El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) del Sence ofrece hasta casi $650 mil a personas que cumplen con ciertos requisitos. Entre ellos, tener entre 18 y 24 años, pertenecer al Registro Social de Hogares y trabajar de manera dependiente o independiente.
Si quieres verificar si te corresponde el pago, debes ingresar tu RUT en la página web habilitada por el Sence.
Requisitos para ser beneficiario del SEJ
¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación? Para ser beneficiario, es importante cumplir con ciertos requisitos adicionales, como tener al día las cotizaciones de pensión y salud, y no trabajar en instituciones estatales o empresas con aporte estatal mayor al 50%.
¿Cómo y Cuándo Postular al SEJ?
Se puede postular los 365 días del año. Puedes postular al Subsidio al Empelo Joven durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Es importante que, si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
Pagos del Subsidio al Empleo Joven
Este beneficio se paga anualmente para trabajadores independientes, mientras que los dependientes pueden elegir entre pago mensual o anual. El monto varía según la renta percibida.
Pagos Mensuales
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Pago Anual
El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. El Sence informó que este 29 de agosto se realizará el pago anual a quienes lo eligieron.
¿En base a qué se calcula el monto del subsidio que recibiré?
- A mayor renta, el monto aumenta.
- El monto se mantiene constante.
- A mayor renta, el monto disminuye.
Extensión del Subsidio
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre. El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.
Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
¿Dónde solicito la extensión del SEJ? Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
¿Cuándo se realiza el pago después de haber hecho la solicitud de extensión del subsidio? En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
Requisitos para la Extensión
- Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
- El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
Otras Consideraciones
Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y SEJ/BTM
- ¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiario del Subsidio al Empleo Joven? En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
- ¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de SEJ si también soy beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado? No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
- ¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiario del Bono al Trabajo de la Mujer? En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG).
- ¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de BTM si también soy beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado?
Renuncia al SEJ/BTM
- En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ? “Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
- En caso de ser empleador, ¿qué debo hacer para renunciar a SEJ y/o BTM por mis trabajadores/as? “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
- En caso de ser ser trabajadora, ¿qué debo hacer para renunciar al BTM? Para renunciar al Bono al Trabajo de la Mujer, debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiaria del subsidio.
Fallecimiento del Beneficiario
- ¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ? Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
- ¿Qué debo hacer para solicitar montos de una familiar fallecida que fue beneficiaria del BTM? Para solicitar los montos de una beneficiaria fallecida del BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde, se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas
- ¿Qué pasa con mi pago mensual de SEJ si mi empleador me postula y soy beneficiario del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas? En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.
- ¿Qué pasa con mi pago mensual de BTM si mi empleador me postula y soy beneficiaria del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas? En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.
Información Adicional
- Si mi forma de pago es en efectivo, ¿cuánto tiempo tengo para retirar el monto del subsidio?
- ¿Qué es la reliquidación?
- ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso? La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
- ¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

