El Seguro de Cesantía es un beneficio fundamental para los trabajadores en Chile que han perdido su empleo. A continuación, se detalla cómo retirar este seguro, los requisitos necesarios y otra información relevante.

¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?

Cada afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Esta cuenta se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles del afiliado. Si el afiliado queda cesante, puede retirar el dinero de esta cuenta en giros mensuales.

Requisitos para Retirar el Seguro de Cesantía

Para retirar el Seguro de Cesantía, es fundamental estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si no cumples con los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, o iniciaste tus labores como trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la AFC, utilizando tu ClaveÚnica.

¿Cómo Solicitar el Retiro del Seguro de Cesantía?

  1. Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no tienes clave, solicítala.
  2. Realiza la solicitud en la Sucursal Virtual de la AFC, utilizando tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Información Importante sobre las Cotizaciones

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Es importante recordar que las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.

Importante: Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Plazos y Pagos

La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud. Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.

Importante: Si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

Cartola del Seguro de Cesantía

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año:

  • Febrero: Cartola anual con los movimientos del año anterior (solo si hubo movimientos).
  • Junio: Cartola cuatrimestral de enero a abril.
  • Octubre: Cartola cuatrimestral de mayo a agosto.

Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.

Casos Especiales

A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

Obligaciones del Empleador

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Vigencia de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.

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