El sistema de capitalización individual obligatoria en Chile establece que los trabajadores deben depositar mensualmente un porcentaje de su remuneración en una cuenta personal en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Estos recursos están destinados a financiar la pensión futura del individuo al momento de su retiro y, en caso de fallecimiento, a proporcionar una pensión de sobrevivencia a sus beneficiarios.

Afiliación al Sistema de AFP

La afiliación es la relación jurídica entre un trabajador y el sistema previsional de capitalización individual en una AFP.

Este proceso es obligatorio y se mantiene durante toda la vida laboral activa de la persona, independientemente de si está empleado o no, hasta el momento de su jubilación.

Cuando una persona comienza a trabajar formalmente, ya sea como asalariado o independiente, debe ingresar al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP. Este proceso se conoce como afiliación.

Certificado de Afiliación

Este certificado se genera con información proporcionada por las siete administradoras de fondos de pensiones (AFP) que operan en el sistema y se actualiza al último día hábil del mes.

Traspaso entre AFP

Los afiliados al sistema de capitalización individual obligatoria tienen la libertad de elegir la AFP que gestionará sus fondos y pueden cambiarse cuando lo consideren conveniente, basándose en factores como la calidad del servicio, el precio y la rentabilidad.

Cotización Previsional Obligatoria

Cuando una persona comienza a trabajar, debe ingresar al sistema de capitalización individual en una AFP y realizar la cotización previsional obligatoria.

Fondos de Pensiones

Los trabajadores cotizan en sus cuentas de capitalización individual obligatoria en una AFP. Esta entidad invierte esos recursos para obtener retornos y, de esa manera, aumentar los ahorros acumulados por las personas para financiar su pensión futura.

El Ahorro Previsional Voluntario (APV), la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) y los depósitos convenidos son instrumentos complementarios que también ofrecen beneficios tributarios para fomentar el ahorro.

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Las AFP están obligadas a contratar, en conjunto, un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) para sus afiliados, debido a que los trabajadores pueden enfrentar situaciones de invalidez o fallecimiento.

Otros Beneficios y Subsidios

  • Asignación Familiar y Maternal: Monto de dinero que el Estado entrega a las trabajadoras embarazadas y a los trabajadores que sean beneficiarios de la asignación familiar, cuyas cónyuges se encuentran embarazadas.
  • Garantía Estatal de Pensión Mínima: Complemento a la pensión, que varía según las características y requisitos del beneficiario.
  • Subsidio previsional para trabajadores jóvenes: Subsidio destinado a incrementar el ahorro para la futura pensión a partir de la cotización de trabajadores en edades tempranas.

Trabajadores Independientes

Desde 2019, según la Ley N° 21.133, los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios deben incorporarse a los regímenes de protección social vigentes.

Deuda Previsional

Es posible consultar si existen cotizaciones impagas o deudas previsionales registradas por el empleador con la AFP o la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Desafiliación

La desafiliación es el proceso de dejar de pertenecer al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP.

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