La pensión alimenticia es un aporte económico, un derecho del menor, que uno de los padres, generalmente el padre, da al otro para ayudar en la manutención de los hijos comunes. En Chile, se rige por la Ley de Matrimonio Civil, la Ley de Filiación y la Ley de Tribunales de Familia y la Ley 14.908 sobre Abandono de Hogar y Pago de Pensión de alimentos.
1. ¿Qué es la Pensión Alimenticia?
Esta obligación no incluye sólo la alimentación. Tratándose de niños, niñas y adolescentes, incluye además la vestimenta, salud, vivienda, recreación, enseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna profesión u oficio.
1.1 ¿Quién Proporciona la Pensión Alimenticia?
La ley establece que cada padre debe pagar en la medida de sus fuerzas, lo que significa que uno puede pagar más que el otro dependiendo de sus ingresos.
1.2 ¿Cómo Acordar la Pensión de Alimentos?
Existen las siguientes formas para llegar a un acuerdo sobre la pensión de alimentos, algunas más formales y oficiales que otras:
- Acuerdo verbal: Esta es quizás una de las formas más comunes, fáciles y rápidas de fijar la pensión de alimentos cuando los padres deciden separarse.
- Acuerdo firmado ante notario por escritura pública: Firmar un acuerdo ante notario por escritura pública es una forma rápida y segura de fijar la pensión de alimentos y garantizar el pago en el transcurso del tiempo; evitando los costos y tiempo de un juicio por pensión de alimentos.
- Mediación: También se puede asistir a un centro de mediación para fijar la pensión de alimentos.
- Acuerdo completo y suficiente: Este es por lejos el acuerdo más completo al ser un documento legal que debe ser acreditado y aprobado por un juez. Este acuerdo, además de regular el monto y los plazos en que debe ser pagada la pensión de alimentos, regula también el régimen de visitas. A diferencia del acuerdo firmado ante notario, es más completo al regular aspectos que no están solo relacionados con la pensión de alimentos.
1.3 ¿Cómo se Determina la Pensión Alimenticia?
Esta se determina ya sea por una mediación o mediante un procedimiento judicial. Tú y el padre o madre de tu hijo(a) pueden concurrir directamente a un mediador privado o a los centros licitados.
La mediación es una instancia obligatoria en materia de alimentos, previa a la posibilidad de un juicio.
1.4 ¿Cuándo Necesitaré un Abogado para Pensión de Alimentos?
Para pedir la pensión de alimentos, es necesario contar con un abogado.
1.5 ¿Qué se Prueba en un Juicio de Alimentos?
La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio o declaración jurada.
1.6 Alimentos Provisorios
En la primera actuación judicial, el juez va a fijar el monto de dinero que el demandado deberá pagar para los hijos menores de edad mientras se tramita el juicio de alimentos y hasta que se dicte sentencia definitiva. En los meses en que el juicio de alimentos esté en curso, el juez dictaminará un monto de alimentos provisorios.
El incumplimiento en el pago de alimentos provisorios tiene serias consecuencias legales. Estos pagos son establecidos por un juez mientras se tramita una demanda de alimentos definitiva, y están diseñados para garantizar que el hijo o hija reciba el sustento necesario durante este período.
2. ¿Cómo se Calcula el Monto de la Pensión de Alimentos?
La fórmula para determinar el monto de la pensión de alimentos dependerá de si la persona demandada tiene uno o más hijos. Sin embargo, si quieres asegurar fehacientemente y de manera profesional que un cálculo de pensión alimenticia esté acorde al sueldo, edad, necesidad del niño o niña, entre otros; es necesario siempre consultar con un abogado experto que te respalde en este proceso jurídico.
2.1. Necesidades Económicas del Alimentario
Necesidades económicas de la alimentaria: esto significa que quien demanda por pensión alimenticia, ya sea a título personal o en representación (por ejemplo, la madre en representación del hijo) debe probar en juicio cuáles son las necesidades económicas que se tienen, las cuales por lo general corresponden a gastos básicos, colegios, recreación, movilización, salud, etc. Para determinar la capacidad económica de las partes se tienen en cuenta entonces las circunstancias domésticas de las partes como también si tienen otros hijos de los cuales hacerse cargo económicamente.
2.2. Mínimos y Máximos de la Pensión
2.3. ¿Se Puede Pagar Menos Pensión Que el Mínimo?
Si bien la ley establece estos montos mínimos y máximos de pensión de alimentos, muchas veces se fijan montos por debajo del mínimo.
3. ¿Quién Tiene Derecho a una Demanda por Pensión de Alimentos?
En esta sección hablaremos acerca de quiénes tienen derecho a pedir la pensión de alimentos, los tipos de pensiones existentes, los alimentos provisorios y la mediación familiar como requisito para iniciar una demanda de este tipo.
3.1. ¿Quién Puede Solicitar una Demanda por Pensión de Alimentos?
3.2. ¿Qué Tipos de Pensiones Alimenticias Existen?
3.3. ¿Qué Son los Alimentos Provisorios?
Los tiempos de tramitación y notificación de la resolución judicial, se traducen en varios días, tiempo incluso mayor a lo que se demora el proceso de mediación.
3.4. La Mediación
La mediación tiene por objeto llegar a un acuerdo extrajudicial sobre el monto de la pensión de alimentos, sin someterse a un juicio. En caso que las partes no lleguen a acuerdo, el mediador extenderá un documento llamado “acta de mediación frustrada”, el que deberá acompañarse obligatoriamente junto a la demanda cuando esta se presente.
Antes de iniciar una demanda judicial, los participantes están obligados a intentar una mediación previa y obligatoria, pudiendo abordar una o todas las materias que más adelante se señalan.
4. Mediación Familiar Obligatoria
Antes de iniciar el proceso judicial, el demandante y el demandado están obligados a pasar por un proceso de medicación. En caso que no exista acuerdo, el mediador entrega un Certificado de Mediación Frustrada.
- Agenda una hora en el sitio web de Mediación, también puedes hacerlo de forma presencial.
- Las horas presenciales pueden solicitarse directamente en los centros de mediación familiar licitados, que prestan el servicio generalmente de forma gratuita.
- Asimismo, también se puede optar a la atención de un mediador privado o mediadora privada, quien cobrará un arancel por la prestación de su servicio.
- A cualquier persona que tenga algún conflicto respecto de alimentos, cuidado personal o relación directa y regular.
Si te encuentras en algunos de los tramos de calificación socioeconómica, hasta el 90% inclusive de hogares con menores ingresos del Registro Social de Hogares del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, no necesitas otro documento.
Escribe tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en “Continuar”. Selecciona la opción de agendamiento, según disponibilidad del sistema. Como resultado del trámite, habrás agendado una hora para la mediación. Podrás verificar la creación de tu cita en "MiPortal", sección "Mis Causas". El sistema te enviará un correo electrónico con la información detallada de la cita.
5. ¿Hasta Qué Edad se Paga Pensión de Alimentos?
La pensión de alimentos se debe pagar hasta que tu hijo o hija cumpla 21 años. Por último, hay que saber que el pago de la pensión (o la acumulación de la deuda por no pagarla) puede extenderse hasta más allá de los 28 si es que nunca se solicita el cese de la pensión de alimentos. Es por esto, que es común encontrarse con casos donde hay hijos de 30 y tantos años, sin ninguna necesidad especial, recibiendo pensión de alimentos.
5.1. ¿Qué Pasa Si Tengo 18 Años y Quiero Exigir el Pago de la Pensión?
5.2. ¿Qué Pasa Si Soy Adolescente y Estoy Embarazada?
6. Incumplimiento en el Pago de la Pensión de Alimentos
Aquí te explicaré qué hacer cuando hay un incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos y las sanciones a las cuales se expone la persona que decide no pagar.
6.1. ¿Cuándo Hay Incumplimiento?
6.2. Liquidación de la Pensión Alimenticia
Para terminar con el incumplimiento de la pensión de alimentos, el primer paso es realizar la liquidación de pensión alimenticia. La persona a quien está nombre la libreta debe solicitar la liquidación en el tribunal de familia o directamente desde la oficina judicial virtual con su clave única. Una vez hecha la liquidación, el tribunal enviará una notificación de la liquidación practicada a quien está incumpliendo para que haga valer sus derechos.
6.3. Juicio Ejecutivo
Frente al impago de la pensión alimenticia (posterior a la liquidación y su notificación al deudor), se inicia una nueva causa en la cual se podrán hacer las solicitudes tendientes a cobrar la pensión de alimentos, se inicia por defecto un juicio ejecutivo para cobrar las pensiones que se adeudan.
6.4. Medidas de Apremio
Las medidas de apremio que se pueden solicitar son varias y las revisaremos en detalle en la siguiente sección.
7. Sanciones y Medidas de Apremio en Caso de Incumplimiento
En esta sección te contaré cuáles son las sanciones y medidas de apremio en caso de incumplimiento en el pago de la pensión, así como también las formas de evitar los apremios (aunque sea algo bastante obvio).
7.1. ¿Qué es un Apremio?
El legislador establece formas para proteger y garantizar el pago de esta prestación, y estos métodos son los apremios.
7.2. ¿Qué Clase de Apremios Existen?
- Apremio nocturno del deudor: este corresponderá cuando no se cumple con la pensión de la forma pactada, o si no se ha pagado una o más pensiones.
- Caución: el juez pide al deudor una garantía para el cumplimiento de la pensión. Esto en general se pide si acaso hubiera motivo fundado para pensar que quien está obligado se podría “ausentar” del país.
- Retención de la devolución anual del impuesto a la renta: este tipo de apremio debes solicitarlo al juez.
- Retención en las operaciones de crédito.
7.3. ¿Puede Decretarse Mas de un Apremio?
7.4. ¿Cómo Evitar los Apremio?
8. Modificación de la Pensión Alimenticia
La pensión alimenticia es esencialmente modificable. Es posible pedir un aumento por parte del alimentario o una rebaja o cese por parte del alimentante en cualquier momento. De la misma manera, también es posible solicitar provisoriamente un aumento, rebaja o cese de la pensión de alimentos.
8.1. ¿Cuándo Corresponde Aumento, Rebaja o Cese?
8.2. Variación de las Necesidades Económicas
Variación de las necesidades económicas de quien recibe el pago de la pensión: Esto ocurrirá cuando quien recibe el pago de la pensión de alimentos tiene más gastos que aquellos que tenía al momento en que se fijó la pensión de alimentos. Esto ocurre muchas veces en aquellos casos que se fija pensión en favor de niños que aún no van al colegio o jardín y que ya han crecido y por lo tanto necesitan pagar uno. También puede ocurrir la situación inversa si se desea pedir una rebaja por parte del obligado a pagar.
8.3. ¿Aplica También la Mediación Obligatoria en Estos Casos?
Sí. La mediación pública no tendrá costo para aquellas personas que tengan un ingreso autónomo per cápita inferior o igual a $884.961 pesos chilenos. Para solicitar la mediación pública debes agendar una hora en el Portal de Usuarios de Mediación Familiar.
8.4. ¿Dónde se Presenta Esta Demanda?
Obligatoriamente debe presentarse la demanda con el patrocinio de un abogado.
9. El Reajuste de la Pensión de Alimentos
Tal como se señaló, la obligación de pagar pensión de alimentos no se extingue una vez que los hijos hayan cumplido la mayoría de edad, terminado sus estudios o bien porque se encuentren trabajando.
9.1. Tipos de Reajuste
- Monto fijo y único: se hará el reajuste de acuerdo al IPC y se aplicará de forma anual o semestral según lo acordado.
- Fijarla directamente en Ingresos Mínimos Remuneraciones. Fijarla en un porcentaje de un Ingreso Mínimo Remuneracional: si la pensión se fija en el 50% de un Ingreso Mínimo Remuneracional, su reajuste también dependerá de la variación del Ingreso Mínimo Remuneracional.
- Porcentaje de los ingresos del progenitor que paga la pensión (alimentante): esta forma de fijar la pensión es la menos recomendada para el beneficio del hijo, y prácticamente ya no se ocupa.
Si no has pedido el reajuste de la pensión, ni solicitado la liquidación de la deuda, es probable que exista una deuda importante de pensión de alimentos debido a las variaciones ocurridas con el paso del tiempo.
10. ¿Dónde Presentar la Demanda?
La demanda por pensión de alimentos debe presentarse ante el Tribunal de Familia correspondiente del domicilio del alimentante o alimentario, a elección de este último, y siempre representado por un abogado o abogada que cuente con título válido.
10.1. ¿Por Qué se Crearon los Juzgados de Familia?
- La velocidad de respuesta de estos tribunales respecto los tribunales ordinarios es fundamental.
- Proporcionar a las partes instancias adecuadas para llegar a soluciones cooperativas.
- Abordar los conflictos familiares en su integridad, considerando los múltiples aspectos involucrados.
- Garantizar que el juez tenga un conocimiento directo e inmediato de los asuntos que conoce.
11. Casos Particulares
En esta sección hablaremos de casos particulares. En esta sección intentaremos responder algunas de las preguntas más frecuentes que hemos recibido al respecto.
11.1. ¿Por Qué No se Transfiere la Pensión?
En primer lugar, las pensiones alimenticias son un derecho personalísimo. Es por ello que, por ejemplo, si la pensión estuviera destinada a la madre como administradora del derecho, no se podría transferir a los abuelos automáticamente en caso de un fallecimiento de dicha madre.
11.2. ¿Pueden los Niños Recibir la Pensión Desde Sus Abuelos?
Según el artículo 232 del Código Civil, es obligación de los abuelos alimentar al hijo que carece de bienes para subsistir, por la falta o insuficiencia de ambos padres.
Proceso para Presentar una Demanda de Pensión de Alimentos
- Para presentar la demanda por pensión de alimentos ante el juzgado de familia correspondiente, los hijos deben tener menos de 21 años o estar estudiando una profesión u oficio y deben además comprobar su estatus mediante documentos. También se necesita, según corresponda, el certificado de alumno regular, comprobante de pago de matrícula o mensualidad del establecimiento educacional.
- Una vez que haya recopilado toda la información necesaria y hayas contactado con un abogado, es hora de presentar la demanda de pensión de alimentos.
- En la demanda, debe incluir información detallada sobre el caso, incluyendo los nombres y la relación entre el padre o madre y el hijo o hijos que recibirán la pensión, la situación financiera del padre o madre, y la cantidad que se está solicitando.
- Una vez que haya presentado la demanda, se programará una audiencia en el tribunal de familia. Durante la audiencia, el juez escuchará los argumentos de ambas partes y revisará la evidencia presentada. Después de escuchar todos los argumentos y revisar la evidencia, el juez tomará una decisión sobre la cantidad de pensión de alimentos que se debe pagar y cómo se debe realizar el pago.
- Una vez que se haya tomado una decisión sobre la cantidad de pensión que se debe pagar, es importante cumplir con la decisión del juez. Es importante recordar que no cumplir con la decisión del juez puede tener consecuencias graves.
El juicio tiene una duración aproximada de tres a seis meses.
Es importante recordar que la regulación de visitas es un derecho que ejerce el padre que no tiene el cuidado personal de los hijos, para que estos se relacionen con ambos padres.
¡Siempre es recomendable llegar a un acuerdo amistoso entre los padres!
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