El cálculo de las remuneraciones es un tema crucial en el área del Capital Humano. Deriva de un contrato laboral (Plazo Fijo o Indefinido) y considera elementos que son ineludibles, como por ejemplo el pago de una determinada cifra por parte del empleador al empleado, ello de acuerdo con los servicios estipulados.
Diferencia entre Sueldo y Salario
La remuneración es la gratificación que recibe un trabajador a cambio de sus trabajos o servicios. Lo primero que debemos entender es que la disimilitud entre sueldo y salario tiene que ver directamente con el monto remunerativo que cobra el empleado.
Hablamos de sueldo cuando nos referimos a un tipo de remuneración fija que se había acordado previamente cuando el empleador ingresa a la empresa. Esta remuneración será la gratificación por ofrecer sus servicios en un tiempo definido o por realizar una determinada labor. Cuando nos referimos al sueldo, existe un periodo de tiempo en el que el trabajador irá recibiendo su pago. Un ejemplo de sueldo: el monto que recibe un ingeniero que tiene una jornada laboral de 8 horas y recibe $1.500.000 al mes.
Por ejemplo, un fotógrafo que no es contratado por la empresa con una remuneración fija, más bien se le pagará dependiendo de los trabajos que ejecute.
Impuesto Único de Segunda Categoría
El Impuesto Único de Segunda Categoría a los Sueldos, Salarios y Pensiones es un tributo progresivo que afecta las remuneraciones de los colaboradores que trabajan bajo contrato en la empresa. Es un impuesto que se paga mensualmente y se aplica a las remuneraciones obtenidas por servicios prestados bajo un contrato de trabajo.
Si bien todos los trabajadores dependientes (con contrato) están sujetos a este impuesto, el trámite ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) recae en el empleador. La razón por la que el Fisco pide que sean los empleadores quienes tramiten este impuesto, es que necesita asegurar que le paguen de alguna manera.
¿Qué es el Impuesto Único?
Es un tributo progresivo que se paga mensualmente aplicado a las remuneraciones obtenidas por servicios prestados bajo un contrato de trabajo.
¿Quién Paga Este Impuesto?
Todos tus trabajadores dependientes (con contrato) pagan este impuesto. Sin embargo, el trámite ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) lo haces tú como su empleador.
¿Qué Tipo de Renta Laboral Paga Este Tributo?
Según el artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), el impuesto aplica a:
- Sueldos
- Salarios
- Pensiones
- Dietas
- Gratificaciones
- Participaciones
- Otras asimilaciones y asignaciones que aumenten la remuneración pagada por servicios personales, montepíos y pensiones.
Los trabajadores independientes no pagan el impuesto único, pero sí tributan el porcentaje de retención que deben descontar cuando emiten sus boletas de honorarios y el Impuesto Global Complementario.
¿De Cuánto Es el Impuesto?
El monto es variable y depende de cuatro factores:
- Lo que indique la tabla tributaria del SII que hay que descontar cada mes.
- La base tributable de tu trabajador que se calcula en su liquidación de sueldo.
- Si su renta es diaria, semanal, quincenal, o mensual, según el contrato acordado con tus colaboradores.
- Si la renta supera una cantidad de unidades tributarias mensuales (UTM) definida por la ley, indicada en la tabla.
¿Cómo Calcular el Impuesto Único?
Para calcularlo, aplicas una fórmula que tiene tres variables:
- Base tributable
- Factor de la tabla del SII
- Cantidad a rebajar indicada por la tabla del SII
Según explican nuestros amigos del software de gestión de recursos humanos Buk, esta fórmula es:
(Base Tributable x Factor Tabla) - Monto a Rebajar Tabla = Total Impuesto a pagar
Ejemplo de Cálculo
Pagas a tu trabajadora un salario líquido de $800.000. Según la tabla del SII, este monto cae dentro del rango de renta líquida imponible de $786.348,01 y $1.747.440,00. Por ende, a este rango se le aplica un factor de 0,04. Según la tabla, la cantidad de dinero a restar a la base imponible es de $31.453,92. Entonces aplicas la fórmula:
(800.000x0,04) - 31.453,92
32.000 - 31.453,92 = 546,08
El impuesto único es de $546,08
¿Qué Remuneración No Paga Este Impuesto Único?
Las imposiciones obligatorias que se destinen a la formación de fondos de previsión y retiro, y las cantidades percibidas por concepto de gastos de representación.
¿Y Si Pagas Este Impuesto Fuera de Plazo Legal?
Perjudicas a tu trabajador y a tu empresa porque hay que pagar una multa:
- Según el artículo 53 del Decreto Ley N.º 830 sobre Código Tributario, el impuesto hay que pagarlo igual, pero reajustado según inflación (usando el índice de precios al consumidor) en el período comprendido entre el último día del segundo mes que precede al del vencimiento y el último día del segundo mes que precede al de su pago.
- Aplica un interés penal del 1,5% por ciento mensual por cada mes o fracción de mes de mora.
- Según el artículo 97 del mismo Código, este retraso conlleva una multa de un 10% del impuesto adeudado. Esta pena subirá en un 2% por cada mes o fracción de mes de retraso, pero tiene un tope: no podrá exceder el 30% de la deuda. Pero si el SII detectó que omitiste todo o parte de este impuesto en la declaración a propósito, la multa y su límite máximo serán de 30% y 60%, respectivamente.
¿Es Posible Recuperar Este Impuesto?
El SII explica que todo depende según lo que declare en la Operación Renta en abril todos los años y si alguna de estas rentas cabe dentro de las rebajas de rentas y créditos definidos en el Formulario 22:
- Línea 19, Código 750 (intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria del artículo 55 bis) o Código 740 (dividendos hipotecarios viviendas DFL 2); y/o
- Línea 20, Código 822 (20% Cuotas Fondos Inversión) y/o Código 765 (Ahorro Previsional Voluntario).
- Línea 38. Crédito por Gasto de Educación, artículo 55 ter de la Ley de la Renta.
¿Puedes Pagar una Mayor Cantidad de Impuesto Único?
Sí, siempre y cuando tu trabajador así lo apruebe, explica el SII. Normalmente, quienes hacen esto perciben remuneraciones por trabajar para más de dos empleadores. Este dinero extra puede ser rendido de dos maneras:
- Como su empleador, lo declaras a través del Formulario 29 y queda registrado como un Pago Provisional voluntario (PPM) del trabajador.
- Tu trabajador lo hace por su cuenta, a través del Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo.
¿Qué Pasa Si Mi Trabajador Tiene Más de Una Relación Laboral?
En este caso, a tu trabajador le conviene hacer una reliquidación anual de este impuesto durante la Operación Renta.
¿Tienes que Pagar Este Impuesto Si Eres Socio de Tu Empresa y Además un Trabajador Dependiente de Esta?
Así es.
¿Cómo se Calcula el Impuesto Único? Consejos para no Equivocarse
El cálculo es relativamente sencillo. Lo primero que debemos hacer es determinar la renta imponible de cada trabajador. El monto resultante lo usamos como base tributable, a la cual le aplicamos la siguiente fórmula:
(Base Tributable x Factor Tabla SII) - Monto a Rebajar Tabla SII = Impuesto único Total).
El Factor y el Monto por Rebajar los encontramos en una Tabla del SII que es actualizada cada mes.
Consejos para un Cálculo Preciso
Si aplicamos los siguientes consejos no deberíamos incurrir en errores:
- Calcular correctamente la renta liquida imponible: Para evitar errores en la ubicación del trabajador dentro de estos tramos, usualmente originados por una incorrecta clasificación de los ingresos tributables, debemos calcular la nómina de forma precisa y extraer para el cálculo solo el sueldo imponible.
- Mantenerse al tanto de las actualizaciones del SII: El Servicio de Impuestos Internos (SII) realiza cambios periódicos en los procedimientos, tarifas y lineamientos para calcular los impuestos. Debemos permanecer al tanto de éstos para no incurrir en errores por desconocimiento de las normas vigentes.
- Usar herramientas y software contable precisos: Es el más importante de todos los consejos para no cometer errores en el cálculo de Impuesto Único. Mediante herramientas digitales podemos llevar registros precisos de los ingresos tributables de cada trabajador, así como automatizar las deducciones de ley y la misma cuantificación del salario imponible. De hecho, más de un software contable nos permiten automatizar el cálculo del impuesto y realizar los respectivos registros contables para la posterior generación de estados financieros.
- Consulta con profesionales del área para asegurar un cálculo adecuado: Es normal que durante el proceso surjan dudas o situaciones que lo complejicen. Por esta razón, nunca está de más buscar asesoramiento de contadores que sepan a la perfección cómo se calcula el Impuesto Único. Ellos proporcionarán orientación personalizada y garantizarán un cumplimiento tributario sin errores.
¡Listo! Solo nos queda presentar la declaración y pago en las fechas establecidas por la autoridad.
Haberes Tributables vs. Imponibles
Aunque están estrechamente relacionados con los imponibles, los haberes tributables guardan cierta diferencia. Para empezar, hacen referencia a los ingresos afectos al Impuesto Único de Segunda Categoría a los Trabajadores, regulado en la Ley del Impuesto a la Renta (LIR).
Al respecto, el numeral 1 de artículo 42 de la LIR señala que se aplicará, calculará y cobrará un impuesto sobre “sueldos, sobresueldos, salarios, premios, dietas, gratificaciones, participaciones y cualesquiera otras asimilaciones y asignaciones que aumenten la remuneración pagada por servicios personales, montepíos y pensiones, exceptuadas las imposiciones obligatorias que se destinen a la formación de fondos de previsión y retiro, y las cantidades percibidas por concepto de gastos de representación.”
Como puedes ver, la norma solo restringe del gravamen los dineros destinados a los fondos previsionales y a los gastos de representación. Sin embargo, hay un caso especial: las becas de estudio. De acuerdo con la publicación del Centro de Estudios Tributarios citada líneas atrás, este es un haber que no se afecta con impuesto, pero sí se grava con cotizaciones previsionales. Es decir, es imponible mas no tributable.

