El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

¿Quiénes Pueden Ser Beneficiarias?

Para ser beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según el Registro Social de Hogares).
  • Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).

Requisitos Adicionales para Recibir el Pago

Para recibir el pago del bono, debes cumplir con lo siguiente:

  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

Renta Máxima Mensual (Pago Mensual)

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

¿Cómo Funciona el Pago?

Existen dos formas de pago: anual y mensual.

  • Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. Para el pago anual, debes percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
  • Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales, que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Para el pago mensual, debes percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348.

El pago se realiza de las siguientes maneras:

  • Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria. Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.
  • Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.

Es importante destacar que:

  • Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
  • Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.

¿Cómo Postular al Bono al Trabajo de la Mujer?

Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. Se puede postular los 365 días del año.

  1. El primer paso para postular es contar con Clave Sence. Si no la tienes, solicítala. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular.
  2. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica.
  3. Debes hacer clic en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
  4. Debes hacer clic sobre la opción “Postular”.

IMPORTANTE: Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.

¿Qué Hacer Si Tienes Problemas con el Pago?

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

  1. Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence.
  2. Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
  3. En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
  4. Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
  5. Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud.

Si ya tienes los documentos, ingresa al buzón ciudadano para hacer la solicitud.

Reintegro de Montos Percibidos en Exceso

Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual. Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)

En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido. Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.

¿Qué Pasa Si Tu Empleador Se Acoge a la Ley de Protección al Empleo?

En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).

¿Cómo Cambiar Tus Datos para Recibir Pago por Depósito?

Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo. Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.

Información Adicional para Empleadores

Es un beneficio en dinero que entrega el Estado a los empleadores(as) que contratan mujeres.

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

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