Si eres trabajador o trabajadora independiente, o prestas servicios a honorarios sin retención en la operación de impuesto a la renta, es fundamental que conozcas cómo realizar tus cotizaciones previsionales, incluyendo el pago de tu AFP. A continuación, te explicamos el proceso detallado.
Afiliación al Sistema de Pensiones
La afiliación es la relación jurídica que se produce entre un trabajador y el Sistema de Pensiones. Las personas que se afilien por primera vez al sistema deben incorporarse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema.
Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.
Pasos para la Incorporación
Los dependientes que inician labores por primera vez deberán realizar esta incorporación dentro de los 30 días siguientes al inicio de labores. Deben suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP licitada. Tienen plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización. Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP que se haya adjudicado la licitación, en el momento que desee, con anterioridad o simultáneamente al primer pago de cotizaciones.
¿Cuánto Debes Cotizar?
El monto de tus cotizaciones se compone de:
- 10% para el Fondo de Pensiones administrado por la AFP.
- X % comisión de la AFP.
- 0,95% para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley N° 16.744, más una tasa adicional según cual sea la actividad desarrollada.
Se cotiza según se indica en la siguiente tabla.
Cálculo de la Renta Imponible
La Renta Imponible se considera el 80% de las rentas brutas gravadas por el art. 42, N°2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) obtenidas en el año calendario anterior a la declaración de dicho impuesto.
Pago de Cotizaciones y Seguro de Accidentes
A partir del 2012 con la reforma previsional, comenzó la obligación para que los trabajadores a honorarios realicen cotizaciones previsionales para pensiones, seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con la posibilidad de eximirse de dicha obligación para los años tributarios 2013, 2014 y 2015. A partir de enero 2015, la obligación de cotizar no admitirá excepción y todos los trabajadores a honorarios deberán cotizar para pensiones y accidentes del trabajo. En el caso de cotizaciones para salud la obligación rige a contar del año 2018.
- A partir del mes siguiente a su incorporación, debe enterar mensualmente la cotización que el organismo administrador le haya señalado de acuerdo a su actividad. Para acceder a las prestaciones de estos seguros, no es necesario un período mínimo de cotizaciones, pero sí se exige encontrarse al día en el pago de las cotizaciones.
¿Cómo Se Realiza el Cálculo en la Declaración de Renta?
El cálculo se realizará a partir de la información de los pagos previsionales pagados por el trabajador a honorarios, la cual es proporcionada al SII por parte de las AFP (cotizaciones para pensiones) y las Mutuales de Seguridad (cotizaciones para seguro accidentes del trabajo y enfermedades profesionales). Identificar el monto total pendiente de pago por cotizaciones previsionales. Este valor es el resultado de restar al monto total de las cotizaciones previsionales para pagar, los pagos que el trabajador pudiera haber efectuado en su AFP y/o mutual o Instituto de Seguridad Laboral correspondiente.
Afiliación Voluntaria al ISL
Si eres trabajador o trabajadora independiente, o prestas servicios a honorarios sin retención en la operación de impuesto a la renta, puedes incorporarte voluntariamente al Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web del ISL.
Importante: tu registro estará vigente hasta que presentes un documento que acredite tu afiliación a alguna de las mutualidades privadas.
Requisitos para acceder a las prestaciones del seguro de accidentes
Haber pagado, a lo menos, seis cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 12 meses anteriores al accidente o al diagnóstico de la enfermedad profesional.
Excepciones a la Obligación de Cotizar
Existen algunas excepciones a la obligación de cotizar, entre ellas:
- Perciban rentas por Participaciones de Sociedad de Profesionales.
- Estén afiliados a Instituciones del Sistema antiguo de Previsión: Capredena, Dipreca e IPS.
- Mujeres que tengan 50 años o más y hombres que tengan 55 años o más, al 1 de Enero de 2012.
- Hayan expresado su opción de no cotizar en el sitio web del SII.
Cómo Llenar la Planilla de Pago de Cotizaciones AFP Planvital
- Asegúrate de tener a mano toda la documentación necesaria, incluyendo el libro de remuneraciones y los contratos de trabajo de tus empleados.
- Verifica si existen descuentos adicionales o beneficios adicionales que deban ser considerados en la planilla.
- Recuerda que la cotización para la AFP es del 10% de la remuneración imponible, además de un 1.44% adicional para seguros de invalidez y sobrevivencia.
- Verifica que todos los datos sean correctos antes de enviar la planilla. Un error común es ingresar un RUT equivocado o errar en la base de cotización, lo que puede resultar en multas o sanciones.
Realizar el cálculo correcto de las cotizaciones previsionales es esencial para asegurar que tu futuro esté bien planificado y protegido.
Es crucial que realices una verificación final antes de presentar la planilla. Asegúrate de que todos los datos estén correctos y actualizados, ya que cualquier error podría repercutir en tu futuro previsional. Si cometes un error, debes corregirlo antes de enviar. El no pago a tiempo puede generar morosidad y multas.
¿Qué son los Excesos de Cotización?
Los excesos de cotización, también llamados excedentes de libre disposición, son montos adicionales que puedes haber acumulado en tu AFP por cotizar por sobre el tope legal permitido. Debido a haber sobrepasado el límite, el afiliado puede solicitar este exceso como una devolución a la administradora.
¿Por qué se Generan los Excesos?
Los excesos pueden generarse por diversas razones. Algunas de las más comunes son:
- Tienes más de un empleador y ambos hacen aportes sin saber del otro, superando el tope legal.
- Te descontaron cotizaciones desde bonos o gratificaciones que exceden el máximo imponible.
- Se pagaron planillas duplicadas por error.
- Eres trabajador independiente y realizaste pagos en exceso.
- La empresa pagó cotizaciones a nombre de alguien no afiliado a la AFP.
La mayor parte de los casos se produce porque el trabajador tiene dos empleadores, y aunque separados sus sueldos no alcanzan el tope imponible, juntos sí lo hacen, motivo por el que el trabajador aporta más que el tope imponible, entonces, genera excesos.
¿Cómo Saber si Tengo Excesos en mi AFP?
Puedes revisar si tienes excesos entrando a tu cuenta en el sitio web de tu AFP. En general, encontrarás una sección específica llamada "excesos" o "excedentes de libre disposición". Si no lo ves claramente, también puedes comunicarte con tu AFP y solicitar una revisión.
Procedimiento para Solicitar Pagos en Exceso
Para pedir la devolución, deberás llenar el formulario llamado "Solicitud de Devolución de Pagos en Exceso" y presentar algunos documentos, como:
- Liquidaciones de sueldo
- Contrato de trabajo
- Planillas de pago
- Finiquito
- Otros antecedentes que solicite la AFP
La administradora revisará la información y, si todo está en regla, procederá con la devolución. Si necesita más documentos, te lo notificará (normalmente por correo). La información será ingresada a la base de datos por parte de la administradora y solicita los fondos con base en la normativa vigente, determinando si corresponde o no la devolución, o si se requieren mayores antecedentes.
Una vez hecho el análisis, la AFP podría solicitar nuevos documentos, por correo certificado o los medios más propicios. Si es así, debes consignarlos a la brevedad posible.
Si corresponde la devolución de los fondos, la AFP girará un cheque nominativo a tu nombre o hará un depósito en alguna cuenta a tu favor por el monto de la devolución. Si no es procedente la devolución de fondos se te notificará vía correo (tradicional o electrónico). La AFP que recibe la solicitud tiene un plazo de 20 días hábiles para resolver el requerimiento de pago en exceso a partir del ingreso de tu solicitud.
Es importante considerar que la AFP podrá rechazar la solicitud luego de haber realizado un análisis en el que determinen que lo que solicitaste no corresponde a una devolución o en caso de que los antecedentes adicionales que ellos te hayan requerido no se hubieran remitido en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha en que notificaron este requerimiento.
¿Cómo Debes Cobrar el Exceso?
Si no pudiste cobrar el exceso a tiempo, no te preocupes: el dinero sigue en tu cuenta en la AFP. Una vez aprobada la devolución, podrás recibir el dinero de dos formas:
- Un depósito en tu cuenta corriente o de ahorro.
- Un vale visto a tu nombre.
Consulta directamente con tu AFP para saber qué métodos de pago están disponibles.
Plazos para Cobrar Excesos
Estos son los plazos que debes tener en cuenta:
- 20 días hábiles: es el tiempo que tiene la AFP para responder a tu solicitud desde que la presentas.
- 10 días hábiles: si necesitan más documentos, deben pedírtelos dentro de este plazo.
- 30 días hábiles: es el tiempo que tienes tú para enviar esos documentos adicionales.
- 5 días hábiles: una vez tomada la decisión, la AFP debe informártela en este plazo.
Cómo Cobrar Excesos de Cada Administradora de Fondos de Pensión
Cada AFP tiene su propio proceso y plataforma para solicitar los excesos. En general, son similares, pero te recomendamos revisar directamente en el sitio web de tu administradora:
- AFP Capital
- AFP Cuprum
- AFP Modelo
- AFP Habitat
- APF Provida
- AFP Planvital
- AFP UNO
Si tienes dudas sobre si cotizaste de más, vale la pena tomarte unos minutos y revisarlo.
TAG:

