A lo largo de la vida laboral, cada trabajador acumula una suma de dinero que integra el fondo gestionado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Este fondo está disponible para ser utilizado en caso de desempleo.
Ya sea por renuncia, cesantía o una situación similar, un empleado puede solicitar el Seguro de Cesantía y comenzar a recibir pagos de su Cuenta Individual, aliviando así la carga económica durante los meses de disminución de ingresos. En ciertas situaciones específicas, también es posible retirar los fondos de Cesantía bajo condiciones especiales.
Situaciones que Permiten el Retiro de Fondos
Según ChileAtiende, existen dos situaciones principales en las que se pueden retirar los fondos del Seguro de Cesantía:
- Cuando la persona se pensiona.
- Por fallecimiento del titular.
A continuación, se detallan los requisitos y el proceso para cada caso.
Retirar Fondos por Pensión
Si un pensionado mantiene saldo en su Cuenta Individual de Cesantía, tiene dos opciones para retirar los fondos:
- Realizar un solo giro de la cuenta, sin pagar impuestos.
- Traspasar parte o la totalidad de los fondos desde la Administradora de Fondos de Cesantía a su cuenta administrada por una AFP.
Este trámite se puede realizar en sucursales de la AFC o a través de la plataforma para afiliados, ingresando con RUN y Clave Única. Se deben adjuntar los siguientes documentos:
- Cédula de identidad vigente.
- Última liquidación de pago de la pensión.
- Certificado de pensión de AFP, caja de previsión social, Capredena, Dipreca o Instituto de Previsión Social.
- Dictamen ejecutoriado con timbre emitido por la comisión médica de la Superintendencia de Pensiones (pensión por invalidez total o parcial definitiva).
- Documento que acredita la rebaja de años por realizar trabajo pesado (pensión de vejez anticipada).
Es importante tener presente que quienes son pensionados por una AFP, no deben presentar ninguna documentación para realizar el trámite.
Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.
Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.
Retirar los Fondos por Fallecimiento del Titular
Cuando el trabajador fallece, el dinero acumulado en su Cuenta Individual se reparte a los beneficiarios designados en vida ante la Administradora de Fondos de Cesantía o a los herederos, quienes pueden retirar los fondos en un solo pago.
Para inscribir a los beneficiarios, se puede acudir a una sucursal de la AFC o utilizar la página web, ingresando con RUN y Clave Única. Se puede registrar a cualquier individuo, aunque no sea familiar, y asignar a cada uno un porcentaje.
Los receptores pueden completar el retiro en una sucursal de la Administradora de Fondos de Cesantía, portando la cédula de identidad y el certificado de defunción del afiliado.
Afiliación y Cotizaciones al Seguro de Cesantía
Cada afiliado a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. El empleador es quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado antes de esa fecha, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la AFC, con tu ClaveÚnica.
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
Importante: Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.
Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.
¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?
Para solicitar el Seguro de Cesantía, sigue estos pasos:
- Ingresa a la Sucursal Virtual de la AFC con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica.
- Si no tienes clave, solicítala en la Sucursal Virtual de la AFC con tu RUN y ClaveÚnica.
Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo, que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.
Importante: Si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.
Requisitos Adicionales para el Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Si no cumples con los requisitos para acceder al seguro regular, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Para acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) debes:
- Tener un mínimo de 12 cotizaciones registradas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido.
- Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado el beneficio del Seguro de Cesantía.
- Completar tu perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
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