La pensión de alimentos es un derecho esencial para las niñas, niños y adolescentes en Chile. Sin embargo, con el tiempo, el monto de la pensión puede quedar desactualizado debido a la inflación, cambios en las necesidades del menor o variaciones en las capacidades económicas de los padres.

¿Qué es la reajustabilidad de la pensión alimenticia?

La reajustabilidad consiste en ajustar el monto de la pensión alimenticia para que no pierda su poder adquisitivo según vaya pasando el tiempo, es decir, que con el valor de la pensión de alimentos se pueda comprar hacía el futuro aproximadamente lo mismo que cuando fue fijada.

Todos sabemos que según pasa el tiempo las cosas van subiendo de precio, la idea es que con el monto de la pensión siempre se puedan comprar las mismas cosas, por lo que la pensión irá subiendo conforme sube todo lo demás.

La forma habitual de pagar los alimentos es en dinero. Si la pensión no fuera reajustada y fuera un monto fijo, el dinero se desvalorizaría y cada vez se podría comprar menos con la misma cantidad de dinero, pues las cosas, como ya dijimos, tienden a subir de precio.

Antes de explicar con más detalle este tema, aclararemos algo, por un error muy común hay un gran número de personas que piensa que el reajuste se aplica desde que se pide al tribunal, esto es un error, el reajuste se aplica siempre, se solicite al tribunal o no, lo que pasa es que si no se paga la pensión reajustada, este monto se acumulará como deuda en contra del que paga los alimentos, esto lo explicaremos con más detalle al final de este artículo.

¿Cómo se realiza el reajuste de la pensión de alimentos en Chile?

El reajuste de pensión alimenticia es fundamental para garantizar que las pensiones alimenticias se mantengan acorde a las necesidades de las niñas, niños y adolescentes y a las capacidades económicas de los padres.

La forma del reajuste de la pensión de alimentos dependerá de la forma en que esta se hubiese establecido.

Generalmente, este reajuste se establece en función de la Unidad Tributaria Mensual (UTM), un indicador económico que fluctúa mensualmente. La Unidad Tributaria Mensual es una medida tributaria que se actualiza de manera permanente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Si la pensión de alimentos fijada está basada en otros indicadores, como el Índice de Precios al Consumidor (IPC), es posible solicitar al tribunal de familia su conversión a UTM. Si la pensión de alimentos está fijada en pesos o en otra unidad con menos opción de reajuste, puedes solicitar la conversión a UTM de forma fácil y digital. Para este trámite no necesitas el patrocinio de un abogado o abogada experta en pensión de alimentos.

Tipos de reajuste de la pensión de alimentos

Como primer punto, nos gustaría aclarar que todas las pensiones se reajustan, absolutamente todas. El reajuste que se aplique a su pensión es el que se fijó en la sentencia del tribunal que la fijó o la que se estableció en la mediación o transacción de común acuerdo.

Actualmente todas las pensiones se fijan en U.T.M. ¿Qué es la U.T.M? La UTM se refiere a la «Unidad Tributaria Mensual». Es una medida económica utilizada en el país para diversos propósitos, pero en el caso que no interesa, sirve para calcular como se va reajustando la pensión. Esta medida sube todos los meses según vayan subiendo los bienes y servicios en el país y junto con ella sube la pensión alimenticia.

Si su pensión no está fijada en U.T.M. es conveniente que solicite la conversión al tribunal de familia. Aunque actualmente , desde noviembre del 2021, todas las pensiones se fijan en U.T.M. como ya fue explicado, hay muchas pensiones que fueron fijadas antes que cambiara la ley y tienen otro tipo de reajuste.

Los tipos de reajuste que existían antes que fuera modificada la ley eran principalmente 3:

  • La pensión se reajustaba por I.P.C. cada 6 meses.
  • La pensión se reajustaba por I.P.C una vez al año.
  • La pensión consistía en un porcentaje del sueldo mínimo.

El tipo de reajuste que se le aplicaba a la pensión, es el que se haya determinado en la mediación, conciliación, transacción o sentencia donde fueron fijados los alimentos, en la actualidad, como ya dijimos, todas se reajustarán según la variación de la U.TM. Volvemos a recomendar que si su pensión está expresada en I.P.C o porcentaje de sueldo mínimo, es conveniente que solicite su conversión a U.T.M.

Formas de fijar la pensión de alimentos:

  1. Monto fijo y único: El reajuste del monto se hará de acuerdo al IPC y puede aplicarse de forma anual o semestral según se haya acordado.
  2. Fijarla directamente en Ingresos Mínimos Remuneraciones: El reajuste se realizará en función de la variación del Ingreso Mínimo Remuneracional estipulado por ley. Por ejemplo, la pensión de alimentos se fijó en 2,5 Ingresos Mínimos Remuneracionales.
    • Fijarla en un porcentaje de un Ingreso Mínimo Remuneracional: Si la pensión se fija en el 50% de un Ingreso Mínimo Remuneracional, su reajuste también dependerá de la variación del Ingreso Mínimo Remuneracional.
  3. Porcentaje de los ingresos del progenitor que paga la pensión (alimentante): Esta forma de fijar la pensión es la menos recomendada para el beneficio del hijo, y prácticamente ya no se ocupa.

¿Cómo puedo saber a cuanto está actualmente mi pensión?

La duda de cuanto debo pagar o recibir de pensión, es sumamente frecuente, y por lo general, ni el que recibe los alimentos, ni el que los paga, tiene claridad en el monto. Pero no es tan complicado, se lo explicaremos según como fue fijado el reajuste.

Si la pensión fue fijada en U.T.M

Si la pensión alimenticia está en U.T.M. simplemente hay que multiplicar el número en que se fijó la pensión y multiplicarlo por el valor de esta misma U.T.M. en el mes que se paga.

Por ejemplo si la pensión fijada son 3,96 U.TM. y considerando que el agosto de 2023 el valor de la U.T.M. sería $ 63.199, la operación sería la siguiente: 3,96 X 63.199= 250.268 Entonces la pensión que correspondería a agosto de 2023 son $ 250.628 pesos en ese caso.

Cada vez que pague o reciba la pensión tendrá que averiguar cual es el valor de la U.T.M en el respectivo mes y posteriormente multiplicar el número en que su pensión fue fijada. Saber el valor de la U.T.M en el mes es fácil, solo tiene que buscarlo en línea.

Si la pensión fue fijada como Porcentaje del sueldo mínimo

Cuando la pensión fue fijada como porcentaje del sueldo mínimo se reajustará cuando el sueldo mínimo aumente, por lo general aumenta una vez al año y en algunos casos hasta dos veces. Esta pensión depende del sueldo mínimo, cuando este sube, la pensión también lo hace. Del ejemplo anterior podemos darnos cuenta que la pensión alimenticia mínima por un hijo en el año 2017 era de $105.600.

¿Cómo se solicita el reajuste de la pensión?

En realidad, no es que se solicite el reajuste, el reajuste se aplica siempre, lo que se solicita es el cálculo de la deuda de pensión alimenticia, que es conocida como liquidación de deuda.

En la liquidación de deuda se obtienen dos datos importantes, por una parte se sabe a cuánto está la pensión alimenticia actualmente y por otra parte que si se ha pagado menos por no considerar el reajuste cuanto sería la deuda.

Como recomendación, siempre es bueno estar asesorado profesionalmente para cualquier gestión que esté relacionado con tribunales.

¿Qué pasa si no se solicita el reajuste de los alimentos?

Si no se solicita el reajuste de la pensión, estos se siguen acumulando como deuda y cuando usted lo determine se podrá iniciar el procedimiento de cobro.

Deuda por reajuste de pensión alimenticia. Ahora, ya sabemos que el reajuste siempre se está aplicando, lamentablemente existe la mala costumbre de los deudores de alimentos, de pagar exactamente la misma suma que cuando le fijaron los alimentos sin considerar reajuste alguno.

En el caso anterior, la diferencia entre pensión pagada y la pensión reajustada, se va acumulando como deuda.

Por ejemplo, si la pensión fue fijada en $ 100.000 pesos en 2015 , por decir un año, y ahora la pensión es de $ 250.000, no solo se debe la diferencia de $ 100.000 pesos por el último mes, sino que la acumulación de todos los de saldos cada mes que subió desde el 2015.

Incumplimiento en el pago de la pensión

Es fundamental mencionar que el incumplimiento en el pago de la pensión puede llevar al ingreso del deudor en el Registro Nacional de Deudores. Este registro puede afectar gravemente la vida financiera y legal del deudor, restringiendo trámites y operaciones bancarias.

La ministra de la Corte Suprema Gloria Ana Chevesich explicó que "la Ley N° 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos permite convertir a Unidades Tributarias Mensuales las pensiones decretadas con anterioridad al 18 de noviembre de 2021 y que se encuentran fijadas actualmente en pesos, ingresos mínimos mensuales u otros valores.

Sanciones por no pagar la pensión de alimentos

La abogada Angela Masson, jefa del área de Familia de GrupoDefensa.cl, explicó que el padre o madre se arriesga a sanciones que van desde arresto nocturno hasta arraigo nacional.

El tribunal puede decretar una o más de las siguientes medidas:

  • Arresto nocturno del o de la deudora, desde las 22:00 horas PM hasta las 06:00 horas AM, hasta por quince días. Si cumplido el arresto, el o la deudora de alimentos deja de pagar la pensión correspondiente al mes siguiente, el tribunal puede repetir esta medida hasta obtener el pago total de la pensión de alimentos adeudada.
  • Arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno.
  • Arresto completo hasta por 30 días, en caso de que se den nuevos incumplimientos del deudor.
  • Arraigo o prohibición para salir del país hasta que se efectúe el pago de lo adeudado. También se puede solicitar el arraigo al tribunal cuando existan motivos fundados para estimar que el o la deudora se ausentará del país y no dejará garantía para el pago de la pensión regulada o aprobada por el tribunal.
  • Oficiar al empleador, en el caso que el o la deudora sea trabajador dependiente, para que retenga de su remuneración, la suma correspondiente a la pensión alimenticia para que la deposite en la cuenta del alimentario que corresponda.
  • Suspender su licencia de conducir hasta por seis meses.
  • Retener su devolución de impuesto a la Renta.
  • Embargar y rematar sus bienes hasta el pago total de la deuda alimenticia.

Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Es un registro electrónico creado por la ley 21.389 que tiene por objetivo articular diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos. Será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro). El Servicio de Registro Civil e Identificación será la institución a cargo de este registro.

La ley 21.389 estableció para el deudor de alimentos inscrito en el Registro de Deudores, las siguientes sanciones:

  • Si solicita un crédito bancario igual o superior a 50 unidades de fomento, el banco retendrá parte de los fondos, también se retendrán devoluciones de impuestos, dineros por venta de inmuebles o vehículos.
  • No podrán renovar licencias de conducir ni pasaportes.
  • No podrán recibir beneficios económicos como bonos del Estado (estos se destinarán al pago de las deudas).
  • Si es funcionario o funcionaria pública o de elección popular, la institución en la que trabaja le retendrá un porcentaje de su sueldo. Asimismo, están obligados a declarar su deuda en las “Declaraciones de Interés y Patrimonio”.
  • Se establece como una forma de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de la pensión de alimentos.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del o de la deudora despedido o despedida del trabajo.
  • Se establece como parte de la evaluación de idoneidad para adoptar menores de edad.
  • Si vende un vehículo o una propiedad se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Estas deudas serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

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