El proceso para retirar fondos de tu AFP puede generar dudas. A continuación, te explicamos cómo saber si tu solicitud ha sido aprobada y qué pasos seguir.

¿Quiénes Pueden Solicitar el Retiro de Fondos?

Los siguientes individuos pueden solicitar el retiro de fondos:

  • Quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.
  • Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.

¿Cómo se Calcula el Retiro?

Al momento de la solicitud de retiro, la AFP deberá calcular el monto correspondiente al 10% del saldo y expresarlo en cuotas. El valor cuota experimentará las variaciones propias del mercado.

El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (unos $ 4.300.000) y un mínimo de 35 UF (unos $ 1.000.000).

¿Cómo Saber Si Mi Solicitud Fue Aprobada?

Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Si fue aprobada, tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.

¿Qué Hacer Si Mi Solicitud Fue Rechazada?

Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones de por qué se rechazó su presentación. De esta manera, la persona corregirá los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.

Opciones de Pago

El retiro de fondos puede ser pagado de las siguientes maneras:

  • Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si no tiene una, se creará una automáticamente en la administradora en la que está realizando la solicitud.
  • Depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular como cuenta corriente, vista o de ahorro. También a cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. El solicitante del retiro deberá informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
  • Depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.

Retractación de la Solicitud

En este proceso existe la posibilidad de retractarse, pero el afiliado o beneficiario debe comunicarlo a su AFP antes de recibir el primer pago.

Comisiones y Descuentos

No, el retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.

Impacto en Beneficios Previsionales

La posibilidad de retirar los fondos de pensiones es un derecho excepcional que ha establecido la reforma constitucional aprobada por el Congreso y a quienes han hecho uso de ese derecho no les excluye de los otros beneficios previsionales.

El beneficio del retiro de fondos de pensiones de la cuenta de capitalización individual obligatoria no lo excluye de esa posibilidad.

El derecho a retiro de los fondos de la cuenta de ahorro obligatorio no le excluye de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) como es, por ejemplo, la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).

El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena.

Embargo de Fondos Retirados

No. La reforma constitucional establece que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.

Pensionados y el Retiro de Fondos

Los trabajadores y pensionados afiliados al actual sistema de pensiones y que registren fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias podrán solicitar el retiro de sus fondos.

Asimismo, podrán efectuar el retiro, los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.

Los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social, podrán retirar fondos.

Sí. La reforma constitucional estableció que podrán solicitar el retiro de fondos quienes estén recibiendo pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.

Sí.

Sí. El monto del retiro se calculará sobre el monto acumulado en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.

La solicitud de retiro de fondos se calcula sobre el total de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna.

Sí. Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L.

Sí.

Sí.

Sí.

Sí.

Recibo una renta vitalicia, pero tengo saldo en la AFP que me paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado. Sí.

Soy pensionado en la AFP. El valor de su pensión a través de la modalidad de retiro programado depende, entre otras variables, de los fondos acumulados en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias y de la tasa para el recalculo de la pensión.

No. Quienes están pensionados por renta vitalicia no podrán hacer retiro.

Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá. Sí.

Otros Beneficios y Situaciones

Si solicita el retiro de fondos y su solicitud de desafiliación es aprobada, el saldo total de su cuenta individual de cotizaciones obligatorias que se transferirá al IPS podría disminuir.

Sí, el monto del retiro se calculará sobre el monto acumulado en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.

¿Se pueden retirar los fondos del bono por hijo? Sí.

Solicité pensión de invalidez y la Comisión Médica Regional me calificó como inválido. El derecho al aporte adicional está relacionado con la tenencia de la cobertura del SIS.

Tengo una pensión ajustada a la pensión básica solidaria (PBS) o a la mínima garantizada. No.

No se aplicará deducción. Si el saldo se agota antes por efecto del retiro de fondos, la Garantía Estatal se otorgará antes.

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