El contrato de trabajo es un acuerdo muy importante tanto para trabajadores como para empleadores en Chile. A lo largo de este artículo, te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este documento y, además, te encontrarás con un formato descargable que podrás personalizar a tu gusto.
Importancia de un Contrato de Trabajo Detallado
Cada empresa tiene su propia cultura, políticas y necesidades. Un contrato genérico puede no cubrir los puntos específicos del puesto o las expectativas de la empresa. Además, en algunos sectores tienen requisitos particulares que deben reflejarse en el contrato, así que hay que indicar este tipo de cosas también.
Además, puedes encontrar muchos otros formatos y modelos en la página web de la Dirección del Trabajo, que te dejamos aquí como referencia. Están disponibles en formato Word o PDF, listos para descargar.
Derechos Laborales de Conserjes en Chile
Los mayordomos, conserjes, administradores y porteros de edificios y condominios están amparados; al igual que el resto de los trabajadores formales en Chile, por derechos laborales contemplados en el Código del Trabajo. Tener este tipo de empleos no los exime de obtener garantías, por ello también deben gozar de beneficios básicos que reconozcan su esfuerzo. ¿Conoces los que tienen carácter de obligatoriedad?
Remuneración
Por remuneración se entiende todo pago o contrapartida entre dos o más partes por la cesión de algún factor que le es necesario; es decir, es el precio que una parte abona a otra por haberle prestado unos servicios o activos. Al respecto, el Código del Trabajo establece que el salario es obligatorio y fijo. Este es pagado en dinero y en períodos iguales determinados previamente en el contrato; el sueldo que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria.
Además del sueldo, la gratificación forma parte de los derechos laborales que amparan a trabajadores de edificios y condominios. Se trata de un pago que forma parte de las utilidades con que el empleador beneficia el salario del trabajador.
Feriados y Descanso
Los derechos de cada trabajador están regulados por el Código del Trabajo, en donde se especifican todas las normativas legales para contratar a alguien según el tipo de oficio que ejerza. Esta normativa presenta algunas excepciones, ya que hay trabajos que necesitan continuar también los días feriados y domingos. ¿Qué ocurre con los conserjes de edificios y condominios?
Según lo establece el inciso segundo del artículo 38 del Código del Trabajo, las empresas exceptuadas del descanso en domingos y festivos pueden distribuir la jornada normal de trabajo en forma que incluya los días domingo y festivos. Para esto, es necesario al momento de contratar a los conserjes, especificar bien los días y horarios en los cuáles trabajará. De esta manera se podrá hacer turnos con los otros conserjes del edificio o condominio, permitiendo así, que descansen como corresponde y además que cumplan con las horas pactadas.
Los trabajadores que se desempeñan en otras actividades distintas del comercio, como es el caso de los conserjes de edificios, no tienen derecho a los feriados irrenunciables, por lo cual, si la jornada de trabajo pactada en sus contratos de trabajo se encuentra distribuida de lunes a domingo, deberán laborar los domingos y festivos.
Esto quiere decir que, en el caso de los conserjes de edificios y condominios, en sus contratos, se establece la jornada laboral y se hace presente que su trabajo se hace sobre un sistema de turnos.
Lo importante es que se respete la normativa impuesta por el Código del Trabajo, ya que el incumplimiento es sancionado monetariamente, pero también es fundamental que se vele por la seguridad, orden e integridad del condominio.
El Código del Trabajo contempla como derecho laboral el feriado anual también conocido como días de vacaciones. Para poder gozar de él, el reglamento establece que, como requisito, el empleado debe tener más de un año de trabajo.
El Código del Trabajo, además, señala que, por regla general, este feriado no puede compensarse con dinero. Debe ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles puede fraccionarse.
El trabajador aumenta su feriado anual en función de sus años de servicio. Debe contarse a lo menos con 10 años de trabajo. Aumenta en razón de un día por cada tres años de trabajo, por sobre los diez años ya señalados.
El trabajador cuyo contrato termina antes de completar el año de servicio, percibirá una indemnización equivalente a la remuneración íntegra calculada en forma proporcional al tiempo que medie entre su contratación o la fecha en que se entregó la última anualidad writingessayeast.com, y el término de sus funciones.
Cumplimiento y Protección de los Derechos Laborales
Los derechos laborales son obligatorios, el esfuerzo siempre debe ser recompensado. Aunque estas ordenanzas son contempladas en el Código del Trabajo no siempre se llevan a cabo como literalmente lo establece el reglamento, pues en los contratos adaptan sus ordenanzas a las situaciones particulares.
Aquellos trabajadores que sientan que sus derechos laborales están siendo vulnerados pueden acudir al asesoramiento de abogados laborales y exponer sus inconformidades.
Gratificaciones: ¿Cuándo son Obligatorias?
Para que el empleador esté obligado a pagar gratificación legal al trabajador deben cumplirse simultáneamente todos los requisitos que se indican a continuación:
- Que se trate de un establecimiento, ya sea minero, industrial, comercial o agrícola o cualesquiera otro, o bien que sea una cooperativa.
- Que el establecimiento o empresa persiga fines de lucro, vale decir persiga utilidades, salvo las cooperativas.
- Que esté obligado a llevar libros de contabilidad, y, por último.
- Que obtenga utilidades (ganancias) líquidas en el período anual respectivo.
Es fundamental que se especifiquen claramente las condiciones laborales en el contrato de trabajo para evitar conflictos y asegurar el cumplimiento de la ley.
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