La afiliación a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) es un proceso fundamental para asegurar tu futuro previsional en Chile. De acuerdo con la ley, la afiliación se define como la relación jurídica que se produce entre un trabajador y el Sistema de Pensiones.
Tipos de Afiliación
Existen diferentes tipos de afiliación a una AFP, dependiendo de tu situación laboral:
- Trabajadores Dependientes: Aquellos que inician labores por primera vez.
- Trabajadores Independientes: Aquellos que emiten boletas de honorarios.
- Afiliados Voluntarios: Personas que no ejercen una actividad remunerada pero desean cotizar.
- Jubilados que continúan trabajando: Personas jubiladas en el IPS que siguen trabajando como dependientes.
¿Cómo Afiliarse a una AFP?
Si recién comenzaste a cotizar o si estas pensionado y quieres seguir cotizando, acá te contamos cómo debes hacerlo.
Empezando la vida laboral
Si es la primera vez que cotizas, lo puedes hacer online, completando el formulario de solicitud de incorporación en la AFP que se adjudicó la licitación o en la más barata del momento si nadie se adjudicó la licitación. También está la opción de que lo hagas en la sucursal correspondiente a dicha AFP.
Si cotizaste en el sistema antiguo (dependientes antiguos)
Si cotizaste en el sistema antiguo y deseas cotizar en el sistema AFP deberás suscribir ante el representante de la AFP licitada (la que tenga menor comisión en ese momento) el formulario "Solicitud de Incorporación", junto con la solicitud de Bono de Reconocimiento.
Los trabajadores pueden cambiarse del sistema administrado por el IPS al de AFP cuando quieran, ya que no existe plazo máximo. Quedarás afiliado al sistema e incorporado a la AFP licitada a contar del primer día del mes siguiente a la fecha en que se suscribe la Solicitud de Incorporación.
La primera cotización debe ser pagada dentro de los primeros 10 días (o hábil siguiente) del mes subsiguiente a la solicitud de incorporación.
Si estás jubilado y quieres seguir cotizando
Si estás jubilado en el IPS (Instituto de Previsión Social) y continúas trabajando como trabajador dependiente, también puedes optar por el sistema de AFP suscribiendo una solicitud de incorporación en la AFP licitada. La primera cotización debe ser pagada dentro de los primeros 10 días (o hábil siguiente), del mes siguiente a la fecha en que suscribió la solicitud de incorporación.
Si eres trabajador independiente
Todos los trabajadores independientes que emitan boletas de honorarios con ingresos brutos anuales de 5 ingresos mínimos mensuales o más, equivalentes hoy a una renta anual de $1.505.000 aproximadamente deben cotizar según la nueva ley de cotizaciones para independientes.
Quedan excluidos a cotizar los hombres de 55 años o más y mujeres de 50 años o más al 1 de enero de 2018.
Los trabajadores a honorarios que no estén afiliados a una AFP, y que coticen por primera vez en el sistema, pasarán en forma automática a la cartera de afiliados de la AFP de menor costo.
Quienes ya estén afiliados a una AFP, verán reflejados sus aportes en su cuenta individual en la AFP a la que pertenecen.
AFP Licitada y Comisión
Las personas que se afilien por primera vez al sistema deben incorporarse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema.
Los trabajadores dependientes, independientes y aquellos que deseen incorporarse como voluntarios al sistema deberán incorporarse por 24 meses a la AFP que se adjudicó la licitación (actualmente AFP Uno).
Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.
Si ya está afiliado a una AFP y desea cotizar como afiliado voluntario, deberá cotizar en la AFP donde registra su cuenta de cotizaciones obligatorias.
Entre 0,49% y 1,45% de comisión de AFP.
Proceso de Incorporación
El proceso de incorporación a una AFP implica los siguientes pasos:
- Solicitud de Incorporación: Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP que se haya adjudicado la licitación, en el momento que desee, con anterioridad o simultáneamente al primer pago de cotizaciones.
- Plazo para Formalizar: Tienen plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización.
- Elección del Multifondo: Durante el proceso de incorporación a la AFP se debe elegir el multifondo en el que se acumularán los ahorros previsionales. Existen cinco alternativas: A, B, C, D o E.
Multifondos
Cada multifondo tiene un nivel de riesgo y rentabilidad diferente:
- Fondo A: Mayor rentabilidad esperada, pero mayor variabilidad por tener mayor proporción de inversión en renta variable.
- Fondo E: Menor variabilidad y rentabilidad esperada.
Sí. El afiliado voluntario podrá elegir el o los tipos de fondos en los que desea mantener su cuenta personal, manifestando su opción en la Solicitud de Incorporación.
Afiliados Voluntarios
Toda persona que no ejerza una actividad remunerada puede afiliarse a una AFP y enterar cotizaciones en una Cuenta de Capitalización Individual.
La Reforma Previsional del 2008 introdujo la figura del afiliado voluntario, dando la posibilidad a toda persona natural que no ejerza una actividad remunerada de enterar cotizaciones previsionales en una Cuenta de Capitalización Individual Voluntaria. Los recursos que se mantengan en dicha cuenta serán inembargables y los derechos y obligaciones respecto a ella serán los mismos que se apliquen para la Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria.
Para quedar incorporados por primera vez al sistema de AFP, deben suscribir la Solicitud de Incorporación en la AFP licitada.
También pueden cotizar como afiliados voluntarios los trabajadores independientes que no perciban rentas del artículo 42 Nº 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
No hay edad mínima para ser afiliado voluntario, por lo que los niños también pueden ahorrar para su pensión.
Luego del proceso de incorporación se pueden comenzar a realizar aportes a la cuenta del afiliado voluntario. Los aportes pueden ser realizados de manera mensual o anual y el aporte mínimo es el 10% de un Ingreso Mínimo para Fines No Remuneracionales.
Se debe enterar la cotización de afiliado voluntario y la cotización adicional, incluido el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. El pago puede ser mensual o mediante un solo pago por los 12 meses.
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