El sicariato, o asesinato por encargo, ha experimentado una notable evolución en las últimas décadas. Lo que antes era un fenómeno esporádico, ligado a disputas económicas o familiares, se ha transformado en una industria delictiva, impulsada por el narcotráfico y la creciente presencia de bandas criminales.

Orígenes del Sicariato en Chile

Durante la década de 1990, los crímenes por encargo eran raros y a menudo relacionados con rencillas económicas. La estructura era simple: alguien solicitaba a un tercero cometer un asesinato a cambio de un pago o beneficio.

Por ejemplo, en 1992, se atribuyó a un sicario el asesinato de un empresario que iba a heredar una cadena de supermercados. En 1996, un periódico tituló: "Mafioso pagó cien lucas a sicario para que le diera el bajo al socio", refiriéndose al homicidio de un ganadero motivado por fines económicos.

“Esta conducta criminal, en años anteriores, la veíamos vinculada a otro tipo de hechos”, dice el jefe de la Brigada de Homicidios Sur de la PDI, el subprefecto Jorge Abatte Reyes.

Con 28 años de servicio, y toda una carrera investigando homicidios, ha visto en todo este tiempo cómo el sicariato ha ido variando.

“Antes, en la historia policial chilena, se veía este delito relacionado con empresas o herencias. Estaban muy premeditados”, explica.

No obstante, también había otra gran arista: los delitos provocados por disputas intrafamiliares.

Por ejemplo, en Cañete durante 2001, una mujer y su hija de tres años fueron asesinadas brutalmente. Se descubrió que el victimario era un sicario contratado por el padre de la menor. El pago que prometió este último, de $ 200 mil, nunca fue concretado.

En 2004, la fiscalía de Parral acusó a una pareja de convivientes de contratar a un adolescente para asesinar al esposo de la mujer. Le habrían ofrecido en esa ocasión $ 600 mil, unos cinco sueldos mínimos.

Otro caso fue en Copiapó, en 2006: un minero fue asesinado por un sicario, que habría sido contratado por su hijo y su esposa, “cansados de malos tratos”, según publicó Las Últimas Noticias. Al victimario le pagaron $ 400 mil, tres sueldos mínimos del año, aproximadamente.

“Pero había muchos casos que no los cubría la prensa, o no se sabía en los medios, salvo que fuera demasiado escabroso”, asegura el subprefecto Abatte: “Esos casos quedaban en las carpetas investigativas y no llegaban a los medios de comunicación”.

"La Quintrala" y la Atención Pública

Con el correr de los años, y entrados los 2000, el sicariato obtuvo gran atención pública a partir de la causa de “La Quintrala”. Aquel caso, que acaparó portadas de diario y horas de pantalla, involucró a María del Pilar Pérez: dueña de una personalidad considerada psicopática por quienes investigaron el caso.

Pérez contrató al sicario José Ruz, el año 2008, para matar a su madre, hermana, cuñado y sobrina. Pero tras un confuso incidente, acabó muerto Diego Schmidt-Hebbel, economista y pololo de su sobrina. Luego, se supo que Ruz también mató al exesposo de Pérez junto a su pareja, por encargo de la misma “Quintrala”.

María del Pilar Pérez, "La Quintrala" MARIO DAVILA La trama de disputas familiares por herencias y traiciones, además de los aspectos psicopáticos de la mente detrás del crimen, le dieron a Pérez el apodo de “La Quintrala”. Aunque, según Gonzalo Ulloa, comisario del Instituto de Criminología de la PDI, no hay un perfil único para quienes terminan dedicados al sicariato.

“Puede ser un sujeto adaptado, que lleva una vida normal, pero por circunstancias específicas termina planificando o cometiendo un ilícito. O bien podemos hablar de un sujeto con alto nivel de psicopatía”, ejemplifica el psicólogo, que también agrega: “Aunque hablemos de un sujeto que no tenga una psicopatología establecida, claramente que tomar una decisión a partir de una resolución de conflictos de estas características sí habla de una medida desadaptativa, transgresora y antisocial, con elementos de sadismo y una nula valoración de la vida del otro”.

Tanto María del Pilar Pérez como José Ruz fueron condenados a cadena perpetua.

La Influencia del Narcotráfico

Desde mediados de los años 90, se registraron los primeros "ajustes de cuentas" entre grupos ligados al narcotráfico. En 1994, se habló de la fuga de la cárcel de Iquique de “El Peluca”, un criminal santiaguino que viajó al norte a cometer un homicidio y que era conocido por ser sicario del “Cartel de La Legua”.

En la década siguiente, un individuo de 25 años, vinculado años atrás al tráfico de drogas, fue asesinado de ocho tiros en una bencinera. Consumado el delito, el victimario se retiró del lugar caminando.

El 2007, otro caso salió a la luz: la banda narco “Los Cara de Pelota” urdieron desde la cárcel el intento de homicidio al fiscal regional Alejandro Peña. Pactaron $ 30 millones por el homicidio, según las pruebas que entonces presentó la fiscalía.

“En Chile, los asesinatos por encargo se instalaron hace más de 10 años, cuando comenzó a prosperar el negocio de la droga y junto con ello los fajos de billetes y la codicia”, precisaba La Nación Domingo en un reportaje el 2008.

“Así -sigue- se originaron las disputas por el control de territorios, secuestros extorsivos entre bandas de narcotraficantes, ‘mexicanas’ -quitadas de droga- y muertes con testigos asustados y mudos. Todo eso tuvo un nombre: ajuste de cuentas”.

En ese entonces, según datos que recabaron, vecinos de La Legua mencionaron la existencia de hombres que por 300 mil o 500 mil pesos eran capaces de asesinar. El salario mínimo entonces era de $ 159 mil.

En cualquier caso, en el mismo reportaje el jefe nacional de Homicidios de la PDI de entonces, Gilberto Loch, calificó estos crímenes como “poco frecuentes” y “lejos de llegar a la habitualidad”.

De ahí en adelante, el panorama cambió.

En marzo del 2015, “El Gotita”, joven de 17 años, murió abatido por tres balazos en plena población La Legua. Los pistoleros fueron sicarios contratados por una banda de narcotraficantes, según consignó La Tercera.

La peculiaridad del caso, según constató la fiscalía entonces, era que se trataba del primer crimen cometido en el país por sicarios colombianos: Mauricio y David Rendón. El primero trabajaba como mozo en un restorán en Vitacura. Y según dio cuenta el Ministerio Público entonces, era un asesino con antecedentes en su país. Ambos escaparon de Chile luego de cometer el crimen.

Ese caso fue un hito, según Álex Cortez, fiscal jefe de Alta Complejidad y Crimen Organizado en la Fiscalía Sur.

“Antes de ese crimen, no recuerdo uno igual”, resume. “Sí teníamos casos que tenían antecedentes de que podía existir sicariato. De hecho, los hay. Pero uno tan claro, no recuerdo haber tenido ni antes, ni después”.

El Tarifario de la Muerte

Para el subprefecto de la PDI Jorge Abatte, en la última década se empezó a ver una criminalidad distinta. Una que derivó en otro tipo de sicariato.

“Junto a la aparición de grupos ligados al narcotráfico -explica- se empiezan a generar muertes violentas entre bandas rivales. El móvil es el ajuste de cuentas y rencillas territoriales”.

Pero, sostiene, ya no contratan sicarios, porque los sicarios son parte de la misma organización.

Francisco Maffioletti, académico de la Facultad de Psicología UDP, respalda esta idea: “A la cabeza de estas organizaciones criminales están los autores intelectuales, que dentro de la estructura jerárquica tienen soldados que están a un nivel inferior en la cadena de mando, a quienes se les encargan estos crímenes”.

Ángela Vivanco, ministra y vocera de la Corte Suprema, agrega una idea más macabra: una industria de los delitos.

Ángela Vivanco “Lo que fue cambiando con el tiempo -denuncia- es que estos grupos o bandas empiezan a dedicarse a esto como una especie de industria delictiva, donde prácticamente hay un tarifario de cuánto cuesta encargarles a esas personas que cometan delitos”.

Para Vivanco, si bien antes estos delitos se veían a lo lejos, ha aumentado su frecuencia y violencia. Pero los precios por cometer un crimen, eso sí, llegan a sumas sorprendentes.

“Hay gente que ha cometido delitos por $ 100.000, otros por mayores cantidades. Depende del caso”, indica. Y sobre los sicariatos, si bien no tiene una cifra exacta, asegura que “por lo general es por menos de $ 1 millón”.

Es ese contexto el que explica que se puedan encontrar crímenes de este tipo en ciudades como Alto Hospicio, de la mano de bandas como El Tren de Aragua.

Según Maffioletti, la “proliferación de internet”, así como “el desvanecimiento de la frontera física, donde viajar a otro país es más fácil”, ha permitido la entrada del sicariato desde otras latitudes al país.

¿En qué incide la migración en este fenómeno? Vivanco es clara: “A mí no me gusta mezclar la idea de la migración con esto”. Entre otras razones, porque “es una discriminación que no merecen”. No obstante, enfatiza un punto: “Si dentro de los migrantes vienen delincuentes, bueno, el papel del Estado es separar la paja del grano, y decir ‘estos son delincuentes’ y estos otros vienen a trabajar”.

Eso sí, no existen cifras exactas de cuántos sicariatos se cometen en el país. Esto, porque no es un delito tipificado. Hoy en día un hecho de ese tipo se comprende como homicidio calificado con circunstancia de “por premio o promesa remuneratoria”. Las penas van desde 15 a 20 años de cárcel, a presidio perpetuo.

El comisario Ulloa, en cualquier caso, pone paños fríos: “En nuestra unidad no nos ha tocado una causa de sicariato. Eso da cuenta de algo: el número de estos casos, desde mi experiencia, todavía puede considerarse bajo”.

“Esto no se está cometiendo en malls, o cafés, como en otros países. No lo tenemos presente”, indica el prefecto Abatte.

Aunque sí revela una preocupación: “Sí estamos atentos a que ese fenómeno se nos podría enquistar”.

Lo mismo piensa Vivanco.

Un Caso Reciente: Los Ángeles

Moisés Bastardo Bastardo, un sicario venezolano, hizo un llamado mientras estaba preso en la cárcel de Concepción. Fue en la madrugada del 30 de abril de 2023. En esa llamada, Bastardo -que es el apellido con el que se identifica- le entregó indicaciones a Ley Betancourt, Reiner Valero y Jesús Ladera. Les dijo que dentro de la discoteque Knockout, en las afueras de Los Ángeles, estaba festejando César Dinamarca, alias “César Betino”. La orden del sicario fue que se dirigieran de inmediato a ese lugar: tenían que eliminarlo.

Por eso, los tres imputados, también venezolanos, se subieron a un Suzuki Swift. Manejaron desde la ciudad penquista hasta Los Ángeles.

El grupo entró a la discoteca y se acercaron a quien pensaban que era su objetivo. Tenían información de cómo andaba vestido, además de fotos. Lo reconocieron y abrieron fuego. El joven murió en el lugar.

El problema es que se equivocaron: la víctima fue un joven de 17 años que no tenía ninguna relación con ellos ni con el crimen organizado. Solo estaba celebrando allí.

Foto: captura cámaras de seguridad discoteca KO. Esto alertó a las policías y a la Fiscalía. Sobre todo al fiscal jefe de SACFI de la Fiscalía del Biobío, Michelangelo Bianchi. Venían hace rato tras los pasos de Bastardo. Su tesis era que tanto él como su grupo estaban detrás de una serie de homicidios en la ciudad: según cifras de Carabineros, entre el 2019 y el 2023 en Los Ángeles ocurrieron 71 homicidios. Esto la convirtió en la comuna de la región con más asesinatos.

Lo otro es que el Gran Concepción registra más que el triple de la población de Los Ángeles, que tiene un poco más de 200 mil habitantes según el Censo 2017. Pero, aún así, esta última es la comuna con la tasa de homicidios más alta del Biobío.

“Era tan así, que cuando la Fiscalía ECOH se constituyó en la región, Los Ángeles tenía tantos homicidios cada 100 mil habitantes como Arica”, dice el persecutor. La comparación no es al azar. Arica es una comuna fronteriza atemorizada por el Tren de Aragua, con casas de torturas y muertos enterrados bajo cemento. Pero Los Ángeles es una ciudad que Bianchi siempre consideró tranquila.

Pero eso cambió con la pandemia, cuando empezaron a aparecer muertos: un balazo en el rostro en marzo del 2020; otro baleado en mayo; al año siguiente, un emboscado acribillado al norte de la comuna.

A través de su investigación, Bianchi y su equipo concluyeron algo: había bandas de narcotraficantes chilenos contratando sicarios extranjeros. Por cada sicariato, dice Bianchi, había una respuesta. Esto fue creciendo como una bola de nieve: una banda manda a matar a un miembro, la otra manda a asesinar a otro, y así.

El jefe de seguridad de Los Ángeles, Jorge Rodríguez, dice que estas bandas se dedicaban a vender pasta base y cocaína. Lo otro que comenta es que antes de estos hechos, nunca habían visto sicariatos en la comuna.

El alcalde de la comuna, Esteban Krause (PR), dice que esa situación se salió de control. Tenían que enfrentar una guerra en su comuna. Y no estaban preparados.

El Proyecto de Ley para Tipificar el Sicariato

El día 04 de Julio del presente año ingresó a la Cámara de Diputados, el proyecto de ley que pretende tipificar el delito de sicariato en el Código Penal. La iniciativa es del diputado Gaspar Rivas Sánchez, quien considera que a pesar de que el sicariato se encuentra consagrado como una calificante en el artículo 391 del Código Penal, resulta necesario darle una figura tipificada en el Código.

Como se acaba de mencionar el sicariato en nuestro país se encuentra regulado en la figura del homicidio calificado en el número 1 del artículo 391 del Código Penal. De acuerdo a los autores Sergio Politoff, Jean Pierre Matus y María Cecilia Ramirez en el manual Lecciones de Derecho Penal Chileno: Parte especial, definen el homicidio simple como una figura residual que resultaría del cotejo de los arts. 390, 391 N°1 y 394 con el art. 391N°2 CP, en los siguientes términos: el homicidio simple consiste en matar a otro sin que concurran las condiciones especiales constitutivas del parricidio, infanticidio u homicidio calificado.

Esta definición corresponde entonces al delito de homicidio simple en Chile, por consiguiente el Homicidio Calificado o también conocido como delito de asesinato es una figura calificada del delito de homicidio simple, es una figura que por las circunstancias que se describen en el tipo penal en el número 1 merecen un reproche penal mayor.

En consecuencia siempre será catalogado como homicidio calificado las figuras que no configuren un homicidio simple, un parricidio o un femicidio y siempre que concurra al menos una de las cinco calificantes que se mencionan en el artículo, hablamos de, alevosía, premio o promesa remuneratoria, veneno, ensañamiento y premeditación. De este modo es como encontramos sancionado el Sicariato en Chile en el número 2 el cual señala ‘’por premio o promesa remuneratoria’’.

A pesar de que esta figura se encuentra regulada en nuestra legislación, es importante mencionar que es una calificante propiamente tal debido al especial móvil que supone, el cual es el lucro, con ello se refieren los términos ‘’premio o promesa remuneratoria’’, esta es la especial motivación que conlleva a que el ejecutor realice este homicidio encargado por el inductor (quien efectúa el encargo). Este lucro consiste en el pago que puede ser realizado antes o después de ejecutar el hecho y puede ser en dinero o apreciable en dinero, es decir, se acepta la posibilidad de que la remuneración sea con objetos siempre que se aprecien en dinero.

Siendo así el sicario es un asesino a sueldo o asalariado, es decir, una persona que comete el delito de homicidio para recibir a cambio un pago en contraprestación por sus servicios, que puede ser en dinero o bienes. La palabra sicario, por su parte, proviene del latín sicarius, que a su vez deriva de sica, que es una daga o espada corta que era utilizada por asesinos, pues era fácil de esconder.

Objeto del proyecto de ley

La idea que se plantea en la moción es ‘’Tipificar el delito de sicariato, esto es, el ofrecer, entregar, pagar, pedir, cobrar o recibir, personalmente o por interpósita persona, una cantidad de dinero o alguna especie susceptible de ser avaluable en dinero a cambio de cumplir el encargo de cometer un homicidio.’’ Así es como se busca crear una figura penal especial para el delito de sicariato, desligando el hecho punible del resultado de muerte, es decir basta solo la circunstancia de ofrecer o pagar, pedir o cobrar, para que se configure el tipo penal. Si a ello se le agrega la consumación del homicidio solicitado, la pena se aumentaría.

Es así como el pretendido artículo 391 bis quedaría de esta forma: ‘’El que por sí o por interpósita persona ofreciere, entregase, pagase, pidiese, cobrase o recibiese dinero o alguna especie susceptible de ser avaluada en dinero a cambio de cometer un homicidio será penado con presidio mayor en su grado medio. La misma pena se aplicará al tercero que, a sabiendas, actuase de intermediario o facilitador entre quien solicita y quien ejecuta el homicidio. En caso de que el homicidio solicitado resulte consumado, la pena aplicable para los intervinientes mencionados en el inciso anterior será la de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo. Si el homicidio se frustrase o bien quedase en grado de tentativa, se aplicarán las reglas generales establecidas en este cuerpo legal.’’

De esa forma se pretende sancionar este delito no solo cuando se configura el resultado típico que es la muerte, sino que también cuando el delito se encuentre en grado de frustración o tentativa, esto porque la norma actual solo sanciona el hecho punible cuando se da el resultado de muerte. Además no debemos olvidar que nos encontramos ante una figura que atenta contra el bien jurídico de la vida e integridad física y síquica de las personas. Es por ello que independiente de si este delito ha ido creciendo o disminuyendo en nuestro país, es importante considerar que el objetivo siempre de tipificar conductas será proteger los distintos bienes jurídicos que existen y en este caso se protege la vida y la integridad física y síquica.

Tipificación del Delito de Sicariato en legislaciones extranjeras

Las legislaciones latinoamericanas en su mayoría, no suelen contener el término sicario o sicariato en un solo delito, sino que lo contemplan en el tipo penal del homicidio agravado o calificado, al cometerse por encargo, o por precio o promesa remuneratoria.

  • El Código Penal de Perú contempla el delito de sicariato como tipo penal especial en el articulo 108-C, sancionando también la conspiración y el ofrecimiento para el delito en el articulo 108-D.
  • El caso de. Venezuela contempla el delito de sicariato en la Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo, cuyo artículo 44 dispone: Artículo 44: ‘’Quien cometa un homicidio por encargo o cumpliendo órdenes de un grupo de delincuencia organizada, será penado o penada con prisión de veinticinco a treinta años. Con igual pena será castigado quien encargue el homicidio.’’
  • El caso de Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador contempla una figura especial dedicada al sicarito, definido de la siguiente manera: Artículo 143.- Sicariato. ‘’La persona que mate a otra por precio, pago, recompensa, promesa remuneratoria u otra forma de beneficio, para sí o un tercero, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. La misma pena será aplicable a la persona, que en forma directa o por intermediación, encargue u ordene el cometimiento de este ilícito. Se entenderá que la infracción fue cometida en territorio y jurisdicción ecuatorianos cuando los actos de preparación, organización y planificación, sean realizados en el Ecuador, aun cuando su ejecución se consume en territorio de otro Estado. La sola publicidad u oferta de sicariato será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.’’
  • Mientras que los países que lo consideran parte de homicidio calificado son, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Uruguay.

Se concluye así que en la mayoría de los ordenamientos jurídicos de Latinoamérica no se tipifica como un delito autónomo sino que se encuentra inserto en el homicidio calificado, al igual que nuestro país hasta el momento, sin embargo aquello puede verse modificado por el presente proyecto de ley que busca darle una figura autónoma a este delito.

Conclusión

El sicariato ha evolucionado desde casos aislados a una industria criminal organizada, impulsada por el narcotráfico y la proliferación de bandas. La tipificación de este delito es crucial para proteger la vida y la integridad de las personas, y para combatir eficazmente esta creciente amenaza en la sociedad.

Aunque sí revela una preocupación: “Sí estamos atentos a que ese fenómeno se nos podría enquistar”.

Lo mismo piensa Vivanco.

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