¿Sabes cómo funciona el finiquito por renuncia voluntaria en Chile? El finiquito es el reflejo de las condiciones en que termina un contrato de trabajo.
Cada vez que termina un contrato, es obligación del empleador que exista un finiquito que dé cuenta de ese término de contrato. Ambas partes deben cumplir con una serie de formalidades para que el proceso se complete satisfactoriamente.
La importancia del finiquito es que libera a las partes (trabajador y empleador) de todas las responsabilidades que pudieran emanar del contrato de trabajado que originalmente los vinculó. Es el documento que pone término formal al contrato de trabajo.
En él se detalla todo lo que el empleador debe pagarle al trabajador tras la desvinculación: vacaciones no tomadas, indemnizaciones, días trabajados, entre otros.
Pasos para el Proceso de Finiquito
- Notificación a la empresa: Una vez que el trabajador ha decidido renunciar, debe notificar a la empresa de su decisión. La ley establece que el trabajador debe informar con 30 días de anticipación sobre su decisión de finalizar su relación laboral.
- Entrega de la carta con anticipación: Según el Código del Trabajo, el trabajador debe dar aviso con 30 días corridos de anticipación.
- Contenido de la notificación: La notificación debe incluir la fecha de inicio y fin del contrato de trabajo, así como la razón por la que el trabajador está renunciando.
- Formalidades de la carta de renuncia: Tanto el trabajador como el empleador tienen la responsabilidad de verificar que la carta de renuncia de finiquito laboral cumpla con los parámetros establecidos por el Estado chileno.
- Datos del empleado: Es fundamental que el empleado plasme correctamente sus datos, entre ellos el RUT.
- Ratificación de la renuncia: Un funcionario del Estado debe ratificar la renuncia.
- Inicio del proceso de finiquito: Una vez que la empresa ha recibido la notificación de renuncia, debe iniciar el proceso de finiquito.
- Proceso de finiquito en línea: La empresa puede optar por realizar el proceso de finiquito en línea a través del sitio web de la Dirección del Trabajo. Este método es conveniente y permite agilizar el trámite. Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.
- Recursos de la Dirección del Trabajo: La Dirección del Trabajo ofrece una variedad de recursos en su sitio web para ayudar tanto a trabajadores como a empleadores a realizar el proceso de finiquito. Además, el sitio web de la Dirección del Trabajo proporciona formularios que pueden ser descargados y utilizados para facilitar el trámite.
- Firma del finiquito: El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).
- Pago de cotizaciones: El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
- Plazo de pago: El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
- Copia del finiquito: Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.
¿Qué se Paga en un Finiquito?
Por norma, la empresa tiene que liquidar el sueldo base, colocación y movilización. La empresa tiene la responsabilidad de liquidar una remuneración por concepto de los servicios prestados.
¿Qué considera cada uno de estos ítems y cuáles son las obligaciones laborales del empleador?
- Remuneraciones adeudadas: El sueldo que aún no te han pagado. Por ejemplo, si trabajaste solo la mitad del mes, en tu finiquito te pagarán el sueldo correspondiente a esas dos semanas. Remuneraciones pendientes: Es el sueldo pendiente por los días trabajados. En este caso lo que se hace es dividir el sueldo bruto (total haberes) del trabajador en 30 y multiplicarlo por los días trabajados.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo: La Dirección del Trabajo indica que los empleadores deben avisar con 30 días de anticipación a los trabajadores que serán despedidos. En el caso de no avisar, se debe entregar una indemnización que corresponde a un mes de sueldo. Es un monto que se paga cuando el empleador no avisó con 30 días de anticipación el término del contrato. Corresponde a una mensualidad del último sueldo del trabajador. En el caso que se cumpla se debe pagar sueldo base + comisiones + gratificación + colación + movilización. Si se tiene sueldo variable el calculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses.
- Feriado anual adeudado: Este es el derecho a vacaciones y se considera tanto en el caso de despido como de renuncia voluntaria. Cada día de vacaciones que no fue tomado debe ser pagado.
- Feriado proporcional: En el caso que el trabajador lleve una cantidad de tiempo que incluye meses o días (8 meses, 4 años y 7 meses, y así), se deben calcular las vacaciones proporcionales que acumuló en ese periodo y que no tomó. Para poder obtener las vacaciones o feriado proporcional en el cálculo del finiquito es necesario contar con las vacaciones que le corresponden al trabajador durante el periodo trabajado. Si consideramos los 15 días de vacaciones al año que tiene un trabajador por ley, podemos dividir estos 15 días en 12 meses y obtenemos 1,25 días de vacaciones por mes trabajado o 1,25/30 días por día trabajado. Luego a esta cantidad de vacaciones obtenidas le restamos la cantidad de días de vacaciones que el trabajador ha hecho válidas. Entonces hasta ahora tendríamos vacaciones obtenidas - vacaciones gastadas. Ahora, para el cálculo del feriado proporcional del finiquito debemos tomar las vacaciones pendientes del trabajador y desde el siguiente día hábil de la fecha del finiquito contar todos los días hábiles, es decir contar los días saltándonos todos los sábados, domingo y festivos. Si tenemos que un trabajador tiene 3 días de vacaciones pendientes y se finiquita un día jueves. Se contará: Viernes (día hábil 1), Sábado (día inhábil), Domingo (día inhábil), Lunes (día hábil 2), Martes (día hábil 3). Para calcular en el finiquito el monto a pagar por concepto de feriado proporcional se suma el sueldo base + comisiones (o promedio de últimos 3 meses de comisiones en el caso de sueldo variable) por la cantidad de días de feriado proporcional.
- Indemnización de tiempo servido: La indemnización de tiempo servido es un derecho a un pago en dinero para los contratos que terminan por la causal del artículo 159 N° 5 - Conclusión del trabajo que dio origen al contrato (obra o faena). Este pago es equivalente a 2.5 días de la última remuneración por cada mes y fracción superior a 15 días trabajado.
Calculadora de Finiquito Online
A continuación presentamos una calculadora de finiquito online para calcular tu finiquito automáticamente. Para saber más información de cada campo toca sobre el icono de información info_outline. Los campos con linea punteada son calculados automáticamente.
Escoge la causal de finalización del vínculo laboral, e ingresa los datos solicitados para calcular las vacaciones pendientes, feriados, indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva al aviso previo, según corresponda para simular un finiquito.
La presente calculadora no contempla días progresivos de vacaciones. Considera esta variable al momento de ingresar los días de vacaciones tomados para evitar errores en tu cálculo final.
Corresponde a los años de trabajo en la empresa contados desde la fecha de ingreso.
Corresponde a la indemnización que debe pagar el empleador si no dio aviso del término del contrato con al menos 30 días de anticipación. Es equivalente a la última remuneración completa, con tope de 90 UF.
*El cálculo obtenido en esta calculadora puede variar en caso de que el colaborador y empleador hayan pactado previamente otras indemnizaciones.
Es un monto que se paga cuando el empleador no avisó con 30 días de anticipación el término del contrato. Corresponde a una mensualidad del último sueldo del trabajador.
Se paga un mes de sueldo por cada año trabajado (con tope de 11 años), siempre que corresponda según la causal de despido. Debe calcularse con el promedio de las últimas 12 remuneraciones.
Sin embargo, sí se deben pagar los días trabajados y vacaciones pendientes.
Preguntas Frecuentes
- ¿Se pagan las vacaciones acumuladas? Sí. Si el trabajador tiene días de vacaciones acumuladas y no utilizadas, deben pagarse como parte del finiquito.
- ¿Se ajusta el cálculo según la causal de término? Sí. Puedes seleccionar la causal que aplique según el Código del Trabajo y el cálculo se ajustará automáticamente a lo que corresponde pagar según la ley.
- ¿Es una simulación legal? No, es una simulación referencial. El finiquito legal debe ser revisado y firmado por ambas partes, idealmente con la supervisión de la Dirección del Trabajo o un ministro de fe.
- ¿Hay indemnización en contratos a plazo fijo? Depende. Si se termina antes del plazo pactado sin justificación, puede corresponder una indemnización. Si se cumple la duración del contrato, no hay indemnización por años de servicio, pero sí pueden aplicarse otros pagos como vacaciones o días trabajados.
- ¿El cálculo es bruto o neto? La calculadora muestra un monto bruto estimado, es decir, antes de impuestos o retenciones. El valor final puede variar según la situación tributaria del trabajador.
Tipos de Finiquitos Según el Código del Trabajo
El finiquito es un acto legal mediante el cual empleador y trabajador firman el documento de cese de la relación laboral, en el que se estipula su causa, la forma de pago y el monto correspondiente. Para realizarlo de la mejor manera, es importante saber cuántos tipos de finiquitos existen, según lo estipulado en el Código del Trabajo.
Teniendo en cuenta lo que es el finiquito, podríamos decir que hay siete tipos principales, que se pagan dentro de los 10 días hábiles siguientes y, al momento de firmarlo, es crucial estar al día con las cotizaciones previsionales y de salud.
- Renuncia Voluntaria: Se configura cuando el trabajador termina relación laboral, dando aviso a la empresa con treinta días mínimo de anticipación, según lo dispuesto en el artículo 159 del Código del Trabajo. El monto económico a recibir corresponde a la suma de las remuneraciones adeudadas y una compensación monetaria por sus vacaciones proporcionales.
- Término Anticipado por Causas Ajenas al Trabajador: Se da cuando nos vemos en la obligación de terminar la relación laboral antes de que el contrato culmine, por razones ajenas al trabajador. Si no le avisamos al empleado con 30 días de anticipación, debemos indemnizarlo con una suma equivalente a la última remuneración mensual percibida, además de un mes de sueldo por año de servicio.
- Término por Causales del Artículo 160 del Código del Trabajo: Podemos terminar el contrato laboral sin derecho a indemnización alguna cuando el trabajador incurra en una o más de las causales establecidas en el artículo 160 del Código de Trabajo, tales como: falta de probidad, ausencias injustificadas, abandono del trabajo, entre otros. No obstante, al calcular un finiquito de este tipo, debemos considerar pagar las vacaciones y días laborados.
- No Renovación de Contrato: Esto ocurre cuando decidimos no renovar un contrato, implica el pago del último mes de remuneraciones y las vacaciones proporcionales. Hay que tener presente que si se vuelve a firmar un contrato a plazo fijo por más de dos periodos o tenemos pleno conocimiento de que la persona continúa ejerciendo sus funciones, procede que pase a contrato indefinido.
- Conclusión del Trabajo o Servicio: En este caso, invocamos la “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato” (artículo 159 del C.T). Al hacerlo, tenemos que pagar la indemnización por el tiempo servido, que equivale a dos días y medio por cada mes trabajado.
- Fallecimiento del Trabajador: En este caso no es necesario suscribir un finiquito. Sin embargo, debemos pagar el sueldo adeudado, con vacaciones proporcionales, a quien acredite haberse hecho cargo del funeral. Si sobra algo de dinero después, debemos desembolsarlo al cónyuge, hijos o padres, esto de facilita con un ERP contable.
- Causales Ajenas al Empleador: Aquí la relación laboral termina por motivos ajenos al empleador. Por esta razón, no proceden indemnizaciones por años de servicio ni de ningún tipo, sin prejuicio del pago que figura en el programa de remuneraciones y cualquier bono o reconocimiento voluntario.
Al tener claro qué es el finiquito, sabremos que hacer este trámite de forma incorrecta podría derivar en el rechazo del documento por parte del trabajador y generar costos adicionales.
Recomendaciones Finales
Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
Recuerda que cuando suscribes finiquito estás renunciando a todas las acciones y derechos a reclamo o demanda laboral posterior. Por lo tanto, antes de hacerlo debes asesorarte con un abogado laboral experto, sobre todo si la causal de despido es de aquellas que no dan derecho a indemnización y que dificultan gravemente la reinserción laboral.
Si te despiden por incumplimiento grave, por falta a la probidad, por inasistencias injustificadas, etc tu finiquito será CERO pesos y peor aún te costará conseguir un nuevo empleo, con una reputación laboral a la baja. En tales casos, jamás firmes finiquito, consulta con un abogado laboral experto que interponga una demanda por despido injustificado y obtenga tu finiquito íntegro + indemnizaciones.
Vale decir, cuanto el resultado de la simulación de finiquito sea cero o sólo incluya remuneración y/o vacaciones pendientes, te recomendamos NO firmar finiquito porque es altamente probable que estés renunciando a derechos y sobre todo a importantes indemnizaciones. Incluso cuando el resultado sea superior a cero igual te conviene buscar orientación laboral o legal, pues el monto a obtener con una demanda laboral puede ser infinitamente superior.
En el peor de los casos, si firmas debes hacerlo SIEMPRE con reserva de acciones y derechos en el finiquito.
El finiquito laboral o finiquito de trabajo en Chile es un acuerdo de voluntades entre trabajador y empleador que debe ratificarse ante notario o inspección del trabajo, mediante el cual se deja constancia de la causal de término de la relaciòn laboral y de la renuncia a las acciones y derechos para demandar, a cambio generalmente del pago de una suma de dinero por concepto de indemnizaciones y otras prestaciones.
El único finiquito que puedes descargar es el finiquito electrónico, desde la plataforma web Mi DT de la Dirección del Trabajo. Para usar "Mi DT" es necesario contar con Clave Única.
Si el finiquito fue realizado electrónicamente, puedes recuperarlo ingresando a "Mi DT" con tu Clave Única.
Sí ya han transcurrido diez días y no te han llamado a firmarlo o no te estás conforme con el monto ofertado debes interponer cuanto antes una demanda por despido injustificado (indemnizaciones) y cobro de prestaciones. Porque el finiquito implica renunciar a ejercer cualquier reclamo o acción judicial posterior.
Habitualmente el trabajador comete el error de firmarlo sin saber exactamente cuanto dinero le deben, peor aún siempre o casi siempre terminan engañados recibiendo mucho menos dinero del que por derecho les corresponde, sea por la premura económica, por la desesperación y especialmente por la falta de orientación o asesoría legal.
| Elemento | Descripción |
|---|---|
| Remuneraciones adeudadas | Sueldo pendiente por los días trabajados. |
| Indemnización sustitutiva | Un mes de sueldo si no se avisa con 30 días de anticipación. |
| Feriado anual adeudado | Pago de vacaciones no tomadas. |
| Feriado proporcional | Vacaciones proporcionales acumuladas. |
| Indemnización por años de servicio | Un mes de sueldo por año trabajado (según causal). |
TAG: #Finiquito

