Al fallecer un afiliado, sus fondos acumulados en la AFP tienen un destino específico, priorizando la protección de sus seres queridos. Es fundamental conocer el proceso y los requisitos para determinar si eres beneficiario y acceder a los fondos correspondientes.

Destino de los fondos previsionales tras el fallecimiento

Los fondos que un afiliado reúne en su cuenta individual son de su propiedad. Al fallecer un afiliado, sus fondos se destinan a pagar pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios y, en caso de no tenerlos, a sus herederos. De no existir ninguno de los anteriores, los fondos del afiliado pasan a ser propiedad del Estado de Chile.

¿Quiénes son los beneficiarios y herederos legales?

Si tienes beneficiarios con derecho a pensión, la AFP les pagará las pensiones de sobrevivencia correspondientes. Si no los tienes, el saldo de tus cuentas en la AFP constituye herencia y se entrega a tus herederos legales después de tramitada la posesión efectiva, si correspondiese presentarla.

Beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia:

  • Cónyuge: Debe estar casado(a) hace 6 meses al momento de fallecimiento del afiliado no pensionado; llevar 3 años de matrimonio cuando el afiliado es pensionado; o si existen hijos comunes o la cónyuge está embarazada, solo se requiere estar casados, sin plazo.
  • Padre o madre de hijos de filiación no matrimonial, que acrediten ser viudo o soltero y vivir a expensas del afiliado a la fecha de siniestro.
  • Los hijos: Entendiéndose por tales los de filiación matrimonial, de filiación no matrimonial y adoptivos, que sean solteros y menores de 18 años de edad.
    • Si son mayores de 18 años, pero menores de 24 años, solteros, deben ser estudiantes de cursos regulares de Enseñanza Básica, Media, Técnica o Superior, en Chile o en el extranjero en instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación. La calidad de estudiante debe tenerla a la fecha de fallecimiento del causante o adquirirla antes de los 24 años de edad. Se considera también estudiante a aquel hijo que a la fecha del fallecimiento del causante o al cumplir los 18 años, se encontrara realizando práctica profesional como estudiante, efectuando el servicio militar o hubiera congelado sus estudios.
    • Los hijos inválidos tienen derecho a Pensión de Sobrevivencia, cualquiera sea su edad; para este efecto, la invalidez puede producirse después del fallecimiento del afiliado, pero antes de que cumpla 18 o 24 años de edad, según corresponda.

Herederos legales en ausencia de beneficiarios con derecho a pensión:

A falta de cónyuge o conviviente civil, a sus hijos de filiación matrimonial y/o no matrimonial. Hijos mayores de 24 años junto con cónyuge o conviviente civil. A falta de los anteriores, heredan parientes colaterales hasta el 6to grado.

Es importante destacar que los beneficiarios por ley no cuentan con las facultades para decidir el destino de dicha pensión al morir.

¿Cómo se realiza el trámite de herencia de fondos previsionales?

Las AFP son las entidades encargadas de pagar las herencias de fondos previsionales. Infórmese sobre el trámite de inscripción de beneficiarios o herederos en caso de fallecimiento del afiliado. Si el monto es superior a 5 UTA, se solicitará la posesión efectiva a quien resulte heredero.

Documentos requeridos para el trámite:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Certificado de nacimiento del afiliado(a), en el cual se señale el nombre de los padres.
  • Certificado de matrimonio o certificado de unión civil otorgado con posterioridad a la fecha del fallecimiento del afiliado o afiliada.
  • Resolución emanada del Servicio de Registro Civil e identificación o del auto de posesión efectiva de la herencia inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo.

Importancia de la herencia de los fondos previsionales

Estudios de opinión ciudadana dan cuenta de que las personas valoran ser dueños de sus ahorros previsionales y el carácter heredable que esos fondos tienen, lo que se ha reflejado también con el número de herencias pagadas en 2021 por las Administradoras: En total se entregaron 10.377 herencias por un monto total de US$209,95 millones y un monto promedio de $17,2 millones.

Año Número de Herencias Entregadas Monto Total (US$ Millones) Monto Promedio (Millones CLP)
2021 10.377 209,95 17,2

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