El finiquito laboral es un documento importante al finalizar una relación laboral. A continuación, te explicamos qué se paga en un finiquito, qué considera cada uno de estos ítems y cuáles son las obligaciones laborales del empleador.
Elementos que Componen un Finiquito
El finiquito debe considerar los siguientes elementos:
- Remuneraciones adeudadas: El sueldo que aún no te han pagado. Por ejemplo, si trabajaste solo la mitad del mes, en tu finiquito te pagarán el sueldo correspondiente a esas dos semanas.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo: La Dirección del Trabajo indica que los empleadores deben avisar con 30 días de anticipación a los trabajadores que serán despedidos. En el caso de no avisar, se debe entregar una indemnización que corresponde a un mes de sueldo.
- Feriado anual adeudado: Este es el derecho a vacaciones y se considera tanto en el caso de despido como de renuncia voluntaria. Cada día de vacaciones que no fue tomado debe ser pagado.
- Feriado proporcional: En el caso que el trabajador lleve una cantidad de tiempo que incluye meses o días (8 meses, 4 años y 7 meses, y así), se deben calcular las vacaciones proporcionales que acumuló en ese periodo y que no tomó.
Cálculo del Finiquito
Es bueno saber cómo calcular el finiquito y qué debe incluir, pero eso no significa que sea necesario que lo hagas a mano. Existen herramientas y profesionales que pueden ayudarte con este proceso.
El Rol del Contador
Muchas veces, los contribuyentes creen que, por motivos de modernización en términos fiscales, solo requieren un software y llevar a cabo las tareas por medio de tecnologías, quitándole importancia al papel del contador. Sin embargo, hay que tener mucho ojo, ya que esto va mucho más allá.
Como contadores debemos aprender a reconocer cuánto debemos cobrar por servicios contables.
Tipos de Contabilidad
Las contabilidades son muy variadas.
- Contabilidad Financiera: cuando se requiere de un análisis más profundo de los estados financieros de la empresa para reconocer su situación económica actual.
- Contabilidad Tributaria: los servicios contables estarán destinados a la normativa de los tributos vigentes, donde la obligación de los contribuyentes recae con la entidad fiscalizadora, por lo que acá nos encontramos con servicios especializados.
Pueden existir muchos servicios especializados y específicos por parte de un contador.
Consideraciones Adicionales
Como te comentamos antes, hay diversos factores que pueden influir en el valor de los servicios. Recuerda que estos son valores estandarizados, de acuerdo a cómo se ha ido moviendo el mercado. Sin embargo, cada contador es libre de poner un valor acorde a su experiencia y calidad de servicio.
Además, debes considerar que independientemente sea con empresas de menor tamaño o grandes empresas, todas tienen distintos niveles de dificultad, por lo que el cobro también dependerá de esto.
Mantenerse actualizado con las herramientas tecnológicas contables, así evitarás errores y optimizarás el tiempo de trabajo. Siempre es bueno conocer más de la contabilidad y sus distintas gamas de trabajo. De esta manera, llegas a más clientes y puedes prestar más servicios.
Si llegaste hasta acá, ya estás listo para poner un precio a tus servicios profesionales como contador. ¡Así que manos a la obra!
Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
El proyecto estructura el Seguro de Accidentes del Trabajo y de Enfermedades Profesionales como un Seguro Social.
Ya en el año 1954, en nuestro ámbito continental la Conferencia Interamericana de Seguridad Social celebrada en Santiago estimó que este Seguro era social por naturaleza. Idéntico predicamento tuvo la misma Conferencia reunida en 1946 en Río de Janeiro. Pero fue especialmente en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a la presentación del informe Beveridge (Social Insurance and Allies Servicies) en donde se estructuró por primera vez en forma integral este seguro como un Seguro Social.
El que sea un Seguro Social implicará, pues, por una parte, que será la sociedad la que deberá contribuir al financiamiento del Seguro; que serán los estados de necesidad y la medida de los mismos los determinantes de las prestaciones; y que, por otra la administración del Seguro deberá realizarse por los instrumentos y organismos que la Sociedad señale para ellos y de acuerdo con las normas y reglamentaciones que se dicten.
El proyecto establece una cotización de cargo de la entidad empleadora equivalente a un 3,5% de las remuneraciones o rentas que se paguen.
En cambio el proyecto que se somete a la consideración del Honorable Congreso contempla como estimulante de la prevención, rebajas o recargos de la cotización para aquellas empresas que implanten medidas especiales de prevención o para aquellas otras que ofrezcan condiciones insuficientes de prevención, higiene y seguridad.
Consulta, también, el proyecto de la gran invalidez que caracteriza a quienes necesitan del auxilio de segundas personas para realizar actos elementales de la vida; para ella establece la prestación del 100% del sueldo base que puede ser aumentada hasta un 140%.
Sobre este principio de la unidad de la Seguridad Social, se ha especulado en múltiples sentidos.
La propia reforma del sistema inglés en 1959 puede ser una de las más elocuentes pruebas de la inconveniencia de la unidad administrativa. La experiencia de los países de centro Europa.
Con ello se pretende otorgar a cada persona todas las prestaciones de seguridad social en un mismo organismo.
Consulta, también, el proyecto el que sean organismos administradores de este seguro, las mutuales de empleadores sin fines de lucro.
Tanto la Organización Internacional del Trabajo como los distintos organismos internacionales relacionados con la seguridad social, han venido insistiendo con vehemencia sobre la obligación que asiste a la sociedad de rehabilitar a los inváidos.
El proyecto establece que si el accidentado es debido a culpa o dolo del empresario, habrá derecho, por parte de la víctima, a las prestaciones que establece la ley, sin que por ello se exonere al empresario de su responsabilidad, la cual se concreta en la indemnización que deberá pagar el organismo administrador de una suma equivalente a las prestaciones que este haya otorgado.
El dueño de la obra, empresa o faena, será subsidiariamente, responsable de las obligaciones que, en materia de afiliación y cotización, afecten a sus contratistas respecto de sus trabajadores.
Exceptúanse los accidentes debido a fuerza mayor extraña y sin relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima.
Artículo 15.- El seguro de Accidentes de!
Artículo 16.- La cotización adicional a que se refiere la letra b) del artículo anterior, la impondrá el organismo administrador, a aquellas empresas o entidades que acusen un índice de accidentes o enfermedades superior al normal de la actividad de que se trata, o cuyo costo por accidentes y enfermedades resulta superior al promedio de la actividad respectiva, o que, a su juicio, ofrezcan condiciones insuficientes de higiene y seguridad.
Articulo 19.- El régimen financiero del seguro será el de reparto.
Artículo 32.- El asegurado que sufriere un accidente que, sin incapacitarlo para el trabajo, le produjere una mutilación importante o una deformación notoria, será considerado inválido parcial en conformidad a lo dispuesto en los artículos precedentes.
Artículo 39.- La cónyuge superviviente mayor de 45 años de edad, o inválida de cualquiera edad, tendrá derecho a una pensión vitalicia equivalente al 50% de la pensión básica que habría correspondido a la víctima si se hubiere invalidado totalmente, o de la pensión básica que percibía en el momento de la muerte.
Artículo 46.- Las prestaciones de subsidios, pensión y cuota mortuoria, que establece la presente ley, son incompatibles con las que contemplan los diversos regímenes previsionales.
Artículo 47.- El pensionado por riesgo profesional que cumpla la edad para tener derecho a pensión de vejez, dentro del correspondiente régimen de previsión social, entrará en el goce de esta última de acuerdo con las normas generales pertinentes, siempre que renuncie a la pensión de que disfrutaba.
Si la nueva incapacidad ocurre mientras el trabajador se encuentra afiliado a un organismo administrador distinto del que estaba cuando se produjo la primera incapacidad, será el último organismo el que deberá pagar, en su totalidad, prestación correspondiente al nuevo estado que finalmente presente el inválido.
Artículo 58.- Durante los primeros ocho años contados desde la fecha de concesión de la pensión, el inválido deberá someterse a examen cada dos años.
Artículo 61.- Las empresas o entidades estarán obligadas a mantener al día los Reglamentos internos de higiene y seguridad en el trabajo y los trabajadores a cumplir con las exigencias que dichos reglamentos les impongan.
Artículo 68.- La entidad empleadora deberá denunciar al organismo administrador respectivo, inmediatamente de producido, todo accidente o enfermedad que puede ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte de la víctima.
Artículo 72.- Las acciones para reclamar las prestaciones por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales prescribirán en el término de cinco años contados desde la fecha del accidente o desde el diagnóstico médico de la enfermedad.
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