El Seguro de Cesantía es un beneficio económico al que se accede cuando un trabajador queda sin empleo. Se trata de un monto acumulado a lo largo de la vida laboral que es administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Si bien estos fondos son reservados para apoyar mensualmente al trabajador en caso de un eventual despido, hay algunos casos en los que se puede retirar su totalidad. Según ChileAtiende, hay dos casos para solicitar el retiro total de los fondos: que la persona pase a estar pensionada o que el titular fallezca, en cuyo caso los fondos serán repartidos entre los herederos de la persona. El procedimiento para realizar el retiro dependerá según el caso, y para conseguirlo, hay que cumplir una serie de requisitos.
Retiro de fondos por pensión
Si es que el afiliado pasa a ser pensionado, puede optar por dos opciones para retirar el dinero:
- Realizar un solo giro de cuenta, el cual no está sujeto a impuestos.
- Transferir la totalidad o una parte de los fondos de la Administradora de Fondos de Cesantía a su cuenta administrada por una AFP.
En cualquiera de las dos situaciones, el beneficiario tendrá que asistir a una sucursal de AFC o realizar el trámite a través de la página web de AFC. Para realizar el proceso, el beneficiario deberá hacerlo con los siguientes documentos:
- Cédula de identidad vigente.
- Última liquidación de pago de la pensión.
- Certificado de la pensión de alguna de las siguientes instituciones: Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), Caja de previsión social, Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o del Instituto de Previsión Social (IPS).
- Dictamen ejecutoriado con timbre emitido por la comisión médica de la Superintendencia de Pensiones (pensión por invalidez total o parcial definitiva).
- Documento que acredita la rebaja de años por realizar trabajo pesado, si se trata de una pensión de vejez anticipada.
Retiro de fondos por fallecimiento
En el segundo caso, el dinero acumulado por el titular fallecido es repartido entre los beneficiarios que el titular designó en vida ante la Administradora, o entre sus herederos, quienes podrán retirarlo todo en un solo pago. La inscripción de los beneficiarios puede realizarse presencialmente en cualquier sucursal de AFC o a través de la página web, donde se deberá ingresar con su RUT y Clave Única.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile. Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.
Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.
¿Cómo afiliarse al Seguro de Cesantía?
Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).
¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?
Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial. Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados. Si usted cumple con los requisitos para retirar sus fondos puede realizar el trámite de manera fácil y sin ingresar documentación en la Sucursal Virtual de afiliados y de manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales. Al elegir su método de pago, le pediremos su reconocimiento facial y que tenga a mano su cédula de identidad. *Si tiene una pensión distinta a AFP (IPS, Capredena o Dipreca), se le informará que puede ingresar un requerimiento en la sección “Mis trámites”. Puede hacerlo en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.
Consideraciones Adicionales
- Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.
- Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
- El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a).
- El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.

