El finiquito es el documento que formaliza el término de la relación laboral entre un trabajador y su empleador. Es crucial contar con una copia de este documento. A continuación, te explicamos cómo puedes obtenerla.
Obligaciones del Empleador
El empleador debe registrar el término del contrato de trabajo en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT), independientemente de la causal de término. Si estás de acuerdo con la información de tu finiquito y tu empleador ha cumplido con lo mencionado, el documento deberá ser firmado por el trabajador, y el empleador o sus representantes.
Dónde Obtener una Copia del Finiquito
Si necesitas una copia de tu finiquito, existen varias opciones:
- Solicitar a tu antiguo empleador: La opción más directa es solicitar una copia a tu antiguo empleador o empleadora.
- Inspección del Trabajo: Si el finiquito fue firmado en una oficina de la Inspección del Trabajo, puedes solicitar una copia presencialmente. Deberás asistir junto a tu empleador a una oficina de la Inspección del Trabajo, o en su reemplazo con su representante, quien debe contar con un poder simple.
- Notarías: En el caso de las notarías, debes consultar directamente si guardan una copia del finiquito de trabajo.
Finiquito Laboral Electrónico
La Dirección del Trabajo ha creado una herramienta computacional en su página web (Portal Mi DT) llamada Finiquito Laboral Electrónico para facilitar la firma y ratificación de finiquitos. Este sistema permite dejar constancia del término de la relación laboral, las obligaciones, los pagos relacionados y cualquier otro pacto derivado del término de la relación laboral. Una vez completado el proceso, tanto el empleador como el trabajador pueden obtener una copia del finiquito ratificado por la Dirección del Trabajo y la inspección.
Proceso para el Empleador
- Ingresa al sitio www.dt.gob.cl, Portal MI DT, a través de tu ClaveÚnica.
- Revisa tus datos de identificación y contacto, especialmente tu teléfono y correo electrónico.
- Ingresa al enlace “finiquito electrónico laboral” y completa el formulario electrónico “PROPUESTA DE FINIQUITO LABORAL”.
- Asegúrate de tener la información de individualización, contacto y bancaria del trabajador.
- Verifica que el pago de las cotizaciones previsionales del trabajador esté al día.
- Si el trabajador acepta la propuesta, recibirás una notificación a tu correo electrónico con las instrucciones para el pago.
- Tienes 5 días hábiles desde la aceptación del trabajador para realizar el pago.
- Recibirás una notificación una vez que la Tesorería General de la República (TGR) informe el depósito a la Dirección del Trabajo, indicando que el “FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO” está disponible en tu perfil.
- Si se detecta deuda previsional, rechazo de la propuesta, ausencia de respuesta o no pago, el proceso se cerrará sin acuerdo.
Proceso para el Trabajador
- Recibirás una notificación a tu correo electrónico informándote que tu empleador ha enviado una PROPUESTA DE FINIQUITO ELECTRÓNICO.
- Ingresa al sitio web www.dt.gob.cl, Portal MI DT, perfil trabajador, y haz clic en el enlace a finiquito laboral.
- Lee detalladamente el contenido de la oferta del empleador y el monto total propuesto.
- Eres libre de aceptar o rechazar la propuesta. Si no estás de acuerdo, puedes rechazarla.
- Si aceptas la propuesta, verifica que tus datos bancarios y de contacto sean correctos.
- Una vez aceptada la propuesta, se entiende que hay un acuerdo entre las partes.
- Si rechazas la propuesta, el proceso termina sin acuerdo, y puedes iniciar instancias de conciliación o reclamos.
- Desde la aceptación, la TGR informará el depósito y efectuará el pago en tu cuenta corriente o mediante cheque a tu domicilio tributario.
- Recibirás un correo electrónico de la Dirección del Trabajo informando que el “FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO” está disponible en tu perfil.
- Si no se realiza el pago, el sistema emitirá un acta de no pago, con la cual podrás requerir el pago ante un tribunal laboral.
- Debes ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro no son válidas para este trámite.
Consideraciones Importantes
- Ratificación: Para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal, quien debe firmarlo e indicar expresamente que el documento fue ratificado con alguna de las siguientes frases: “leyó y ratificó ante mi”, “firmó y ratificó ante mi”, “ratificó ante mi” o “leyó, firmó y ratificó ante mi”.
- Asesoría: El trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
- Pago en cuotas: Si ambas partes están de acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
- El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
- El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
Documentación Adicional
Además del finiquito, otros documentos pueden ser relevantes:
- Carta de renuncia: Firmada por usted y ratificada ante un ministro de fe. Además, es requisito demostrar que el empleador recibió el documento a través de la firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa. Es válida solo hasta los 30 días corridos desde la fecha de término.
- Carta de autodespido o despido indirecto: Firmada por usted.
- Contrato de trabajo menor a 30 días: si la relación laboral a plazo fijo es de hasta 29 días, el documento debe incluir claramente la duración y las horas pactadas de la relación laboral.
- Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: para labores sujetas a una faena o servicio específico. Debe incluir la firma electrónica del trabajador y del respectivo inspector del Trabajo. Si la causal de término indicada es art. 159 n°2 (renuncia voluntaria), también debe contar con la recepción del empleador.
- Conciliación ante la Dirección del Trabajo: Firmada por el empleador y usted, válida con la firma digital mediante ClaveÚnica del Estado.

