijo. Si el alimentante tiene varios hijos, la pensión será el 30% de un sueldo mínimo por cada hijo.
A partir del 1 de septiembre de 2023, con el alza del sueldo mínimo en Chile, los nuevos montos mínimos de la pensión alimenticia son:
- $184.000 para las personas que tengan un solo hijo.
- $138.000 para aquellos que tengan dos o más hijos.
Es importante mencionar que el monto máximo de pensión alimenticia no puede superar el 50% de los ingresos de la persona encargada de realizar el pago, a excepción que “existan razones fundadas para fijarlo sobre este límite”.
¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos?
En la ley se señala que los hijos son beneficiarios de este pago hasta que cumplan los 21 años, aunque, si estos están estudiando una profesión u oficio, este se extiende hasta los 28. No obstante, la pensión de alimentos también se extenderá en caso que los hijos padezcan de alguna “incapacidad física o mental que los inhabilite para subsistir por sí mismos o que el juez lo considere indispensable para su subsistencia”.
Cómo solicitar la pensión de alimentos
Para tramitar tu solicitud de alimentos el primer paso es concurrir a un proceso de mediación familiar, trámite que es obligatorio. La mediación familiar es un método para resolver problemas entre personas, donde acuden a un mediador imparcial para buscar un acuerdo. En esta instancia, no es requisito comparecer con un abogado.
Si la mediación fracasa, se emite un “Certificado de Mediación Frustrada”. Este certificado habilita a quien solicita los alimentos, para presentar una demanda en el Juzgado de Familia. Si las partes logran un acuerdo: se emite un certificado con todo el contenido de lo convenido por las partes.
La demanda de alimentos se presenta ante el Juzgado de Familia del domicilio del alimentario o alimentante. En la demanda de alimentos, se debe incorporar el Acta o Certificado de Mediación Frustrada.
Cuando se presenta un divorcio de común acuerdo y hay hijos en común, las partes deben presentar un Acuerdo Completo y Suficiente al tribunal. Las partes de común acuerdo pueden fijar la pensión de alimentos a través de una escritura pública que tenga carácter de transacción extrajudicial.
Variación y Cese de la Pensión de Alimentos
La pensión de alimentos puede variar en el tiempo según las circunstancias que se presenten. Se pide un aumento de pensión de alimentos cuando lo que se paga no alcanza para cubrir los gastos del alimentario. Así como se puede solicitar aumento, el deudor tiene la facultad de pedir la rebaja de la pensión de alimentos. El cese de alimentos no es automático.
Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos
La Ley 21.389, que entró en vigencia en el mes de noviembre de 2022, creó el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos. El objetivo es mejorar el control y promover el pago de las pensiones de alimentos que se adeudan. En marzo de 2024, había más de 250 mil personas en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Estas personas tenían una deuda de más de 65 mil millones de pesos.
La ley 21.484, conocida Ley de Responsabilidad Parental y Pago de Alimentos, entró en vigencia el 20 de mayo de 2023. El foco está puesto en establecer mecanismos permanentes de pago de la deuda de pensión y mejorar el acceso a la información financiera de los deudores.
Incumplimiento de la Pensión de Alimentos
Antes de iniciar cualquier tipo de acción, quien persiga esta obligación debe solicitar la liquidación de la deuda. Esta información es clave para poder solicitar el cumplimiento forzado.
En caso de incumplimiento, el tribunal puede decretar una o más de las siguientes medidas:
- Arresto nocturno del o de la deudora, desde las 22:00 horas PM hasta las 06:00 horas AM, hasta por quince días.
- Arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno.
- Arraigo o prohibición para salir del país hasta que se efectúe el pago de lo adeudado.
- Oficiar al empleador, en el caso que el o la deudora sea trabajador dependiente, para que retenga de su remuneración, la suma correspondiente a la pensión alimenticia.
- Suspender su licencia de conducir hasta por seis meses.
- Retener su devolución de impuesto a la Renta.
- Embargar y rematar sus bienes hasta el pago total de la deuda alimenticia.
Tabla resumen montos mínimos pensión alimenticia (2023)
| Número de hijos | Monto mínimo |
|---|---|
| 1 | $184.000 |
| 2 o más | $138.000 por hijo |
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