El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador. Cada vez que termina un contrato, es obligación del empleador que exista un finiquito que dé cuenta de ese término de contrato.
En Chile, el finiquito debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones. La importancia del finiquito es que libera a las partes (trabajador y empleador) de todas las responsabilidades que pudieran emanar del contrato de trabajado que originalmente los vinculó.
Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.
Componentes Clave del Finiquito
El finiquito debe contener varios conceptos que deben ser pagados al trabajador. El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.
1. Remuneraciones Pendientes
El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Este punto es obligatorio en el calculo del finiquito y cualquiera sea la causal de despido es obligación por parte del empleador pagar al trabajador lo adeudado por concepto de remuneración. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.
En este caso lo que se hace es dividir el sueldo bruto (total haberes) del trabajador en 30 y multiplicarlo por los días trabajados. Este punto es obligatorio en el calculo del finiquito y cualquiera sea la causal de despido es obligación por parte del empleador pagar al trabajador lo adeudado por concepto de remuneración.
2. Vacaciones Proporcionales
Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año. Sí. Si el trabajador tiene días de vacaciones acumuladas y no utilizadas, deben pagarse como parte del finiquito.
Para poder obtener las vacaciones o feriado proporcional en el cálculo del finiquito es necesario contar con las vacaciones que le corresponden al trabajador durante el periodo trabajado. Si consideramos los 15 días de vacaciones al año que tiene un trabajador por ley, podemos dividir estos 15 días en 12 meses y obtenemos 1,25 días de vacaciones por mes trabajado o 1,25/30 días por día trabajado.
Luego a esta cantidad de vacaciones obtenidas le restamos la cantidad de días de vacaciones que el trabajador ha hecho válidas. Entonces hasta ahora tendríamos vacaciones obtenidas - vacaciones gastadas.
Ahora, para el cálculo del feriado proporcional del finiquito debemos tomar las vacaciones pendientes del trabajador y desde el siguiente día hábil de la fecha del finiquito contar todos los días hábiles, es decir contar los días saltándonos todos los sábados, domingo y festivos.
Si tenemos que un trabajador tiene 3 días de vacaciones pendientes y se finiquita un día jueves. Se contará: Viernes (día hábil 1), Sábado (día inhábil), Domingo (día inhábil), Lunes (día hábil 2), Martes (día hábil 3).
Para calcular en el finiquito el monto a pagar por concepto de feriado proporcional se suma el sueldo base + comisiones (o promedio de últimos 3 meses de comisiones en el caso de sueldo variable) por la cantidad de días de feriado proporcional.
3. Indemnización por Años de Servicio
Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Se paga un mes de sueldo por cada año trabajado (con tope de 11 años), siempre que corresponda según la causal de despido.
Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio. Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.
Por ejemplo si el trabajador trabajó 5 años y 4 meses: se consideran 5 años.
4. Indemnización Sustitutiva por Falta de Aviso Previo
Es un monto que se paga cuando el empleador no avisó con 30 días de anticipación el término del contrato. Corresponde a una mensualidad del último sueldo del trabajador.
En el cálculo del finiquito este punto podría no considerarse dependiendo de la causal. En el caso de que si se considera solo aplica si no se cumple con un aviso de 30 días.
En el caso que se cumpla se debe pagar sueldo base + comisiones + gratificación + colación + movilización. Si se tiene sueldo variable el calculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses.
5. Indemnización por Conclusión de Obra o Faena
La indemnización de tiempo servido es un derecho a un pago en dinero para los contratos que terminan por la causal del artículo 159 N° 5 - Conclusión del trabajo que dio origen al contrato (obra o faena). Este pago es equivalente a 2.5 días de la última remuneración por cada mes y fracción superior a 15 días trabajado.
Consideraciones Adicionales
- Causales de Término del Contrato: El contrato solo puede terminar por una causa legal (artículos 159, 160 y 161 del código del trabajo). No hay otras causales. Determina la causal de término del contrato El finiquito varía según si el término fue por despido (con o sin justificación) o renuncia del trabajador. Sí. Puedes seleccionar la causal que aplique según el Código del Trabajo y el cálculo se ajustará automáticamente a lo que corresponde pagar según la ley.
- Sueldo Variable: Debe calcularse con el promedio de las últimas 12 remuneraciones. En ese caso, no se paga indemnización por años de servicio ni sustitutiva de aviso previo. Sin embargo, sí se deben pagar los días trabajados y vacaciones pendientes.
- Firma del Finiquito: El finiquito es un acuerdo entre ambas partes. Si el trabajador no firma el finiquito, el empleador no puede proceder a pagar la indemnización y no se podrá dar por terminado el contrato laboral formalmente. El finiquito es un documento crucial que garantiza que ambas partes, trabajador y empleador, han cerrado correctamente la relación laboral.
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