El Sistema de Pensiones en Chile está diseñado para proporcionar una pensión a los afiliados en caso de vejez e invalidez, y otorgar pensiones de sobrevivencia a sus familias. La administración de los ahorros es realizada por instituciones llamadas AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones), que tienen como rol gestionar los aportes para otorgar las prestaciones previsionales.

¿En qué consiste el Sistema?

El actual Sistema de Pensiones se basa en la capitalización individual. Esto significa que cada trabajador afiliado efectúa mensualmente un aporte previsional del 10% de su sueldo, que es acumulado en una Cuenta de Capitalización Individual. Esta cuenta aumenta de acuerdo a los aportes que realiza el trabajador y a la rentabilidad obtenida con la inversión de sus fondos.

Estas instituciones cobran una comisión a sus afiliados por administrar sus ahorros, que es un porcentaje del sueldo imponible y varía de acuerdo a cada AFP. La afiliación a una AFP es obligatoria para los trabajadores dependientes. Por ley, la persona será parte de la AFP que gana la licitación que dura 24 meses y luego puede elegir si quedarse o cambiarse a otra, considerando la rentabilidad, monto de la comisión y servicios que te ofrece. Cuando el trabajador es parte del sistema antiguo de pensiones en regímenes administrados por el IPS, el cambio se hace de igual forma que los trabajadores nuevos.

El Sistema de Pensiones en Chile está integrado por tres pilares que funcionan en forma coordinada e interrelacionada: el Contributivo u Obligatorio, el Voluntario y el Solidario.

  • Pilar de Ahorro Contributivo u Obligatorio: En el Sistema de Capitalización Individual es administrado por las AFP y los trabajadores aportan mensualmente el 10% de su remuneración imponible, más una comisión por administración, la que va de manera íntegra a una cuenta a su nombre en el Fondo de Pensiones.
  • Pilar Voluntario: Es aquel que permite al trabajador hacer un aporte adicional al obligatorio con el fin de aumentar su ahorro previsional, con beneficios del Estado.
  • Pilar Solidario: Está pensado para evitar la pobreza en la vejez a través de financiamiento estatal, ayuda a quienes se encuentran en el 60% más vulnerable de la población, entregando pensiones y/o aportes a aquellas personas que tienen nula o escasa participación en el sistema y por lo tanto no pueden autofinanciar una pensión o esta es insuficiente. Este pilar se financia con los impuestos generales de la nación y los beneficios rigen a partir de los 65 años.

¿Qué beneficios otorga el Sistema de Pensiones?

El Sistema de Pensiones protege al afiliado ante la vejez y los riesgos de invalidez y muerte. La protección se efectúa mediante el otorgamiento de pensiones, que son pagadas directamente al afiliado por las AFP o una compañía de seguros, o bien, a los componentes del grupo familiar si éste fallece.

El afiliado tiene derecho a recibir una Pensión de Vejez cuando cumple la edad legal, estos es, 60 años en el caso de las mujeres y 65 años para los hombres. Una vez que el afiliado decide pensionarse debe acudir a su AFP y llenar la Solicitud de Pensión y la Declaración de Beneficiarios. La AFP pone a disposición del afiliado el certificado de saldos y lo envía en forma electrónica al Sistema de Consultas de Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP), un sistema electrónico de interconexión entre las AFP y las compañías de seguros de vida. El afiliado recibe un certificado de ofertas y montos de pensión para que pueda elegir la modalidad que más le acomode. Para estos trámites se puede contratar a un asesor previsional, que cobra una comisión por este servicio.

El monto de la Pensión de Vejez se determina como una proporción de los fondos acumulados. La invalidez puede ser total o parcial, teniendo en consideración la pérdida de la capacidad de trabajar que se haya sufrido. El monto de la Pensión de Invalidez total es equivalente a 70% del promedio de las rentas percibidas por el afiliado durante los últimos 10 años, debidamente actualizadas, de acuerdo con la inflación.

La Pensión de Sobrevivencia se confieren a la viuda o al viudo, a la madre o padre de hijos de filiación no matrimonial, a los hijos, y a falta de los anteriores, a los padres. Estas se financian del mismo modo que la Pensión de Invalidez.

Existen diferentes modalidades de pensión, entre ellas:

  • Renta temporal con renta vitalicia diferida: El afiliado opta por transferir parte de los fondos de su cuenta individual a una compañía de seguros de vida, a cambio de una renta mensual a contar de una fecha futura determinada en el contrato.
  • Retiros programados: El afiliado opta por mantener los fondos de su cuenta individual en la AFP, o bien, transferidos a la Administradora de Fondos de Pensiones de su elección y efectuar retiros mensuales con cargo a ésta.
  • Retiros programados con renta vitalicia inmediata: El afiliado opta por mantener un porcentaje de su fondo en su cuenta en una AFP y con ello obtener el pago de una pensión por retiro programado.

Las inversiones se rigen por normas legales de diversificación contempladas en el D.L. 3.500, que reducen el riesgo de los fondos.

¿Cómo se financia la Administración del Sistema?

A través del cobro de comisiones que determinan libremente las Administradoras sobre la base de criterios objetivos, con carácter uniforme para todos los afiliados, debiendo ser anunciadas públicamente. En la actualidad se encuentran operando en Chile un total de siete Administradoras de Fondos de Pensiones.

Las Administradoras son instituciones que deben constituirse legalmente como sociedades anónimas, rigiéndose por los cuerpos legales que regulan esta clase de sociedades. El capital mínimo para la formación de una AFP es el equivalente a 5.000 Unidades de Fomento, el cual aumenta en relación con el número de afiliados incorporados a la Administradora, hasta alcanzar 20.000 Unidades de Fomento.

El Fondo de Pensiones que administra la AFP es un patrimonio separado, distinto y completamente independiente del capital de la Administradora. Las AFP están obligadas, en forma individual, a obtener cierta rentabilidad mínima para sus fondos.

Los recursos de los Fondos de Pensiones sólo pueden invertirse, para obtener una adecuada rentabilidad y seguridad, en valores expresamente establecidos por la Ley.

Otras Funciones de las AFP

Además de rentabilizar fondos, las AFP desempeñan diversas funciones esenciales:

  1. Recaudan las cotizaciones previsionales para las cuentas que administran, incluyendo las cotizaciones obligatorias, voluntarias (APV), depósitos convenidos, ahorro voluntario y trabajadores de casa particular.
  2. Gestionan diariamente las cuentas de los afiliados y pensionados.
  3. Pagan las distintas prestaciones que establece la ley, como pensiones de vejez, vejez anticipada, vejez por trabajo pesado, invalidez total y parcial, sobrevivencia y especial de enfermos terminales, así como cuotas mortuorias y retiros anticipados de fondos para enfermos terminales.
  4. Realizan asesoría a afiliados.
  5. Pagan herencias cuando no hay beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
  6. Pagan beneficios estatales como el bono por hijo, bono de invierno y subsidio de salud.
  7. Ejecutan el cobro prejudicial y judicial de las cotizaciones previsionales de los trabajadores cuando el empleador no paga.
  8. Administran los traspasos entre las distintas AFP, del APV y de las cuentas de ahorro voluntario.

Las AFP son reguladas y supervisadas por la Superintendencia de Pensiones, que tiene potestad sancionatoria.

¿Cómo puedo aumentar mi ahorro?

Existen mecanismos para aumentar tu ahorro previsional:

  • APV (Ahorro Previsional Voluntario): Es un mecanismo que te permite ahorrar por sobre el 10% que ya cotizas, para así aumentar tu pensión o adelantarla. También el APV te puede ayudar para compensar periodos que, por distintos motivos hayas tenido sin cotizar (lagunas previsionales).
  • Cuenta 2 o Cuenta de Ahorro Voluntario: Es una cuenta que no está destinada a pensión, sino que es una opción para financiar proyectos de corto o mediano plazo, en donde puedes invertir en hasta 2 de los 5 multifondos.

Multifondos

Las AFP invierten de manera diversificada tus ahorros en diferentes instrumentos financieros en Chile y en el Extranjero, estos instrumentos forman los llamados Multifondos. La rentabilidad de cada Fondo no es fija ni está determinada por ley, está va cambiando de acuerdo con el rendimiento de las inversiones.

Existen diferentes fondos en los cuales puedes invertir tus ahorros AFP, conocido como multifondos, clasificados en las letras A, B, C, D y E. La elección del fondo adecuado dependerá del tiempo durante el cual tendrás tus ahorros invertidos y de tu tolerancia al riesgo. Por ejemplo, si eliges el fondo A, debes estar preparado para enfrentar periodos de rentabilidad negativa, sabiendo que con el tiempo se recuperará.

Es importante saber que el ahorro obligatorio en una AFP corresponde al 10% de tu renta imponible mensual, con un tope de 78,3 UF. Para garantizar una jubilación adecuada, se recomienda complementar el ahorro obligatorio con el APV.

Beneficios de Cotizar

Cotizar en una AFP ofrece varios beneficios:

  • Pensión: Al cotizar estás ahorrando para tu futura pensión, este es el beneficio más importante.
  • Seguro de invalidez y sobrevivencia
  • Seguro de Cesantía
  • Bono por hijo
  • Cuota mortuoria
  • Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades laborales

La Ley Protege Tus Ahorros

La Superintendencia de Pensiones (SP) es un organismo autónomo que representa al Estado y su objetivo es supervisar y regular al sistema de pensiones en términos jurídicos, administrativos y financieros. De esta manera, las AFP trabajan dentro de un marco de políticas de inversión establecidas por ley, siendo así instituciones seguras en donde puedes depositar tus ahorros y tu confianza.

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