Este artículo explica cómo determinar la AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) de un fallecido en Chile y los requisitos necesarios para que los herederos puedan acceder a los fondos de la Cuenta de Ahorro Obligatorio.

¿Qué es la Herencia en el Contexto de la AFP?

Es el saldo de la Cuenta de Ahorro Obligatorio que queda tras el fallecimiento de una persona afiliada sin beneficiarios de pensión.

Requisitos Generales para la Herencia

Los requisitos dependen del monto de la herencia y del parentesco que existía entre el afiliado y los herederos.

Consideraciones Especiales para el Cónyuge

En el caso del cónyuge, si el fallecimiento se produjo antes de octubre del 2008, puede generar herencia; y si es posterior a esa fecha, es beneficiario de Pensión de Sobrevivencia.

Requisitos Según el Monto de la Herencia (Menos de 5 UTA)

Si la Herencia es por menos de 5 Unidades Tributarias Anuales (UTA), los requisitos varían según los herederos.

Si los Herederos son los Padres

Los padres deben presentar:

  • Certificado de Defunción del afiliado.
  • Certificado de Nacimiento del afiliado con el nombre de los padres.
  • Certificado de Matrimonio de los Padres del afiliado, si están casados, o de lo contrario se debe clarificar el estado civil de la madre del afiliado.
  • Declaración jurada notarial en la que se indique la calidad de soltero y sin hijos del afiliado.
  • Declaración Jurada en la cual se aclara si los padres eran o no cargas familiares de su hijo (si eran carga familiar deben presentar solicitud de Sobrevivencia).
  • Poder para Cobrar y Percibir dado a uno de los herederos (debe ser para AFP Capital).
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de más herederos.

Si los Herederos son los Hijos

Los hijos deben presentar:

  • Certificado de Defunción del afiliado.
  • Certificado de Nacimiento de los hijos con el nombre de los padres.
  • Certificado de Defunción de los padres.
  • Certificado de Defunción del cónyuge o certificado de matrimonio con la anulación, o la declaración notarial de soltería del afiliado.
  • Poder para Cobrar y Percibir dado a uno de los herederos (debe ser para AFP Capital).
  • En Caso de Ley 16.744 Resolución de Pensión.
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de beneficiarios, hijos inválidos.

Si existen hijas, se debe acreditar el estado civil notarial con dos testigos.

Requisitos Según el Monto de la Herencia (Más de 5 UTA)

Si el monto es superior a 5 UTA, se solicitará la posesión efectiva a quien resulte heredero.

  • Resolución emanada del Servicio de Registro Civil e identificación o del auto de posesión efectiva de la herencia inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo.
  • Cédula de identidad vigente.
  • Certificado de matrimonio o certificado de unión civil otorgado con posterioridad a la fecha del fallecimiento del afiliado o afiliada.
  • Certificado de nacimiento del afiliado(a), en el cual se señale el nombre de los padres.

Información Adicional

  • Infórmese sobre el trámite de inscripción de beneficiarios o herederos en caso de fallecimiento del afiliado.
  • A falta de cónyuge o conviviente civil, a sus hijos de filiación matrimonial y/o no matrimonial.

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