Un aspecto clave en cualquier empresa es cumplir con las normativas que establece la ley en materias laborales. En este sentido, calcular el finiquito de forma correcta resulta esencial en el buen funcionamiento de tu negocio. Aprender cómo calcular un finiquito es fundamental tanto para empleadores como para trabajadores.
Antes de sumergirnos en los intrincados cálculos, es fundamental comprender qué es un finiquito. Según la definición oficial de la Dirección del Trabajo de Chile, el finiquito es «un acto por el cual un trabajador y un empleador ratifican o aprueban ante un Ministro de Fe el término de la relación laboral y su acuerdo con lo estipulado en un documento escrito denominado finiquito». Es un proceso que trae muchas preguntas, ya que hay que incorporar varios factores a la hora de generarlo y pagarlo.
Una vez que se finaliza el contrato, se deben pagar los haberes por consecuencia del término del contrato que se estipulan en el finiquito. Antes de pagarlo, se debe considerar si fue una renuncia o un despido, la causa del despido, si hubo o no aviso, entre otras.
El Finiquito es el reflejo de las condiciones en que termina un contrato de trabajo. Cada vez que termina un contrato, es obligación del empleador que exista un finiquito que dé cuenta de ese término de contrato. La importancia del finiquito es que libera a las partes (trabajador y empleador) de todas las responsabilidades que pudieran emanar del contrato de trabajo que originalmente los vinculó.
Para los empleadores, garantiza el cumplimiento legal y evita posibles litigios futuros. En Lofwork, creemos en la importancia de relaciones laborales transparentes y justas. Recuerda, el finiquito no es solo un trámite administrativo, es el reflejo del respeto mutuo y la profesionalidad que debe caracterizar toda relación laboral.
¿Cómo se Calcula el Finiquito en Chile?
El cálculo de finiquito implica la suma de diferentes elementos. Para calcular el finiquito es necesario saber los montos de los haberes por pagar e incluir aquellos montos extras pactados con anterioridad entre el empleador y el trabajador. De esta forma se procede al cálculo y realización del finiquito.
A continuación, se detallan los componentes esenciales y se proporciona un ejemplo ilustrativo, utilizando un trabajador con un sueldo mensual de $600.000:
Remuneraciones Pendientes
Representa el salario de los días trabajados por un empleado que faltan por pagar. Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados. Este punto es obligatorio en el calculo del finiquito y cualquiera sea la causal de despido es obligación por parte del empleador pagar al trabajador lo adeudado por concepto de remuneración.
Se debe dividir el sueldo mensual entre 30 y multiplicar el resultado por la cantidad de días trabajados que aún no han sido cobrados. En este caso lo que se hace es dividir el sueldo bruto (total haberes) del trabajador en 30 y multiplicarlo por los días trabajados.
En el ejemplo, si el trabajador trabajó 10 días desde su último pago y gana $20.000 diarios ($600.000/30), significa que las remuneraciones pendientes serán de $200.000.
Indemnización de Aviso Previo
La ley obliga al empleador a avisar con 30 días de anticipación a un trabajador que será despedido, de lo contrario, deberá pagar una indemnización equivalente a un mes de sueldo, siempre y cuando, el empleado no haya incumplido con su contrato. Corresponde a la indemnización que debe pagar el empleador si no dio aviso del término del contrato con al menos 30 días de anticipación.
En el cálculo del finiquito este punto podría no considerarse dependiendo de la causal. Revisa el detalle de causales de finiquito. En el caso de que si se considera solo aplica si no se cumple con un aviso de 30 días. En el caso que se cumpla se debe pagar sueldo base + comisiones + gratificación + colación + movilización.
Es equivalente a la última remuneración completa, con tope de 90 UF. Si se tiene sueldo variable el calculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses.
De este modo, en el ejemplo de cálculo de finiquito, se supondrá que el empleador no avisó al trabajador de su despido, por lo tanto, deberá cancelar $600.000 de indemnización.
Indemnización por Años de Prestaciones
Por cada año trabajado, el empleador deberá pagar al trabajador un monto equivalente al último sueldo mensual que recibió. En el calculo de finiquito, muchas veces este el punto mas apreciado por los trabajadores ya que normalmente es el punto donde mas dinero se percibe si es que se cumple con la causal correspondiente.
La indemnización considera 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses prestados continuamente al empleador. El monto de la indemnización tiene un tope de 90 UF en base al sueldo del trabajador y un tope de 330 días, osea 11 meses. Esto no aplica para aquellas personas contratadas antes del 14 de agosto de 1981.
En el caso de los meses sobrantes, estos se considerarán como un año extra solo en caso de superar los 6 meses, de lo contrario, no se tomarán como un año adicional para el cálculo de esta indemnización. Por ejemplo si el trabajador trabajó 5 años y 4 meses: se consideran 5 años.
Se supondrá que el trabajador del ejemplo permaneció en su empresa durante 5 años y 2 meses antes de ser despedido. Entonces, significa que se considerarán 5 años de servicio, que implica el pago de $3.000.000.
¿Cuáles son las remuneraciones que deben considerarse para calcular el monto de la indemnización legal por años de servicio?
Deben incluirse en la indemnización todos los pagos que esté percibiendo en forma mensual. Para determinar el monto de la indemnización por años de servicios y la sustitutiva del aviso previo se debe considerar el concepto de ""última remuneración"" que ocupa el artículo 172 del Código del Trabajo, que corresponde a todo lo que el trabajador está percibiendo por la prestación de sus servicios al momento de terminar el contrato, incluidas las imposiciones y las regalías o especies avaluadas en dinero, con exclusión de las horas extraordinarias, las asignaciones familiares y los beneficios o asignaciones que se otorguen en forma esporádica o por una sola vez en el año.
Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha señalado que si la gratificación es pagada mes a mes, sea la legal o convencional, debe incluirse en el cálculo de la indemnización por años de servicios por no corresponder a los beneficios que el legislador expresamente ha excluido. Lo mismo ocurre con las asignaciones de colación, movilización, de desgaste de herramientas e incluso los viáticos si tales beneficios son pagados en forma mensual.
Vacaciones Anuales
Un empleado con más de un año de trabajo tiene derecho de forma anual a 15 días hábiles de descanso pagados. En otras palabras, corresponde a una compensación de 15 días de vacaciones que se obtienen al año de trabajo. Esto quiere decir que si una persona no se ha tomado vacaciones por dos años y es finiquitado, se le deben pagar 30 días de vacaciones.
Así, en el caso de acumular vacaciones pendientes durante su etapa laboral, se le debe devolver el monto de dinero equivalente a estos días. La cifra obtenida será el número total de días hábiles feriados que le corresponden compensar al colaborador.
Para poder obtener las vacaciones o feriado proporcional en el cálculo del finiquito es necesario contar con las vacaciones que le corresponden al trabajador durante el periodo trabajado. Si consideramos los 15 días de vacaciones al año que tiene un trabajador por ley, podemos dividir estos 15 días en 12 meses y obtenemos 1,25 días de vacaciones por mes trabajado o 1,25/30 días por día trabajado.
Luego a esta cantidad de vacaciones obtenidas le restamos la cantidad de días de vacaciones que el trabajador ha hecho válidas. Entonces hasta ahora tendríamos vacaciones obtenidas - vacaciones gastadas. Ahora, para el cálculo del feriado proporcional del finiquito debemos tomar las vacaciones pendientes del trabajador y desde el siguiente día hábil de la fecha del finiquito contar todos los días hábiles, es decir contar los días saltándonos todos los sábados, domingo y festivos.
Si tenemos que un trabajador tiene 3 días de vacaciones pendientes y se finiquita un día jueves. Se contará: Viernes (día hábil 1), Sábado (día inhábil), Domingo (día inhábil), Lunes (día hábil 2), Martes (día hábil 3).
En el ejemplo, se dirá que el trabajador no acumuló días de vacaciones pendientes, por lo que este concepto no se considerará en su finiquito.
Feriados Proporcionales
Si un empleado no alcanzó a completar un año de servicio, tiene derecho a recibir una indemnización proporcional respecto al tiempo que trabajó. Corresponde a los días sábados y domingos, además de los festivos, que un colaborador obtenga durante su contrato de trabajo.
El monto de feriado proporcional se calcula inicialmente al dividir el número de días feriados a los que tiene derecho un trabajador durante el año (15) por el número de meses (12), resultando 1,25. Esta cifra se debe multiplicar por el tiempo en meses que trabajó el empleado entre el momento en que completó un nuevo año de servicio y su fecha de despido (en el ejemplo, 2 meses) y por el monto diario de sus remuneraciones (en el caso del trabajador del ejemplo, $20.000).
Para calcular en el finiquito el monto a pagar por concepto de feriado proporcional se suma el sueldo base + comisiones (o promedio de últimos 3 meses de comisiones en el caso de sueldo variable) por la cantidad de días de feriado proporcional.
Así, la indemnización por feriados proporcionales del trabajador será: 1,25x2x$20.000 = $50.000
Cálculo del Finiquito Total
De esta forma, al calcular el finiquito total del trabajador, el resultado corresponde a $3.850.000. ($200.000+$600.000+$3.000.000+$50.000)
Tabla Resumen del Cálculo
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Remuneraciones Pendientes | $200.000 |
| Indemnización Aviso Previo | $600.000 |
| Indemnización por Años de Servicio | $3.000.000 |
| Feriados Proporcionales | $50.000 |
| Total Finiquito | $3.850.000 |
Consideraciones Adicionales
- Es crucial mantenerse actualizado con la legislación laboral vigente.
- Un finiquito debe pagarse dentro de los 10 días posteriores de cuando sucede la desvinculación sea el caso que sea.
- El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes.
- El empleador debe de estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía del colaborador.
- Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe.
- Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
- Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
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