El sueldo bruto es el monto total acordado con tu empleador antes de descuentos. El sueldo líquido es lo que realmente recibes “en el bolsillo”, después de descontar AFP, salud, seguro de cesantía, impuestos, etc. Ingresa el sueldo base, las gratificaciones, comisiones, bonos, AFP e Isapre y la información que necesites, para calcular el sueldo líquido, el cual será el que recibirás tú o tus colaboradores en el bolsillo.

¿Cómo Calcular las Cotizaciones Previsionales y de Seguridad Social?

Calcular cotizaciones previsionales es relativamente sencillo, aunque el proceso puede tornarse complejo cuando se trata de muchos colaboradores con diferentes tipos de haberes y contratos.

Componentes Clave para el Cálculo

  1. Cotización salud (Fonasa o Isapre): 7%, aunque puede ser mayor dependiendo del valor del plan. En ese caso, el descuento por salud será del valor pactado con tu Isapre, que puede ser mayor al 7% legal si eliges un plan más alto. El monto del aporte es determinado por la entidad que ofrece el plan.
  2. Cada AFP cobra una comisión distinta, por lo que el descuento varía según la administradora en la que estés afiliado.

Otros Descuentos y Seguros

  • Seguro de accidentes y enfermedades de trabajo: 0,90% de las remuneraciones imponibles, más una cotización adicional que varía en función de la actividad y riesgo de la empresa (no puede superar el 3,4% de las remuneraciones imponibles).
  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): desde enero de 2022 se aplica una tasa única del 1,85%.
  • Seguro de Cesantía: 2,4% o 3%, dependiendo del tipo de contrato del trabajador.

Ejemplo Adicional

Para nuestro ejemplo, supondremos que el colaborador tiene una cuenta APV en la que ahorra un 4% (incluyendo la comisión por administración de fondos), lo que correspondería a $26.120.

Consideraciones Importantes

En lo que a la gestión de remuneraciones respecta, el pago de cotizaciones es fundamental para cumplir con lo establecido en el artículo N.° 58 del Código del Trabajo, las cuales deben completarse dentro de los 10 primeros días del mes siguiente a aquel en que se realizó el pago de nómina.

Gratificaciones y Remuneraciones

¡Sí! Puedes incluir bonos, comisiones u otros ingresos variables en la calculadora para tener un resultado más exacto del sueldo líquido. Sí, si tu empleador paga gratificación legal, se considera parte de las remuneraciones y se incluye al calcular el sueldo líquido.

Cálculo Proporcional

Sí, siempre que ingreses correctamente el sueldo bruto correspondiente a tu jornada, el cálculo será proporcional.

Trabajadores a Honorarios y Cotizaciones Previsionales

A partir del 2012 con la reforma previsional, comenzó la obligación para que los trabajadores a honorarios realicen cotizaciones previsionales para pensiones, seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con la posibilidad de eximirse de dicha obligación para los años tributarios 2013, 2014 y 2015.

A partir de enero 2015, la obligación de cotizar no admitirá excepción y todos los trabajadores a honorarios deberán cotizar para pensiones y accidentes del trabajo.

Excepciones a la Obligación de Cotizar

Existen algunas excepciones a esta obligación:

  • Perciban rentas por Participaciones de Sociedad de Profesionales.
  • Estén afiliados a Instituciones del Sistema antiguo de Previsión: Capredena, Dipreca e IPS.
  • Mujeres que tengan 50 años o más y hombres que tengan 55 años o más, al 1 de Enero de 2012.
  • Hayan expresado su opción de no cotizar en el sitio web del SII.
  • Pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total.

Cálculo de la Renta Imponible

(*) Renta Imponible: Se considera el 80% de las rentas brutas gravadas por el art. 42, N°2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) obtenidas en el año calendario anterior a la declaración de dicho impuesto.

Cotizaciones Adicionales

  • X % comisión de la AFP.
  • 0,95% para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley N° 16.744, más una tasa adicional según cual sea la actividad desarrollada.
  • Se cotiza según se indica en la siguiente tabla.
  • A partir del mes siguiente a su incorporación, debe enterar mensualmente la cotización que el organismo administrador le haya señalado de acuerdo a su actividad.

Para acceder a las prestaciones de estos seguros, no es necesario un período mínimo de cotizaciones, pero sí se exige encontrarse al día en el pago de las cotizaciones.

Afiliación a Fonasa

Si decidiste pertenecer a Fonasa, la afiliación es automática, cuando eres trabajador dependiente (con contrato de trabajo).

Bonificaciones y Copagos en Fonasa

Luego de conocer el arancel o valor de la prestación o atención que recibirás, debes saber cuánto te bonificará Fonasa por cada prestación, y por tanto, cuánto deberás pagar tú en cada caso (copago).

Es muy importante considerar que las Normas Técnicas del Arancel del FONASA, contemplan topes para algunas de sus prestaciones, que debes tomar en consideración.

Licencias Médicas y Isapres

Las isapres reciben las licencias médicas y las autorizan o rechazan.

Herramientas de Simulación

No, esta es una herramienta de simulación. Para efectos legales o contables, siempre debes guiarte por las liquidaciones emitidas por tu empleador.

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