El finiquito es el documento legal mediante el cual empleador y trabajador ponen fin a la relación laboral, ya sea por despido o renuncia. En términos generales, el finiquito debe precisar a contar de qué día el empleado deja de trabajar, cuál es la causal del despido/renuncia y cuál será la indemnización, es decir, qué montos serán pagados por mes de aviso, años de servicio y vacaciones proporcionales.
Dicho documento posteriormente debe ser firmado ante un notario, tanto por el empleador como por el trabajador, para lo cual es indispensable que la empresa haya pagado todas las cotizaciones correspondientes, el seguro de cesantía, la previsión de salud, entre otros. El finiquito debe ser firmado ante notario por el trabajador, pues es este quien acepta estar de acuerdo con los montos y características ahí descritas. La firma del empleador es necesaria, pero no ante notario.
¿Qué documentos debes llevar a la notaria? Es válido el documento que entrega el Registro Civil mientras se renueva la cédula, tanto para colaboradores como para extranjeros. Solamente para EXTRANJEROS es válido como método de identificación.
Desde que se pone fin a una relación laboral, el empleador tiene 10 días hábiles para entregarle al trabajador los documentos legales y el cheque o medio por el cual se concretará el pago. Si el empleador no cumple con este plazo, el trabajador puede ir a la Inspección del Trabajo a realizar la denuncia. Hábiles contados desde la separación del trabajador.
Los montos y causales en el finiquito están normadas por ley y son fiscalizadas por la Dirección del Trabajo. Con el objeto de facilitar el procedimiento de firma y ratificación de finiquitos, la Dirección del Trabajo ha creado un trámite mediante el uso de una herramienta computacional que se encuentra disponible en la página web de la DT (Portal Mi DT), llamado Finiquito Laboral Electrónico.
El Finiquito Electrónico Laboral permite a las partes dejar la constancia del término de la relación laboral, las obligaciones que emanan del mismo, los pagos relacionados y cualquier otro pacto derivado del término de la relación laboral y una vez completado el proceso le permitirá al empleador y trabajador obtener una copia del Finiquito debidamente ratificado por la Dirección del Trabajo y la inspección. El trámite realizado mediante el Finiquito Electrónico Laboral no permite al empleador fraccionar de manera alguna el pago que deba realizar y tampoco permite realizar reserva de derechos, casos en que de requerirse deberá realizar el trámite de manera presencial en la Inspección del Trabajo. Los datos ingresados en la página se entenderán autorizados para su tratamiento en el marco de lo dispuesto en la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada, pudiendo ser utilizados para el cumplimiento de los fines de la institución y siempre dentro de la competencia, atribuciones y deberes de la Dirección del Trabajo.
Puedes simular los montos de tu finiquito en el siguiente link de la Dirección del Trabajo. Anteriormente hemos conversado acerca de las fiscalización de la dirección del trabajo, es importante notar que todos los papeles y obligaciones deben estar en regla para evitar problemas en el cierre de este proceso.
Finiquito Laboral Electrónico: Proceso para Empleadores
- Usted deberá ingresar al sitio www.dt.gob.cl, Portal MI DT a través de su clave única.
- Usted deberá revisar detalladamente sus datos de identificación y contacto, en particular su teléfono de contacto y casilla de correo electrónico.
- Usted deberá ingresar al enlace “finiquito electrónico laboral”, y llenar los datos que se indican en el formulario electrónico “PROPUESTA DE FINIQUITO LABORAL”, aquí usted tiene el modelo de finiquito.
- Recuerde que para tales efectos, deberá contar con la información de individualización de contacto y bancario del trabajador a quien se hará la oferta de finiquito.
- Asimismo, verifique previamente que el pago de las cotizaciones previsionales del trabajador se encuentran al día. Haber efectuado el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del extrabajador del cual se otorga el finiquito.
- Aceptada la propuesta por el trabajador, usted recibirá una notificación a su correo electrónico que le informará las acciones para proceder al pago.
- Usted tendrá un plazo de 5 días hábiles desde que el trabajador ha aceptado la propuesta de finiquito, para efectuar el pago de lo acordado. Para ello deberá acceder al portal MI DT, perfil empleador, trámite finiquito laboral electrónico y pinchar el botón “Ir al Pago”, efectuando transferencia electrónica vía Tesorería General de la República.
- Usted recibirá notificación una vez informado el depósito por la TGR a la Dirección del Trabajo, a través de la cual se le informará que se encuentra disponible en su perfil el documento “FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO”, emitido exitosamente.
- En caso de detectarse deuda previsional o cotizaciones, rechazo de la propuesta por el trabajador, ausencia de respuesta a la propuesta o no pago del monto en acuerdo, el proceso de finiquito laboral electrónico se cerrará sin acuerdo.
Finiquito Laboral Electrónico: Proceso para Trabajadores
- Usted recibirá notificación a su correo electrónico informado al empleador, mediante el cual se le comunicará que su empleador le ha enviado una PROPUESTA DE FINIQUITO ELECTRÓNICO.
- Usted deberá ingresar al sitio web www.dt.gob.cl finiquito, portal MI DT, perfil trabajador y clickear el enlace a finiquito laboral.
- Usted es responsable de leer detalladamente el contenido de la oferta del empleador, así como el monto total propuesto en relación a los montos y haberes adeudados, los cuales han sido formulados por el empleador, siendo de su absoluta responsabilidad.
- Usted es libre de aceptar o rechazar la propuesta del empleador. Si usted no está de acuerdo con toda o parte del finiquito propuesto por el empleador, podrá entonces rechazarla. En caso de aceptar la propuesta de finiquito, usted es responsable de verificar que los datos bancarios y de contacto sean los correctos, siendo relevante tal información pues la TGR efectuará el pago de la suma depositada por empleador, conforme los datos que hayan sido informados y corroborados por el trabajador durante el proceso. Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro no podrán ser utilizadas para este trámite.
- Una vez que usted ha aceptado la propuesta de finiquito remitida por el empleador, se entiende que se ha logrado acuerdo entre las partes.
- Por el contrario, si usted rechaza la propuesta de finiquito, el proceso termina sin un acuerdo, dejando vigentes cualquier instancia de conciliación ante la Dirección del Trabajo, ingresando un reclamo Administrativo por Término de la Relación Laboral, así como la posibilidad de suscribir un finiquito por los medios presenciales ante los ministros de fe que corresponda.
- Desde la aceptación de la propuesta, la TGR procederá a informar el depósito efectuado por el empleador y efectuar el pago en su cuenta corriente o mediante cheque remitido a su domicilio tributario, según corresponda.
- Junto con la información del pago, desde la Dirección del Trabajo se enviará correo electrónico informando que en su perfil se encuentra disponible el documento FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO, conforme lo cual el proceso electrónico remoto ha concluido exitosamente.
- En caso de detectarse deuda previsional, rechazo de propuesta por el trabajador, ausencia de respuesta a la propuesta o no pago del acuerdo, el proceso de finiquito laboral remoto se cerrará sin acuerdo, quedando usted habilitado para el ejercicio de los derechos y acciones que le faculta la ley.
- En el caso de no pago del acuerdo, el sistema emitirá el acta correspondiente y certificación de no pago, documentos mediante los cuales usted podrá requerir el pago ante un tribunal de cobranza laboral. Este procedimiento permite ratificar (firmar ante un ministro de fe) en la Dirección del Trabajo el finiquito que formaliza el término de la relación laboral entre el ex trabajador y su ex empleador.
Consideraciones Adicionales
- Cabe destacar que si usted no está de acuerdo con los montos que se le pagarán o con la causal del despido, no debe firmar ningún documento y debe acudir a la Inspección del Trabajo.
- Si transcurren 10 días hábiles sin que el trabajador acepte, firme y ratifique la propuesta de finiquito, este quedará sin efecto.
- En caso de que la transferencia bancaria de pago de finiquito fuere rechazada (ya sea por errores de la plataforma, cuenta no vigente, etc.) el cobro se deberá realizar personalmente por el trabajador en una caja de Banco Estado si no supera los $2.999.999 (dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos) para lo cual deberá concurrir portando la cédula de identidad vigente.
¿Cuándo no se paga indemnización?
Cuando la causa del despido se debe a alguna conducta impropia del trabajador, como mala conducta, causar daños a la empresa, entre otras causas que no estén presentes en el Artículo 160 del Código del Trabajo. Tampoco se paga indemnización si el contrato era de plazo fijo y ya se llegó a la fecha acordada en la que terminaría la relación laboral.
Tope de Indemnización por Años de Servicio
Corresponde a un máximo de 11 años y cada año corresponde a un sueldo. Por ejemplo, si un trabajador al momento de ser despedido ganaba 300 mil pesos y se desempeñó en equis empresa durante ocho años, el monto de indemnización por años de servicio corresponderá a 2.400.000 pesos.
Descuento del Aporte del Seguro de Cesantía
Según la Normativa Laboral de la Dirección del Trabajo "el empleador, sólo en el caso de despido por el artículo 161 del Código del Trabajo, se encuentra facultado para descontar de la indemnización por años de servicio la parte correspondiente al 1,6 por ciento que ha aportado a la cuenta individual del seguro de cesantía del trabajador, no resultando procedente dicho descuento en caso de renuncia voluntaria". Sin embargo, dicho monto se recupera si el trabajador cobra el seguro de cesantía.
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