El contrato de trabajo es un acuerdo muy importante tanto para trabajadores como para empleadores en Chile. Es clave que un contrato de trabajo sea claro, completo y lo más importante conforme a la legislación laboral chilena. Formalizar la relación con tu primer empleado a través de un contrato de trabajo bien hecho es una inversión en profesionalismo y sostenibilidad.

1. Definición y Finalidad del Contrato de Trabajo

Según el Código del Trabajo, un contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada.

1.1. ¿Para qué sirve firmar un contrato de trabajo?

1.2. Cláusulas esenciales que debe contener un contrato de trabajo

Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse.

1.3. ¿Qué se requiere para poder modificar el contrato de trabajo?

1.4. Transformación de contrato a plazo fijo en indefinido

El contrato a plazo fijo se transforma en indefinido cuando llegada la fecha fijada para su término, el trabajador continúa prestando servicios para el empleador con su conocimiento. También se transforma en indefinido, cuando el contrato a plazo fijo se renueva por segunda vez, cualquiera sea el plazo fijado para su término, por cuanto la ley sólo permite renovar un contrato a plazo fijo una vez.

1.5. Obligaciones del empleador ante un contrato de trabajo

1.6. Obligaciones del empleado ante un contrato de trabajo

2. Tipos de Contratos de Trabajo

Dependiendo de sus especiales características, los tipos de contratos de trabajo se pueden sub-clasificar en atención a la jornada, a la duración del contrato, a especiales condiciones del tipo de trabajo prestado, entre otras, las cuales pasaremos a exponer en los siguientes párrafos.

Tipos de contrato según su duración:

  • Indefinido: Es el más común. No tiene una fecha de término establecida y se extiende mientras las partes mantengan vigente la relación laboral.
  • A plazo fijo: Este es un tipo de contrato que tiene una duración determinada y que no puede exceder de un año, o dos años si el trabajador tiene un título profesional o técnico.
  • Por obra o faena: Vinculado a una tarea específica o proyecto. Finaliza una vez que se completa la obra o servicio acordado.
  • Contratos artículo 22 inciso 2 del Código del Trabajo: El artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo, más que regular un tipo distinto de Contrato de Trabajo, regula un tipo especial de jornada respecto a los trabajadores. La diferencia en la jornada está dada por que este tipo de trabajadores no cuenta con la limitación de jornada de las 45 horas semanales, lo anterior en atención al tipo de trabajos que prestan.

Otros tipos de contratos:

  • Contrato a tiempo parcial: Jornada no superior a 30 horas semanales. Tiene reglas especiales en cuanto a jornada y remuneraciones.
  • Trabajadores de casa particular: Especial para labores de aseo, cocina, cuidado de personas, etc., realizadas en un domicilio.
  • Contrato de aprendizaje: Para jóvenes entre 15 y 24 años que combinan estudio y trabajo. Debe tener un plan formativo aprobado. "Tampoco dan origen a dicho contrato los servicios que preste un alumno o egresado de una institución de educación superior o de la enseñanza media técnico-profesional, durante un tiempo determinado, a fin de dar cumplimiento al requisito de práctica profesional.
  • Contrato para trabajadores migrantes: En el caso de este tipo de contratos se conjugan dos tipos de normativas especiales, primero la que regula a los trabajadores de casa particular, y por otra parte la que regula el trabajo de migrantes, y justamente es en este punto donde se presenta la mayor complejidad, puesto que para contratar a una persona migrante habrá que solicitar previamente una visa temporaria por motivos laborales en la cual se deben disponer ciertas cláusulas especiales que se refieren a la vigencia, régimen previsional e impuestos respecto del contrato. Por lo demás, habrá que tener muy en cuenta que la duración de la visa temporaria que debemos solicitar tiene su duración determinada por la duración del contrato de trabajo.

3. Contratos de Trabajo del Artículo 22 Inciso 2 del Código del Trabajo

3.1. ¿A quiénes está dirigido este tipo de contratos?

3.2. ¿Qué significa que en nuestro contrato de trabajo estemos sujetos al artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo?

3.3. ¿A qué se refiere con que no existe “supervisión superior inmediata”?

3.4. ¿Sí tengo artículo 22, puedo trabajar todos los días o se regula en el contrato de trabajo?

3.5. ¿Puedo trabajar más de 45 horas semanales si tengo artículo 22 inciso 2°?

3.6. ¿Qué puedo hacer si no se cumplen las características de un contrato con artículo 22?

4. Existencia del Contrato de Trabajo

El principio antes explicado es plenamente aplicable a las controversias relacionadas al contrato de trabajo, y en especial a la existencia del mismo, puesto que la creencia común es que si no firmamos un contrato de trabajo, o no nos entregan una copia del mismo no existe tal contrato, lo que es un error, puesto que para que exista contrato solo se requiere que se den determinadas características en la relación del empleador con el trabajador, siendo la más importante la denominada como “vínculo de subordinación y dependencia” que en palabras simples se puede entender como la potestad de mando de quien hace las veces de empleador y el deber de obediencia por parte de quien hace las veces de trabajador, así por ejemplo, la imposición de un horario de llegada y de salida, una vestimenta determinada, órdenes específicas, pagos, etc., dan indicios suficientes para acreditar la existencia de este vínculo y por consiguientes de la relación laboral.

4.1. ¿Es válido el contrato de trabajo de palabra?

4.2. ¿Cómo se demuestra su validez?

4.3. ¿Existe algún plazo para que se escriture?

4.4. ¿A qué me expongo como empleado si no suscribo el contrato?

4.5. ¿A qué se expone el empleador si no escritura ni suscribe el contrato?

5. Contrato de Trabajo para Extranjeros

A continuación expondremos acerca del contrato de trabajo para extranjeros, que, si bien en la normativa aplicable no difiere en nada del contrato para un chileno, se deben tener en cuenta una serie de factores para el empleador, como también para el trabajador extranjero.

5.1. Aspectos importantes para el extranjero al firmar el contrato

Al igual que cualquier persona que suscribe un contrato de trabajo, hay ciertos puntos clave en los cuales fijarse, como en la jornada, la hora de almuerzo o colación, etc. En este punto se establece que el empleador se compromete a pagar al trabajador y a los miembros de su familia, al término del contrato, un pasaje de regreso a su país de origen o al que acuerden las partes, según dispone la ley.

5.2. ¿Qué requisitos debe cumplir un extranjero para firmar un contrato de trabajo?

5.3.

5.4. ¿Cómo se da término al contrato de trabajo por parte del empleador?

5.5. Como empleado, ¿de qué manera le puedo poner término al contrato de trabajo?

5.6. ¿Cómo se comunica el término de contrato de trabajo?

5.7. ¿Qué hago si terminan mi contrato sin aviso previo?

6. Causales de Término del Contrato de Trabajo

Consiste simplemente en la renuncia, dejando el trabajador su empleo.

Causales de despido:

  • Faltas injustificadas: En palabras simples, consiste en que el trabajador falte sin motivo justificado durante dos días seguidos, dos lunes en un mismo mes, o un total de tres días en un mes.
  • Incumplimiento grave de las obligaciones: Se refiere a ciertas acciones que ponen en riesgo, y afectan gravemente el funcionamiento normal de la empresa, y que además son ejecutadas deliberada e intencionadamente por el trabajador.
  • Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten la seguridad o el funcionamiento del establecimiento: Se trata del caso usualmente llamado sabotaje del trabajador al empleador, para el cual la norma exige perentoriamente que debe ser un acto intencional.
  • Necesidades de la empresa: Esta es una causal más bien genérica, y se utilizará siempre que no sea posible enmarcar la conducta del trabajador en alguna de las otras causales. Podemos ver entonces que la aplicación de esta causal no tiene nada que ver con conductas del trabajador, sino que, con factores externos, que son muy variados y manipulables en función de poder utilizarlos.

Herramientas y Recursos Adicionales

Permite escriturar un contrato de trabajo (de duración indefinida o plazo fijo), a través del portal Mi DT. El trámite se puede realizar durante todo el año en el portal Mi DT. Escriba su RUN y clave única, y haga clic en “Continuar”. Complete las cuatro etapas: identificación de las partes, funciones y jornada laboral, remuneraciones, y otras estipulaciones y firma. Revise el documento de borrador del contrato, haga clic en “Enviar” y luego en “Sí”, para que el trabajador o la trabajadora reciba la notificación. Lea el documento, y haga clic en “He leído el contrato de trabajo y sus anexos”. Como resultado del trámite, el empleador o empleadora, y el trabajador o trabajadora habrán suscrito un contrato de trabajo electrónico.

Los empleadores y empleadoras podrán actualizar los contratos suscritos con los trabajadores y trabajadoras siempre y cuando se encuentren firmados por ambas partes. Los empleadores o empledoras podrán informar el término de la relación laboral solo si el contrato se encuentra en estado “firmado”.

Además, queremos contarte que puedes encontrar muchos otros formatos y modelos en la página web de la Dirección del Trabajo, que te dejamos aquí como referencia. Están disponibles en formato Word o PDF, listos para descargar.

Recomendaciones Finales

Define el perfil de cargo antes de contratar Tener claridad sobre el rol te ayudará a especificar correctamente funciones, jornada y expectativas. Firma digitalmente o en papel y entrega copia al trabajadorAsegúrate de conservar una copia firmada por ambas partes.

Cada empresa tiene su propia cultura, políticas y necesidades. Un contrato genérico puede no cubrir los puntos específicos del puesto o las expectativas de la empresa. Además, 👀 en algunos sectores tienen requisitos particulares que deben reflejarse en el contrato, así que hay que indicar este tipo de cosas también 😼.

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